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Detalle de la disposición

Número de diario: 227/2018 Fecha de publicación: 21/11/2018
NID: 2018/13398 Fecha de documento: 05/11/2018
Número disposición: 164/2018 Número de página: 30891
 
Rango: Orden
Consejería/Organismo Autónomo/
Entidad de Derecho Público:
Consejería de Economía, Empresas y Empleo (2015/2019)
Órgano emisor: Consejería de Economía, Empresas y Empleo
Órgano o autoridad: La Consejera de Economía, Empresas y Empleo
Es derogada por: DOCM 143, 25/07/2024, página 24232. Orden 119/2024, de 17 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la digitalización Adelante-Digitalización en Castilla-La Mancha, cofinanciable en el marco del programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027. (Derogación total) Abre en una nueva ventana el PDF individual de la disposición
Sumario: Orden 164/2018, de 5 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Programa Adelante Digitalización, para la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Lista de descriptores: Ayudas y Subvenciones; Fondos de Ayudas;
Referencias posteriores: DOCM 204, 22/10/2021, página 37154. Resolución de 14/10/2021, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Digitalización, para la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2021. Extracto BDNS (Identif.): 590397. Abre en una nueva ventana el PDF individual de la disposición
DOCM 13, 19/01/2023, página 2115. Orden 1/2023, de 10 de enero, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden 164/2018, de 5 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Adelante Digitalización, para la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Abre en una nueva ventana el PDF individual de la disposición
Inf. suplementaria: -Modificada por Orden de 01/06: Uno. La letra j) del artículo 4, Dos. Se añade la letra k) al artículo 4, Tres. El apartado 5 del artículo 18 Cuatro. El artículo 23 Cinco. El artículo 24, Seis. La letra b) del apartado 5 del artículo 25 Siete. El apartado 3 del artículo 31, Ocho. El apartado 4 del artículo 31, Nueve. El ordinal cuarto de la letra c) del apartado 3 del artículo 34 Diez. El apartado 5 del artículo 34, Once. El apartado 2 letra c) del anexo I, -Modificada por Orden de XX/23, de 10 de enero: Uno. El título Dos. El artículo 2 Tres. El apartado 4 del artículo 3 Cuatro. La letra c) del artículo 4 Cinco. La letra f) del artículo 5 Seis. La letra i) del artículo 5 Siete. El apartado 2 del artículo 7 Ocho. El artículo 8 Nueve. El apartado 5 del artículo 9 Diez. El artículo 10 Once. El apartado 1 del artículo 12 Doce. Se añade el apartado 4 al artículo 12 Trece. El párrafo primero del apartado 2 del artículo 14 Catorce. Se añade la letra e) al artículo 15 Quince. La letra b) del apartado 1 del artículo 16 Dieciséis. Se añade la letra c) al apartado 1 del artículo 19 Diecisiete. La letra b) del apartado 1 del artículo 20 Dieciocho. Se añade el apartado 7 al artículo 23 Diecinueve. El artículo 24 Veinte. El apartado 2 del artículo 33 Veintiuno. La disposición adicional segunda Veintidós. Se modifica el Anexo II
Permalink ELI: http://docm.jccm.es/docm/eli/es-cm/o/2018/11/05/164
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