AÑO XLII Núm. 145 31 de julio de 2023
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Desarrollo Sostenible
Resolución de 18/07/2023, de la Dirección General de Transición Energética, sobre reconocimiento de la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica denominada Betierra 3, infraestructuras auxiliares y de evacuación (referencia: 2703/001430). [2023/6727]
Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible en Cuenca y su informe, y el informe del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas para el reconocimiento de la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica denominada Betierra 3, infraestructuras auxiliares y de evacuación, con las siguientes características:
Referencia objeto de la presente resolución: 2703/01430 (DP: 162702-00787).
Peticionario: Suvan Power, SL – NIF: B88346168.
Documentación Técnica:
- Proyecto de Ejecución unificado, que recoge las modificaciones indicadas en la Declaración de Impacto Ambiental, denominado Proyecto del Parque Solar Fotovoltaico Betierra 3, cuyo autor es el ingeniero técnico industrial Enrique Alejandro Navarro Santos, colegiado número 26098 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid, firmado digitalmente el 9/8/2022. Declaración responsable del técnico competente proyectista.
- Memoria resumen de las modificaciones llevadas a cabo entre el proyecto de fecha 30/09/2021 y el proyecto unificado de fecha 09/08/2022, debidas a las modificaciones indicadas en la DIA, cuyo autor es el ingeniero industrial José Luis Lires González, colegiado número 146 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Albacete, firmado digitalmente el 19/10/2022. Declaración responsable del técnico competente.
- Memoria de Solicitud de Declaración de Utilidad Pública de Línea de evacuación 30 kV del Proyecto del Parque Solar Fotovoltaico Betierra 3, cuyo autor es el ingeniero industrial José Luis Lires González, colegiado nº 146 del COII de Albacete, con fecha de firma 03/03/2023. Declaración responsable del técnico competente proyectista.
Características: Planta Solar Fotovoltaica de 49,99 MWp en módulos fotovoltaicos, 46, 15 MW en inversores y capacidad de acceso de 41,266 MW, 13 inversores y 13 centros de transformación y red subterránea de interconexión en media tensión (RSMT), 30 kV simple circuito, formada por 3 circuitos hasta centro de seccionamiento y línea subterránea de media tensión de 30 kV desde el centro de seccionamiento hasta la Subestación Eléctrica Rotonda-RIC 30/132 kV (objeto de otro proyecto). Las actuaciones a realizar son:
- Central solar fotovoltaica de 49,99 MWp en módulos fotovoltaicos, ubicada en varias parcelas de los polígonos 503 y 504 del término municipal de Belinchón, provincia de Cuenca. Longitud de vallado de la ISF: 10.334 m y superficie total delimitada por dicho vallado: 94,30 ha. Formada por un total de 96.152 módulos fotovoltaicos monofaciales, marca Jinko Solar modelo JKM520M-7TL4-V o similar, con una potencia unitaria máxima de 520 Wp cada uno. Los módulos fotovoltaicos se instalarán sobre estructuras de seguimiento solar a un eje horizontal E-O, hincadas en el terreno.
- Estaciones de potencia: Con finalidad de conversión de CC a AC y elevación de 645 V a 30 kV. Se dispone de 13 estaciones de potencia de la marca Power Electronics o similar, cada una de ellas con un transformador de 3.550 kVA y un inversor modelo FS3430K de la marca Power Electronics o similar, con una potencia de salida de 3.550 kVA (40ºC), además de las celdas de protección y desconexión de media tensión. En total, 13 transformadores y 13 inversores con 46,15 MW de potencia total de salida en AC limitados a 41,266 MW en el punto de conexión.
- Red subterránea de interconexión a 30 kV simple circuito y longitud total de 5.157 m, formada por 3 circuitos de 2.132 m, 1.387 m y 1.638 m, y secciones de 240 y 300 mm², según tramo. Conductor: AL RHZ1-OL 18/30 kV. Conecta las estaciones de potencia entre sí y éstas con el centro de seccionamiento.
- Centro de seccionamiento en edificio prefabricado de hormigón. Se dispone de 5 celdas modulares de media tensión con aislamiento en SF6: 3 celdas de línea de entrada para los circuitos provenientes de la planta solar, 1 celda de línea de salida para la línea de evacuación en 30 kV hacia la Subestación Eléctrica Rotonda-Ric 132/30 kV (objeto de otro proyecto).
- Línea subterránea de media tensión a 30 kV simple circuito y longitud total de 4.063 m. Conductor: AL RHZ1-OL 18/30 kV y sección 630 mm². Conecta el centro de seccionamiento con la Subestación Eléctrica Rotonda-RIC 30/132 kV (objeto de otro proyecto).
Ubicación: Término municipal de Belinchón (Cuenca).
Evacuación: Permisos de acceso y conexión emitidos por Red Eléctrica de España a la actual subestación Belinchón 400 kV.
Finalidad: Producción de energía eléctrica y vertido a la red de transporte.
Antecedentes de hecho.
Primero: Mediante resolución de 15/12/2022, de la Dirección General de Transición Energética, se concedió autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica denominada Betierra 3, infraestructuras auxiliares y de evacuación a favor de Suvan Power, SL. La anterior resolución se publicó en el DOCM de 04/01/2023.
Segundo: Con fecha 23/12/2022 el promotor solicitó el reconocimiento en concreto de utilidad pública de las instalaciones de referencia, adjuntando relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que el solicitante considera de necesaria expropiación, limitándose a bienes y derechos por afección de la línea de evacuación.
Tercero: A los efectos previstos en el artículo 22 del Decreto 80/2007, se sometió a información pública la solicitud de utilidad pública; lo cual se hizo saber mediante la publicación los correspondientes anuncios en el DOCM (número 50 de 13/03/2023), en el BOP de Cuenca número 27 de 03/03/2023, en el periódico Las Noticias de Cuenca en la semana del 3 al 9 de marzo de 2023, en el tablón del Ayuntamiento y en tablón electrónico de la Junta de Comunidades. Durante el periodo de utilidad pública no se recibieron alegaciones.
Cuarto: En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, y del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, señalar que el promotor ha obtenido las autorizaciones y/o licencias necesarias para la implantación de la instalación.
Quinto: En el expediente consta certificación de acuerdos alcanzados e intento de acuerdo con los propietarios afectados por la solicitud de declaración de utilidad pública de la instalación de referencia con los que no se ha llegado a dicho acuerdo.
Sexto: La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Cuenca cumplió con lo establecido en la resolución de 03/09/2019, de la Dirección General de Transición Energética, sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible y elaboró con fecha 30/05/2023 (ampliado con fecha 07/06/2023) informe favorable en relación con la solicitud realizada.
Séptimo: El Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas ha emitido informe favorable en relación con la solicitud realizada.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho.
Primero: Esta Dirección General de Transición Energética es el órgano competente para el reconocimiento de la utilidad pública de este tipo de instalaciones según lo establecido en el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Segundo: Justificación de la resolución.
El expediente contiene la documentación necesaria para el reconocimiento de la utilidad pública de la instalación y se ha realizado la tramitación según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y demás normativa de aplicación.
Respecto del conjunto de alegaciones, informes y condicionados presentados, a la vista de la documentación aportada, se entiende que no existe ninguna que impida otorgar el reconocimiento de utilidad pública solicitado.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada.
Vistos el Decreto 87/2019; la Ley 24/2013; la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa; el Real Decreto 1955/2000; el Decreto 80/2007; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante de aplicación.
En su virtud resuelve:
Reconocer la utilidad pública de las instalaciones eléctricas de referencia, a favor de la sociedad Suvan Power, SL que llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, relacionados en el anexo I, los bienes demaniales se incluyen (en su caso) a efectos informativos, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Esta resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando los sujetos (o sus representantes) tengan obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente trámite electrónico disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
https://www.jccm.es, código RKGU (apartado “Tramitación Online”)
Aquellas personas interesadas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Toledo, 18 de julio de 2023
El Director General de Transición Energética
MANUEL GUIRAO IBÁÑEZ