AÑO XLII Núm. 107 6 de junio de 2023


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 01/06/2023, de la Viceconsejería de Educación, por la que se autoriza la modificación de la oferta de enseñanzas de Formación Profesional en centros públicos de Castilla-La Mancha, a partir del curso 2023/2024. [2023/5067]

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece en su artículo 24 que corresponderá a las administraciones con competencias en la materia planificar y programar, en sus respectivas esferas de actuación, la oferta de formación profesional sostenida con fondos públicos.

Es objetivo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes potenciar la oferta formativa de Formación Profesional vinculada a sectores productivos y de servicios con alto grado de inserción laboral, y adaptarla a los mismos, ampliando la oferta de enseñanzas con la implantación de nuevos Ciclos Formativos que faciliten la incorporación de los ciudadanos al mercado laboral.

La presente acción será objeto de financiación en el Programa de Cooperación Territorial «Plan de Modernización de la Formación Profesional» en el marco del «Plan estratégico de impulso a la Formación Profesional» del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Por todo ello, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y teniendo en cuenta las competencias que me otorga el Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:

Primero. Autorizar, a partir del curso 2023/2024 en los centros que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, la impartición de los ciclos formativos de Formación Profesional que se indican en el mismo, en modalidad presencial y turnos indicados.

Las enseñanzas que se autorizan se implantarán de forma progresiva, empezando a impartir el primer curso de las mismas en el curso académico 2023/2024, hasta su completa implantación en el curso 2024/2025.

Segundo. Autorizar, a partir del curso 2023/2024, en los centros que se relacionan en el anexo II de esta Resolución, la impartición de los ciclos formativos de Formación Profesional que se indican en el mismo, en la modalidad a distancia.

Las enseñanzas que se autorizan se implantarán de forma progresiva, empezando a impartir los módulos profesionales correspondientes al primer curso en el curso académico 2023/2024, hasta su completa implantación en el curso 2024/2025.

Tercero. Autorizar, a partir del curso 2023/2024, en los centros que se relacionan en el anexo III de esta Resolución, el cambio de turno en aquellos ciclos formativos de Formación Profesional que se indican en el mismo.

El cambio de turno que afecta a las enseñanzas incluidas en el citado anexo III, se realizará de forma progresiva, afectando al primer curso de las mismas en el curso académico 2023/2024, hasta su completo cambio para el curso 2024/2025.

Cuarto. Autorizar, a partir del curso 2023/2024 en los centros de educación de personas adultas que se relacionan en el anexo IV de esta Resolución, la impartición de los ciclos formativos de Grado Medio que se indican en el mismo, en modalidad presencial y turnos indicados. Los ciclos formativos de Grado Medio que se autorizan se implantarán de forma progresiva en tres cursos académicos, empezando a impartir el primer curso de los mismos en el curso académico 2023/2024, segundo curso en el curso académico 2024/2025, hasta su completa implantación en el curso 2025/2026.

Autorizar, a partir del curso 2023/2024 en los centros de educación de personas adultas que se relacionan en el anexo IV de esta Resolución, la impartición de los ciclos formativos de grado básico que se indican el mismo, en modalidad presencial y turnos indicados. Los ciclos formativos de grado básico que se autorizan se implantarán de forma progresiva en dos cursos académicos, empezando a impartir el primer curso en el curso académico 2023/2024, hasta su completa implantación en el curso 2024/2025.

Quinto. Autorizar, a partir del curso 2023/2024, en los centros de educación de personas adultas que se relacionan en el anexo V de esta Resolución, el cambio de turno en aquellos ciclos formativos de Formación Profesional que se indican en el mismo.

Sexto. No podrá modificarse la oferta formativa, en los centros objeto de esta Resolución, que aquella expresamente autorizada por ésta, que se actualizará en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de Castilla-La Mancha. Los Delegados Provinciales de Educación, Cultura y Deportes velarán por el riguroso cumplimiento de esta norma.

Séptimo. Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional y a la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa a dictar cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo de la presente Resolución.

Octavo. La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 1 de junio de 2023

El Viceconsejero de Educación

AMADOR PASTOR NOHEDA