AÑO XLII Núm. 204 24 de octubre de 2023


II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

SITUACIONES E INCIDENCIAS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 10/10/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria a determinados funcionarios y funcionarias del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional conforme al proceso de integración previsto en el artículo 8 del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre. [2023/8762]

Primero.- Por Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.

Segundo.- Según la Resolución de 03/02/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para personal funcionario de carrera perteneciente al ámbito de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se establece en su Base 10 el reconocimiento del derecho a la integración una vez resuelta esta convocatoria de integración, indicando lo siguiente:

“Conforme al artículo 8 del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, el profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación, Profesional, perteneciente al ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla- La Mancha, que reuniese los requisitos exigidos para la integración en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria por la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria, o bien no hubiese solicitado la integración en dicho plazo, podrá solicitarlo con posterioridad a dicho plazo mediante el formulario de solicitud establecido por la presente convocatoria (accesible en la intranet docente, www.educa.jccm.es).”

Los efectos de las resoluciones estimatorias que se dicten en este procedimiento abierto, se producirán desde la fecha de la solicitud que efectúe la persona interesada, siempre que a dicha fecha se reúnan los requisitos y condiciones exigidos para la integración.”

Tercero.- De conformidad con lo expuesto, y en el ejercicio de las funciones atribuidas a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM nº 144, 28/07/2023) resuelvo:

Primero.- Aprobar las listas de personal funcionario de carrera, del Cuerpo a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que se integra en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con indicación de la especialidad por la que se integra y de la fecha de efectos de la integración, proponiendo al ministerio con competencias en materia de educación su nombramiento como funcionarios de carrera del mencionado Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como la expedición de los correspondientes títulos.

El profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Formación Profesional que posea más de una especialidad en ese cuerpo, y pase a estar integrado en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, mantendrá la atribución docente como profesor de enseñanza secundaria en aquellas especialidades del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional de las que sea titular a la fecha de su integración.

Segundo.- Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Tercero.- Contra la presente resolución, cabe interponer recurso contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 10 de octubre de 2023

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes

AMADOR PASTOR NOHEDA