AÑO XLII Núm. 144 28 de julio de 2023


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 18/07/2023, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se autoriza el inicio y renovación de proyectos de Formación Profesional Dual a desarrollar en el curso académico 2023/2024. [2023/6653]

Mediante Resolución de 22/05/2023 de la Dirección General de Formación Profesional (DOCM núm. 102 de 29/05/2023) se convocó el procedimiento de autorización de los proyectos de Formación Profesional Dual a iniciar en el curso académico 2023/2024.

Para el correcto desarrollo de esta modalidad formativa, en la Orden de 25/05/2016 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM núm. 115 de 14/06/2016), se establecieron las características que deben reunir los proyectos de Formación Profesional Dual a desarrollar por los centros educativos de Castilla-La Mancha que impartan enseñan zas de Formación Profesional del sistema educativo.

En el apartado sexto de la mencionada Resolución de 22/05/2023 se establece que la Dirección General de Formación Profesional publicará, antes del 01/09/2023, la Resolución que incluirá tanto la relación de proyectos de Formación Profesional Dual autorizados para su desarrollo como los proyectos desestimados; facultándose a los centros educativos cuyos proyectos hayan sido autorizados para suscribir los correspondientes convenios/acuerdos de colaboración.

Una vez finalizado el análisis de los proyectos de Formación Profesional Dual presentados para su autorización o renovación, procede, a tenor de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, publicar la Resolución de autorización de las propuestas recibidas.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Formación Profesional en el Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y las de la disposición final primera de la Orden de 25/05/2016, resuelvo:

Primero. Proyectos de Formación Profesional Dual autorizados.

Se autorizan los proyectos de Formación Profesional Dual indicados en el anexo I, a desarrollar por los centros educativos reflejados en dicho anexo, vinculados a las entidades, organismos y empresas relacionadas en cada caso.

Segundo. Convenio/acuerdo de colaboración

Los centros educativos autorizados a desarrollar los proyectos de Formación Profesional Dual podrán formalizar convenios/acuerdos de colaboración con las entidades, organismos y empresas relacionadas en cada caso, para el desarrollo y ejecución de los proyectos de Formación Profesional Dual presentados.

El modelo de convenio a formalizar será el establecido en el anexo 0 de las instrucciones para la mejora de los procedimientos de gestión y seguimiento de dichos proyectos, que a tal efecto aprobará la Dirección General de Formación Profesional, para el curso académico 2023/2024.

Por su parte, el modelo de acuerdo a formalizar será el establecido en el anexo 0A de las instrucciones anteriormente citadas.

Tanto en el anexo 0 como en el anexo 0A se deberá incluir la referencia a la presente Resolución en el punto 1 que figura en el apartado de acuerdos.

Todos los convenios y acuerdos deberán contemplar una vigencia de cuatro años prorrogables por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Tercero. Gestión de la documentación.

Con carácter previo al inicio de los proyectos de Formación Profesional Dual autorizados mediante la presente Resolución, los centros educativos deberán tramitar la documentación relacionada en el artículo 10 de la Orden de 25/05/2016 (DOCM núm. 115 de 14/06/2016) a la correspondiente Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes.

Cuarto. Recursos

La presente Resolución no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Quinto. Eficacia

La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 18 de julio de 2023

La Directora General de Formación Profesional

MARÍA TERESA COMPANY GONZÁLEZ