AÑO XLII Núm. 194 9 de octubre de 2023


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 26/09/2023, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Inspección de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para su publicación en el DOCM. [2023/8343]

El Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su artículo 6, define las cartas de servicios como documentos públicos destinados a facilitar a la ciudadanía qué derechos tiene para cada servicio que presta esta Administración y los compromisos de calidad que ésta asume. Igualmente, fija un período máximo de dos años de validez para las cartas de servicios, lo que obliga a la revisión y actualización de sus contenidos.

En este sentido, su artículo 10 dispone que las cartas de servicios establecerán un sistema periódico de seguimiento del cumplimiento de los compromisos, cuyos resultados se publicarán en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades.

La Inspección Educativa dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, bajo la coordinación de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, según el artículo 5.2 del Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y cuyas competencias son el control del cumplimiento de la legalidad para la mejor garantía de los derechos y la correcta observancia de los deberes de los participantes en los procesos educativos, así como la evaluación, asesoramiento y supervisión del desarrollo de dichos procesos, asume una serie de compromisos de cara a la ciudadanía y demás destinatarios, cuyo objetivo es dar a conocer a través de una Carta de Servicios, y asegurar la calidad en la prestación de los mismos.

Por lo expuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha y en el artículo 9.1 del Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y de conformidad con las facultades atribuidas por el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

Resuelvo:

Primero. Aprobar la Carta de Servicios de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha, que a continuación se inserta, cuya vigencia será de dos años.

Segundo. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Tercero. Difundir esta Carta de Servicios en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion) y además por otros canales que faciliten su conocimiento.

Cuarto: Esta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 26 de septiembre de 2023

La Viceconsejera de Educación,

Universidades e Investigación

MARÍA DEL MAR TORRECILLA SÁNCHEZ

Anexo I. Carta de Servicios de la Inspección de Educación de la JCCM.

1. Datos identificativos.

La Inspección de Educación es un órgano dependiente de la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con dependencia funcional de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación. La Inspección se estructura de la manera siguiente: Inspección General de Educación y Servicios de Inspección en las respectivas provincias de la comunidad autónoma.

La Inspección de Educación de Castilla-La Mancha ejerce la supervisión e inspección sobre todos los centros, servicios, programas y actividades que integran la comunidad autónoma en sus niveles y enseñanzas no universitarios y se rige por lo establecido en el Decreto 34/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la Ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y la Orden de 8/4/2008 de la Consejería de Educación y Ciencia, que desarrolla el Decreto 34/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y en la que se determina su organización y funcionamiento, por los que establece la ordenación de la Inspección de Educación.

2. Objetivos y fines.

La Inspección de Educación se constituye como una institución cuya actuación tiene la finalidad de contribuir a mejorar la calidad y la equidad del sistema educativo y a conseguir los fines de la educación previstos en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, mediante el control del cumplimiento de la legalidad para la mejor garantía de los derechos y la correcta observancia de los deberes de las personas participantes en los procesos educativos, así como la evaluación, mediación, asesoramiento y supervisión del desarrollo de dichos procesos.

3. Marco legal. Derechos y obligaciones de las personas usuarias.

La Inspección de Educación se rige por el cumplimiento de las siguientes referencias legislativas fundamentales:

A) Estatales:

A.1.Constitución Española de 1978

A.2.Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

A.3.Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

B) Autonómica:

B.1. Decreto 34/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la Ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha.

B.2. Orden de 08-04-2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, que desarrolla el Decreto 34/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y en la que se determina su organización y funcionamiento.

B.3. Resolución de 01-07-2021, de la Viceconsejería de Educación, por la que se determinan las zonas de inspección de educación en cada una de las provincias de Castilla-La Mancha.

B.4. Instrucciones de la Inspección General de Educación sobre la adscripción a zonas, centros, programas y servicios en los servicios de inspección de educación.

B.5. Resolución de 21/07/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se aprobó el Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha para los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023.

4. Servicios que se ofrecen.

4.1. Supervisar, asesorar, evaluar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros educativos, así como los proyectos y programas que desarrollen, con respeto al marco de autonomía que la Ley ampara.

4.2. Supervisar la práctica docente y la función directiva y colaborar en su mejora continua.

4.3. Participar en la evaluación del sistema educativo y de los elementos que lo integran.

4.4. Velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo.

4.5. Velar por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

4.6. Asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones.

4.7. Emitir los informes solicitados por la administración educativa que se deriven del conocimiento de la realidad propio de la Inspección de Educación, a través de los cauces reglamentarios.

4.8. Orientar a los equipos directivos en la adopción y seguimiento de medidas que favorezcan la convivencia, la participación de la comunidad educativa y la resolución de conflictos, impulsando y participando, cuando fuese necesario, en los procesos de mediación.

5. Compromisos de calidad.

5.1. Publicar el Plan General de Actuación y Formación y de los Planes Provinciales de Actuación y Formación de forma accesible para el conocimiento de las actuaciones del Servicio de Inspección e informar a los centros educativos de los requerimientos a cumplir.

5.2. Proporcionar una información completa a toda la comunidad educativa de Castilla-La Mancha sobre los servicios, funciones y actuaciones del Servicio de Inspección de Educación.

5.3. Ofrecer canales efectivos de comunicación e información a la ciudadanía para que le permita canalizar sus dudas, quejas o sugerencias en materia de educación siguiendo un protocolo de actuación establecido y normalizado.

5.4. Garantizar la homogeneidad de las actuaciones de la Inspección de Educación en toda la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha mediante protocolos y documentación normalizada; así como la coordinación efectiva entre los órganos de la Consejería y otras instituciones.

5.5. Mantener la formación actualizada mediante planes de formación a los inspectores y a las inspectoras para el correcto cumplimiento de sus tareas profesionales.

5.6. Realizar una evaluación periódica de la satisfacción de los servicios ofrecidos por la Inspección de Educación.

5.7. Atender a los equipos directivos, en general, que requieran la atención de los servicios de inspección de educación, en un tiempo no superior a 10 días.

6. Indicadores de calidad asociados a los compromisos.

Los compromisos llevan asociados indicadores que permiten medir su grado de consecución.

Los indicadores correspondientes a esta Carta son los que se relacionan en el Anexo II de esta Resolución y también pueden consultarse en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion,) donde se actualizarán con periodicidad anual los resultados de su cumplimiento.

7. Formas de participación, iniciativas, sugerencias, quejas y reclamaciones.

Si la ciudadanía quiere plantear alguna iniciativa o sugerencia que nos permita mejorar los servicios que prestamos, así como presentar una reclamación, puede hacerlo por cualquiera de los medios siguientes:

- A través de la cuenta de correo electrónico disponible en el Portal de educación de la JCCM en la siguiente dirección electrónica: inspeccion.general@jccm.es

- Presencialmente, a través de los impresos normalizados presentes en todos los centros, oficinas y organismos de la Administración autonómica.

- De forma presencial sin tener que acompañar escrito, en cualquier oficina de la Junta, siendo la unidad de Registro la encargada de formalizarlas en impreso normalizado.

- Por correo postal. Mediante escrito dirigido a Inspección General de Educación, Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Bulevar de Río Alberche, s/n, 45007, Toledo.

- Por correo electrónico dirigido a los buzones habilitados a tal efecto en la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es).

- Mediante llamada al teléfono único de información 012, si llama desde alguna localidad de la comunidad autónoma o al teléfono 925274552, si llama desde fuera de Castilla-La Mancha o desde una localidad de ésta con prefijo de otra comunidad autónoma.

- A través del formulario electrónico de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) que remitirá automáticamente la iniciativa, queja o sugerencia a la consejería responsable del servicio objeto de la misma.

La contestación le será notificada en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de su presentación por el canal elegido para su notificación o en su defecto por el canal por el que se haya presentado la reclamación.

8. Garantías. Medios de subsanación.

En el caso de que su reclamación evidencie el incumplimiento de alguno de los compromisos adquiridos en esta Carta, el Servicio de Inspección contactará con usted en el plazo de 72 horas, por el medio que haya señalado como preferente (escrito, teléfono, correo electrónico) para solicitar sus disculpas y explicarle las causas del incumplimiento y las medidas adoptadas para subsanarlo.

9. Mecanismos de comunicación de la carta.

El contenido de la Carta, el folleto divulgativo, indicadores de cumplimiento y demás información se puede consultar en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) y en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion)

Anualmente, en cada memoria provincial, se recogerá el seguimiento del cumplimiento de los compromisos recogidos en esta Carta.

Además, en la memoria final, la Inspección General de Educación publicará el seguimiento del cumplimiento de los compromisos recogidos en esta Carta a nivel regional y lo comunicará en las jornadas iniciales de cada curso al resto de las personas que ocupan puestos de inspección de educación en la región.

10. Información de contacto con la organización prestadora del servicio.

Telefónico:

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Albacete:

967 59 63 42

zona1.inspeccion.edu.ab@jccm.es

zona2.inspeccion.edu.ab@jccm.es

zona3.inspeccion.edu.ab@jccm.es

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Ciudad Real:

926 27 91 34

Inspeccioneducativa.edu.cr@jccm.es

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Cuenca:

969 17 64 03

inspeccion.edu.cu@jccm.es

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Guadalajara:

949 88 87 74

inspeccion.edu.gu@jccm.es

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo:

925248926

inspeccion.edu.to@jccm.es

Inspección General de Educación:

A través de internet: Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Portal de educación.

https://www.educa.jccm.es/es/inspeccion

Presencial:

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Albacete:

Av. de la Estación, 2, 02001 Albacete.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Ciudad Real:

C. de Alarcos, 21, 13071 Ciudad Real.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Cuenca:

C. Las Torres, 18, 16001 Cuenca.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Guadalajara:

C. Juan Bautista Topete, 1, 3, 19001 Guadalajara.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo:

Av. de Europa, 26, 45003 Toledo.

Horario general:

De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.

Sábados, domingos y festivos, cerrado.

Por correo postal:

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Albacete; Servicio de Inspección de Educación: Av. de la Estación, 2, 02001 Albacete.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Ciudad Real; Servicio de Inspección de Educación: C. de Alarcos, 21, 13071 Ciudad Real.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Cuenca; Servicio de Inspección de Educación: C. Las Torres, 18, 16001 Cuenca.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Guadalajara; Servicio de Inspección de Educación: C. Juan Bautista Topete, 1, 3, 19001 Guadalajara.

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo; Servicio de Inspección de Educación: Av. de Europa, 26, 45003 Toledo.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Inspección General de Educación: Bulevar de Río Alberche, s/n, 45007 Toledo.

Transporte público

Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Inspección General de Educación: Bulevar de Río Alberche, s/n, Toledo 45007-Autobuses urbanos 61,62,91.