AÑO XLII Núm. 219 15 de noviembre de 2023


II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Universidad de Castilla-La Mancha

Resolución de 08/11/2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca proceso selectivo para la creación de nuevas bolsas de trabajo en las escalas: Laboratorio, Técnico Auxiliar, Especialidad Psicología y Técnico Superior de cometido especial: Letrado. [2023/9238]

La Universidad de Castilla-La Mancha, previo informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad (Aneca) para la implantación de algunos nuevos grados ha implantado en el curso académico 2023/2024 el grado de Psicología en el Campus de Albacete, completando su ampliación de la oferta académica para el curso señalado.

Para el apoyo a la docencia y la investigación derivada de la puesta en marcha de este grado de Psicología, ubicado en la Facultad de Medicina del Campus de Albacete, y cuya docencia se ha iniciado el 1 de septiembre de 2023, con el curso académico, se hace necesaria la provisión de puestos de trabajo mediante el nombramiento de funcionario interino de la escala de laboratorios, Técnico Auxiliar, Especialidad Psicología, subgrupo C1.

Añadidamente, y tras haber quedado desierta la convocatoria interna de fecha 04/09/2023 para la cobertura temporal del puesto de Técnico I de Asesoría Jurídica de esta Universidad, se hace necesaria la provisión de puestos de trabajo mediante nombramiento como funcionario interino de la escala Técnico Superior, cometido especial: Letrado, subgrupo A1.

Dada la inexistencia de bolsas de trabajo en las escalas y especialidad indicadas en los párrafos anteriores y de conformidad con el punto 5 del artículo 5 de la Resolución de 12/04/2019, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se publica el Reglamento para la constitución y gestión de bolsas de trabajo para el personal de administración y servicios de esta Universidad (DOCM 24/04/2019); se procede a la convocatoria del proceso selectivo para la creación de bolsas de trabajo de las escalas y especialidades indicadas, con arreglo a las siguientes bases:

Bases de la convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para la creación de bolsas de trabajo en las escalas que figuran en Anexo I.

1.2 El proceso de selección se realizará mediante el sistema de oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo II.

1.3. Los programas que han de regir las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo III de esta convocatoria.

1.4 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables: la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla –La Mancha, los Estatutos de La Universidad de Castilla - La Mancha publicados por Resolución de 18 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM de 24 de noviembre), la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la UCLM y el Reglamento para la Implantación de la misma, publicada por Resolución de 19 de junio de 2009 (DOCM de 30 de junio de 2009), con sus posteriores modificaciones, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril) por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y lo dispuesto en las presentes bases y demás normativa de aplicación.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener la nacionalidad española. También podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en los apartados c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

2.1.2. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3. Poseer alguna de las titulaciones académicas que, para cada escala o especialidad, se detallan en el anexo I, expedidas todas ellas por centros oficiales reconocidos, o estar en condiciones de obtenerlas en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o cualquier otro órgano de la administración competente para ello. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

A efectos de equivalencias con los títulos de Bachiller o Técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1603/2009, de 10 de junio (BOE nº 146, de 17 de junio) por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Todos los títulos deberán ser expedidos por centros oficiales reconocidos.

2.1.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes, se realizará a través de la aplicación de gestión de convocatorias de la Universidad de Castilla-La Mancha, disponible en la dirección: https://convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx, en el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

En caso de declararse algún periodo inhábil por cierre vacacional en la UCLM y en atención a la fecha de publicación de la presente convocatoria, se notificará la ampliación del plazo que en su caso proceda.

Para poder realizar una solicitud, deberá disponer de credenciales de usuario de la UCLM. Si no se dispone de dichas credenciales, en la dirección anterior encontrará una ayuda para obtenerlas. Una vez que ha obtenido las credenciales y en la misma dirección web, se debe seleccionar:

- Tipo de Convocatoria: Convocatoria de empleo temporal

- Subtipo: Bolsas de Trabajo

Los aspirantes podrán presentarse a cuantas escalas se convoquen siempre que reúnan los requisitos exigidos para el acceso en cada una de ellas, presentando una solicitud por cada escala a la que concurra.

3.2 Los aspirantes adjuntarán a su solicitud la documentación en formato electrónico, escaneada, que se establece con carácter obligatorio en esta base.

3.3 El lugar de celebración del primer ejercicio figura en anexo I, pudiendo el Tribunal decidir el Campus o lugar para la realización de los ejercicios posteriores, en relación con el número de aspirantes o con el tipo de prueba a realizar.

3.4. Pago de la tasa: En la solicitud de participación el aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por derechos de examen, en la cuantía que figura para cada escala en anexo I, conforme al artículo 366 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:

a) Pago electrónico: Mediante el pago con tarjeta de débito o crédito por TPV, en el mismo acto de presentación telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago telemático vaya indicando. La presentación telemática lleva incluida la bonificación del diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa, conforme al artículo 368 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.

b) Pago presencial en entidad bancaria: pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las entidades colaboradoras que en la misma se indican.

Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato pdf el justificante de pago antes de finalizar la solicitud.

En ningún caso la realización del pago presencial en entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de presentación de instancias. La falta de pago en dicho plazo, así como su abono por un importe inferior, será causa de exclusión, no siendo posible su subsanación.

De conformidad con el artículo 369 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, procederá la devolución de la tasa cuando el sujeto pasivo resulte excluido de su participación en las pruebas selectivas, a instancia del interesado.

3.5 De conformidad con el artículo 368 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, se establecen las siguientes exenciones y bonificaciones al pago pago de la tasa por derechos de examen:

Exenciones:

a) Los solicitantes que tengan la condición legal de demandantes de empleo, excepción hecha de los de la modalidad de mejora de empleo, durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria de los procesos selectivos.

A tal efecto, la condición legal de demandante de empleo será acreditada por el solicitante adjuntando escaneado el documento modelo: “Informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo” o, en los casos de otras comunidades autónomas diferentes a la de Castilla -La Mancha, documento equivalente en el que se haga constar que la situación en la que se encuentra es la de desempleado/a no ocupado/a y el periodo desde el cual se encuentra en tal situación, en el momento de la presentación de la instancia.

b) Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.

c) Las personas aspirantes que pertenezcan a familias numerosas de categoría especial.

Bonificaciones:

Las personas que presenten la solicitud de participación en este proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía correspondiente.

3.6 Los aspirantes con discapacidad que, en su caso, soliciten adaptaciones de tiempo y medios deberán indicarlo en la solicitud, y adjuntar Dictamen Técnico Facultativo o documento equivalente en el que se exprese el grado y características de la discapacidad. Su omisión supondrá no tener en cuenta la adaptación solicitada. A la vista del mismo, el Tribunal Calificador acordará las adaptaciones de medios que estime oportunas. Cuando se requiera adaptación de tiempo el Tribunal Calificador resolverá sobre la procedencia y concreción de la adaptación, conforme al Baremo aprobado por Orden del Ministerio de Presidencia 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el empleo público de personas con discapacidad.

3.7 La solicitud deberá venir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente documentación escaneada:

- Fotocopia del D.N.I. o documento equivalente. Ha de tratarse de documentos vigentes y escaneados en su totalidad.

- Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de los ejercicios, deben especificarlas en el momento de cumplimentar la solicitud. En ese caso, deberán presentar Dictamen Técnico Facultativo o documento equivalente en el que se exprese el grado y características de la limitación padecida, así como la compatibilidad del desempeño de las tareas y funciones. Su omisión supondrá no tener en cuenta la adaptación solicitada.

- Justificante acreditativo del pago o exención de los derechos de examen (carta de pago).

- En caso de exención de pago o bonificación por familia numerosa, informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo, condición de familia numerosa general o especial, o acreditación del grado de discapacidad, en su caso.

- Titulación oficial requerida.

Añadidamente, el aspirante deberá indicar en su solicitud:

- Los campus y/o localidades en cuya bolsa desean quedar inscritos.

3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado por esta misma vía de presentación en la dirección: https://convocatorias.rrhh.uclm.es, en la propia convocatoria.

3.9 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de las mismas.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Gerenta de la Universidad de Castilla-la Mancha dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar aprobadas las listas de admitidos y excluidos, se señalará el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio, así como las relaciones de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En estas listas deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, conforme establece la Disposición Adicional 7ª de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar, de forma telemática, el/los defecto/s que haya/n motivado la exclusión.

La resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo a elección del interesado, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo que corresponda a su domicilio o ante el del domicilio del órgano que dictó el acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo, o podrán optar por interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó el acto, en cuyo caso no cabrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las pruebas será el que figura como anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Gerenta, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención citadas.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base, y de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas, la Gerenta publicará en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5 Dentro de cada parte del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudiera suscitar la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Gerenta de la Universidad.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral, sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma.

5.8 El presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Castilla-la Mancha, Unidad de Recursos Humanos, C/Altagracia, nº 50, 13071 Ciudad Real, Teléfono 902 204 100.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 Los tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera y segunda de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 30).

5.11 Tanto el Tribunal titular como el suplente se componen de cinco miembros nombrados por la Administración, uno de los cuales será el Presidente y otro el Secretario.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la “T”, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de 23 de noviembre de 2022 (DOCM 28/11/2022).

6.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del tribunal para, que acrediten su identidad. Para la realización de los ejercicios correspondientes acudirán al llamamiento provistos del Documento Nacional de Identidad.

6.3 Las pruebas selectivas tendrán idéntico contenido para todos los aspirantes, sin perjuicio de las adaptaciones a que hace referencia la base 3.6.

6.4 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al Rector de la universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

7. Publicación de la relación de aspirantes que formarán parte de la bolsa

Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal, publicará en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica y en la aplicación corporativa de convocatorias de la Universidad https://convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=8_25, la relación de aspirantes que formarán parte de la bolsa de trabajo por grupos de prelación y con indicación de sus números de documento nacional de identidad, conforme a la Disposición Adicional 7ª de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el orden de prelación establecido en la bolsa para cada aspirante.

Cumplido este trámite, la Gerenta a la vista de la propuesta del Tribunal, dictará resolución final en la que hará constar la relación de aspirantes que formarán parte de la bolsa de trabajo por campus y por orden de prelación conforme a las pruebas superadas y las puntuaciones obtenidas.

La entrada en vigor de la bolsa se producirá al día siguiente de la publicación de su composición en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

8. Bolsa para sustituciones

8.1 Las bolsas de trabajo por campus estarán integradas por los candidatos que se incluyan en los siguientes grupos de prelación y con el orden indicado:

1º. Los candidatos que han superado, al menos, una prueba de la fase de oposición del proceso selectivo.

2º. Los aspirantes que, sin haber superado la primera prueba del proceso selectivo, hayan obtenido en la misma, al menos, la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que la hayan realizado. Estas personas aspirantes se incorporarán a la correspondiente bolsa a continuación del último de los integrantes del grupo de prelación anterior.

En este proceso, al tratarse de la selección del personal funcionario interino mediante convocatoria específica, ésta se realiza a través del sistema de oposición, por lo que la puntuación para cada candidato se obtendrá únicamente de la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de las pruebas de la fase de oposición superadas o no.

Si se produce un empate al sumar las puntuaciones de las pruebas de la fase de oposición, se ordenarán los candidatos por orden alfabético de la letra correspondiente al sorteo anual para los procesos selectivos que publica en el Diario Oficial de Castilla -La Mancha la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Letra T) para el orden de actuación de aspirantes en procesos selectivos.

8.2 La gestión de la bolsa se realizará conforme a lo regulado en el Reglamento de Bolsas de Trabajo del PAS de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de abril de 2019.

9. Publicación

La presente convocatoria y su resolución se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Los restantes actos que de ella se deriven, se harán públicos únicamente en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica y en la aplicación corporativa de convocatorias de la Universidad https://convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=8_25

10. Plazo de Resolución

La duración máxima del proceso de realización de las pruebas no excederá de nueve meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba hasta la publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición. Entre la publicación de la relación de personas aprobadas en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

A los efectos del cómputo de plazos para el desarrollo de los procesos selectivos incluidos en la presente convocatoria, serán de aplicación las resoluciones que en su caso esta Universidad dicte sobre declaración de periodos inhábiles.

11. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ciudad Real, 8 de noviembre de 2023

El Rector

P.D. (Resolución de 23/12/2020,

DOCM de 05/01/2021)

La Gerenta

MATILDE YEBRA GAGO

Anexo I

Convocatoria bolsas de trabajo Escalas UCLM

Subgrupo

Escala

Campus de Examen

Requisitos

Titulación Académica

Derechos de examen

Pago electrónico

Pago presencial

Ordinario

Familia numerosa

Ordinario

Familia Numerosa

C1

Laboratorio, Técnico Auxiliar, Especialidad Psicología

Albacete

Título de Bachiller oTécnico/a en Formación Profesional

18,80 €

9,40 €

20,89 €

10,44 €

A1

Técnico Superior, C.E.: Letrado

Ciudad Real

Grado en Derecho o LIcenciado en Derecho

30,09 €

15,05 €

33,43 €

16,72 €

Anexo II

Proceso de selección

Subgrupo C1

- Primera prueba. - Consistirá en contestar, en un tiempo máximo de 90 minutos, a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta. El cuestionario constará de 60 preguntas más 5 de reserva para posibles anulaciones; las preguntas versarán sobre la totalidad del programa de la correspondiente Especialidad. La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla.

- Segunda prueba. - Consistirá en la resolución por escrito, en el tiempo máximo de dos horas, de dos supuestos prácticos desglosados en preguntas y determinados por el Tribunal de entre materias relacionadas con las contenidas en la parte segunda del programa de la correspondiente Especialidad. La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, obteniéndose su

calificación final de la media aritmética de las calificaciones alcanzadas en cada uno de los supuestos prácticos, puntuados de 0 a 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos de media para superarla y debiéndose obtener un mínimo de 3 puntos en cada uno de los supuestos.

- Prueba obligatoria de idiomas. - Consistirá en una conversación con el Tribunal en inglés, sobre uno o varios temas libremente elegidos por el Tribunal, durante un tiempo máximo de quince minutos. Esta prueba se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para superarla.

Subgrupo A1

- Primera prueba. - Consistirá en contestar, en un tiempo máximo de 90 minutos, a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta. El cuestionario constará de 80 preguntas más 5 de reserva para posibles anulaciones; las preguntas versarán sobre la totalidad del programa del correspondiente Cuerpo, Escala y/o Especialidad.

La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla.

- Segunda prueba. - Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, tres temas de la parte específica del programa del correspondiente Cuerpo, Escala y/o Especialidad a elegir de entre cuatro propuestos mediante sorteo por el Tribunal. Dicho sorteo se efectuará al inicio de la prueba en presencia de los opositores. Se efectuará eligiendo al azar un tema de entre los que componen cada uno de los bloques en que se distribuye el correspondiente programa de conocimientos. Cuando dicho programa incluya un número de bloques superior o inferior a cuatro, el Tribunal Calificador podrá hacer las agrupaciones o desagregaciones necesarias para efectuar el sorteo.

La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, obteniéndose su calificación final de la media aritmética de las calificaciones alcanzadas en cada uno de los temas, puntuados de 0 a 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos de media para superarla y debiéndose obtener un mínimo de 3 puntos en cada uno de los temas.

- Tercera prueba. - Consistirá en la resolución, en el tiempo máximo de cuatro horas, de uno o varios supuestos prácticos determinados por el Tribunal, todos ellos relacionados con las materias de la parte específica del programa del correspondiente Cuerpo, Escala y/o Especialidad.

La prueba, que tendrá carácter eliminatorio, se calificará de 0 a 10 puntos, obteniéndose su calificación final de la media aritmética de las calificaciones alcanzadas en cada uno de los supuestos prácticos, cuando fueran más de uno, puntuados de 0 a 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos de media para superarla y debiéndose obtener un mínimo de 3 puntos en cada uno de los supuestos.

- Prueba obligatoria de idiomas. - Consistirá en una conversación con el Tribunal en la lengua elegida por cada aspirante – inglés o francés-, sobre uno o varios temas libremente elegidos por el Tribunal, durante un tiempo máximo de quince minutos. Esta prueba se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para superarla.

Anexo III. Programas

Escala de Laboratorio, Técnico Auxiliar, Especialidad Psicología

Temario general

Tema 1. La Constitución española de 1978: el Título Preliminar. Derechos y deberes fundamentales. Las Cortes Generales.

Tema 2. Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha: objeto y ámbito de aplicación. Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Organización territorial de la Región.

Tema 3. Ley Orgánica del Sistema Universitario: Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario. Cooperación, coordinación y participación en el sistema universitario. Régimen jurídico y estructura de las universidades públicas. Gobernanza de las universidades públicas.

Tema 4. Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha: Naturaleza y fines de la Universidad. Centros y estructuras de la Universidad. El personal de administración y servicios. Gobierno y representación en la Universidad. Régimen económico y financiero de la Universidad.

Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios de protección de datos. Derechos de las personas.

Tema 6. Gestión de calidad: Concepto de calidad. Acreditación. El modelo EFQM y los principios de excelencia. Métodos y herramientas de calidad.

Tema 7. Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones. Actuación en situaciones de emergencia. Plan de Prevención de riesgos laborales de la UCLM.

Tema 8. Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Disposiciones Generales. Interesados en el procedimiento. Actividad de las Administraciones Públicas. Actos administrativos. Garantías del procedimiento, iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución del procedimiento. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. Recursos administrativos.

Tema 9. Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: Disposiciones generales. Portales de internet, Punto de Acceso General Electrónico y sedes electrónicas. Procedimiento administrativo por medios electrónicos. Expediente administrativo electrónico.

Temario específico

Tema 10. Metodologías de investigación en Psicología. Estudios teóricos, sin datos empíricos. Estudios descriptivos mediante observación. Estudios descriptivos mediante encuesta. Estudios cualitativos.

Tema 11. Metodología de investigación en Psicología. Experimentos. Cuasi experimentos. Estudios “ex post facto”. Experimentos de caso único. Estudios instrumentales.

Tema 12. Ética en la investigación en Psicología. Legislación vigente. Consentimiento informado. Poblaciones especiales. Protección de datos. El código de ética de la APA. Perspectiva de género en la investigación en Psicología.

Tema 13. Técnicas de documentación y búsqueda bibliográfica en Psicología. Bases de datos científicas en psicología. Las normas APA y la estructura de un artículo científico.

Tema 14. Bibliográfia y referencias bibliográficas. Gestores de referencias bibliográficas: Zotero, Mendeley, RefWorks, Reference Manager, EndNote y BibTex. Estándares en la gestión de referencias bibliográficas. Formatos RIS y BibTex.

Tema 15. El proceso de evaluación psicológica. Tipología y uso de los instrumentos de evaluación psicológica. El proceso de evaluación. La evaluación psicológica en contextos aplicados. Deontología y uso de test.

Tema 16. Propiedades técnicas de los instrumentos de evaluación psicológica. Normas y puntuaciones derivadas. Fiabilidad. Validez.

Tema 17. Evaluación de rasgos, aptitudes y conductas. Evaluación de la personalidad. Evaluación de la inteligencia y las aptitudes. Evaluación de funciones y procesos.

Tema 18. Análisis de datos y técnicas básicas de estadística. Tipos de medidas y organización de los datos. Frecuencias y gráficas. Análisis exploratorio. Estadísticos descriptivos, correlaciones, comparación de medias y proporciones.

Tema 19. Técnicas avanzadas de estadística. Inferencia y tamaño del efecto. Modelo lineal general. Análisis de la varianza. Modelos de regresión. Metaanálisis.

Tema 20. Programas informáticos para el análisis de datos en Psicología. Manejo de datos y programación básica en R. Librerías de R para la investigación en Psicología. SPSS. Stata. JASP, PSPP, JAMOVI. M-Plus.

Tema 21. Equipamiento básico del laboratorio de psicología experimental y neurociencia cognitiva. Equipamiento informático en psicología experimental. Eye tracker. Realidad Virtual. Fotografía y video. Grabación y edición de audio.

Tema 22. Equipamiento específico de laboratorio de psicología experimental y neurociencia cognitiva. Atención. Psicofísica y percepción. Motivación. Emoción. Aprendizaje. Pensamiento. Lenguaje.

Tema 23. Programas informáticos para el desarrollo de experimentos psicológicos. Testable. PsychToolBox-3. PsychoPy. Affect. Psyscope X. EventIDE. Presentation. Superlab. Tema 22. Programación y manejo de programas informáticos en el laboratorio de psicología experimental. Programación y manejo de E-prime. Programación en PEBL. MatLab: psychToolbox.

Tema 24. Recogida y almacenamiento de datos experimentales. Confidencialidad. Bases de datos. Microsoft Excel. Microsft Access. Amazon RDS. Microsoft SQL Server.

Tema 25. Técnicas de electroencefalografía. Definición y teoría. Instrumentación y manejo de equipos. EEG como técnica analítica. Uso del EEG y los potenciales evocados en neurociencia cognitiva. Almacenamiento, manejo y análisis de datos de EEG. Limpieza y mantenimiento de equipos de EEG. Matlab: EEG Lab.

Tema 26. Técnicas de espectrografía del infrarrojo cercano (NIRS). Definición y teoría. Instrumentación y manejo de equipos. NIRS como técnica analítica. Aplicación de la técnica NIRS en neurociencia cognitiva. Almacenamiento, manejo y análisis de datos de NIRS. Limpieza y mantenimiento de equipos de NIRS. Matlab: NIRS Toolbox y NIRS-ICA.

Tema 27. Técnicas de psicofisiología en el estudio de las emociones. La medición de las emociones. Conductancia de la piel. Frecuencia cardiaca. Respiración. Tono muscular. Dilatación pupilar. Manejo de equipamiento e instrumentos para el registro de señal y análisis de la señal fisiológica relacionada con las emociones. Limpieza y mantenimiento de equipos de psicofisiología.

Tema 28. Otras técnicas de investigación y medida. Brain Computer Interface (BCI). Pulseras de actividad y monitorización del sueño. Actigrafos. Equipamiento de realidad virtual e inmersiva. Nuevas tecnologías en la investigación en psicología. Aplicaciones para móviles y tabletas.

Escala Técnico Superior, cometido especial: Letrado.

Parte I: Temario general.

Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. El régimen político de la Constitución Española. La Monarquía Parlamentaria. El Estado social y democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funcionamiento. El proceso de elaboración de las leyes.

Tema 3. El Gobierno en la Constitución Española. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes.

Tema 4. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia. La organización judicial española.

Tema 5. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad.

Tema 6. La protección de los derechos fundamentales: Recursos de amparo, vía judicial preferente y sumaria.

Tema 7. La legislación básica del Estado. Las leyes Marco. Las Leyes de Transferencias o de delegación. Las Leyes de Armonización. Otras normas con rango de Ley. La legislación de las Comunidades Autónomas.

Tema 8. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases. La potestad reglamentaria: fundamento, titularidad y ejercicio. Límites de la potestad reglamentaria. El Procedimiento de elaboración de los Reglamentos. Eficacia del Reglamento. Control de los Reglamentos ilegales y efectos de su anulación.

Tema 9. Régimen Jurídico de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación: Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y Plan Estatal de Innovación. Organismos Públicos de Investigación.

Tema 10. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos de la Administración General del Estado. La organización periférica de la Administración General del Estado.

Tema 11. La organización territorial del Estado. La Administración de las Comunidades Autónomas: regulación constitucional y estatutaria. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 12. La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y su Estatuto de Autonomía: estructura. Organización política.

Tema 13. La Administración Local: regulación constitucional y legal. La provincia y el municipio: concepto, elementos, organización y competencias. Otros entes locales.

Tema 14. La Administración institucional. Los Entes Públicos. Organismos Autónomos. Otras entidades de Derecho Público. La Administración Corporativa. La Administración independiente.

Tema 15. Los conceptos de Administración Pública y Derecho Administrativo. El sometimiento de la Administración al Derecho. El Principio de Legalidad. Las potestades administrativas. Control de discrecionalidad y desviación de poder.

Parte II: Temario específico.

Bloque I: Administración de Recursos Humanos.

Tema 16. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características. Elementos fundamentales del modelo español de Función Pública.

Tema 17. El régimen jurídico de los Empleados Públicos: Derechos y deberes y Código de conducta de los Empleados Públicos. Adquisición y Pérdida de la Relación de Servicio de los Empleados Públicos.

Tema 18. Ordenación de la actividad profesional: Planificación de Recursos Humanos. La provisión de puestos de trabajo y movilidad. Carrera profesional, Promoción interna y Evaluación del desempeño.

Tema 19. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

Tema 20. Incompatibilidades de los funcionarios.

Tema 21. El régimen disciplinario de los funcionarios.

Tema 22. Derechos Retributivos de los funcionarios públicos.

Tema 23. La normativa sobre función pública de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Tema 24. La seguridad social del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen general y régimen de los funcionarios de la Administración del Estado.

Tema 25. Sistemas de representación y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Bloque II: Administración Universitaria.

Tema 26. Las Universidades: Su naturaleza jurídica. Sistema normativo aplicable a las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. Especial referencia a los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha. Los Reglamentos universitarios.

Tema 27. Las universidades y la Administración educativa. La Conferencia General de Política Universitaria: composición y funciones. El Consejo de Universidades: composición y funciones.

Tema 28. Distribución de competencias en materia de educación universitaria. La autonomía universitaria: alcance y contenido.

Tema 29. La creación de Universidades públicas. Creación de Centros y de Institutos universitarios. La autorización de nuevos estudios. La Ley de creación de la Universidad de Castilla-La Mancha. Creación y reconocimiento de universidades privadas.

Tema 30. Régimen específico de las Universidades públicas. Centros y Estructuras. Creación, modificación y supresión de Centros y estructuras. Adscripción de Centros. Unidades básicas.

Tema 31. Órganos de gobierno colegiados de las Universidades.

Tema 32. Órganos de gobierno unipersonales de las Universidades.

Tema 33. El Consejo Social de las Universidades.

Tema 34. Otros Órganos colegiados de gobierno en las Universidades Públicas. Otros órganos unipersonales en las Universidades Públicas.

Tema 35. Régimen de impugnación de los actos de los órganos de gobierno universitarios. Normativa aplicable y singularidades. Especial referencia a lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha y en las normas de desarrollo de los mismos.

Tema 36. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

Tema 37. El profesorado universitario. Acceso: los concursos. Sistema de reclamaciones.

Tema 38. El sistema retributivo del profesorado universitario. Los sistemas de evaluación.

Tema 39. El personal técnico, de gestión y de Administración y servicios de las Universidades. Régimen jurídico aplicable. Sistema retributivo.

Tema 40. La organización de las enseñanzas universitarias oficiales. El acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.

Tema 41. Acceso a las enseñanzas oficiales de Master Universitario y Doctorado. La tesis doctoral. Reglamento de enseñanzas propias de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Tema 42. Planes de Estudio conducentes a la obtención de títulos oficiales: Elaboración, aprobación y verificación. Modificación de los Planes de Estudios.

Tema 43. Regulación de la obtención y expedición de títulos oficiales. Convalidación o adaptación de estudios, homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros, validación de experiencia y reconocimiento de créditos. Homologación de estudios extranjeros.

Tema 44. La investigación en la Universidad de Castilla-La Mancha. Normativa de la Universidad de Castilla-La Mancha en materia de investigación. Procedimientos de la Universidad de Castilla-La Mancha en materia de investigación.

Tema 45. Los contratos para la realización de trabajos de carácter científicos, tecnológicos, humanísticos o artísticos. La propiedad intelectual e industrial: régimen jurídico de las patentes universitarias.

Tema 46. Participación del profesorado, del personal técnico, de gestión y de administración y servicios y del alumnado en los órganos de gobierno de las Universidades. Especial referencia a los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Tema 47. Régimen económico y financiero de las Universidades. Autonomía económica y financiera. La financiación de las universidades Públicas. Los precios públicos universitarios y sus exenciones.

Tema 48. El régimen patrimonial de las Universidades. Especial referencia a los Estatutos y a la normativa propia de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Tema 49. La prevención de riesgos laborales en el ámbito universitario.

Bloque III: Derecho Administrativo.

Tema 50. El administrado: concepto y derechos. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Derechos públicos subjetivos e intereses legítimos.

Tema 51. El órgano administrativo: concepto, elementos y naturaleza. Clases de órganos. Creación, modificación y supresión de órganos administrativos. Los órganos colegiados.

Tema 52. Los principios de la organización administrativa. La competencia. Técnicas de traslación de la competencia: delegación de competencias, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. Centralización y descentralización. La desconcentración. La tutela administrativa.

Tema 53. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La motivación. La eficacia de los actos administrativos: ejecutividad, efectos, notificación y publicación.

Tema 54. La invalidez del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Límites de invalidez del acto administrativo: conversión y convalidación.

Tema 55. La revisión de oficio de los actos administrativos y las disposiciones generales. Revocación de actos y rectificación de errores. La acción de nulidad: procedimiento y límites. La declaración de lesividad.

Tema 56. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Participación de los interesados. Términos y plazos. Obligación de resolver y silencio administrativo.

Tema 57. Los recursos administrativos: concepto y principios generales. Objeto del recurso y legitimación. Actos susceptibles de recurso administrativo. Clases de recursos administrativos.

Tema 58. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sus competencias.

Tema 59. Las partes en el proceso contencioso-administrativo: principios, clases, capacidad, legitimación, representación y defensa. Actos y disposiciones impugnables. Las pretensiones de las partes.

Tema 60. Procedimiento ordinario. Procedimiento abreviado.

Tema 61. Recursos contra providencias y autos. Recurso ordinario de apelación. Recurso de casación Contencioso-Administrativo. De la revisión de Sentencias en el ámbito Contencioso-administrativo.

Tema 62. Ejecución de sentencias. Procedimientos especiales en la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 63. Los contratos del sector Público: Contratos administrativos y contratos privados. Principios que rigen la contratación en el sector público. Perfección y formalización. Actuaciones administrativas. Procedimientos de adjudicación.

Tema 64. Los contratos de las Administraciones Públicas: Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Prerrogativas de la Administración. Derechos y deberes del contratista. Ejecución, modificación y extinción de los contratos administrativos.

Tema 65. Garantías en la contratación administrativa. La revisión de precios. La cesión de los contratos y la subcontratación. La invalidez de los contratos administrativos.

Tema 66. Tipos de contratos administrativos: obras, concesión de obras públicas, concesión de servicios, suministro, servicios.

Tema 67. La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: Normas generales. Tipos de procedimiento.

Tema 68. La expropiación forzosa. El procedimiento expropiatorio.

Tema 69. La responsabilidad patrimonial de las Administración Públicas: presupuestos de la responsabilidad. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 70. La forma de gestión de los servicios públicos. La gestión directa: modalidades y régimen jurídico. La gestión indirecta. La concesión de servicios públicos: régimen jurídico.

Tema 71. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Régimen Jurídico del dominio público. La concesión demanial. Los bienes patrimoniales de las Administraciones Públicas: concepto y régimen jurídico.

Bloque IV: Derecho Privado.

Tema 72. La eficacia constitutiva del Derecho. La relación jurídica. Derechos subjetivos. El ejercicio de los derechos; sus límites. El abuso del derecho. Modificación, transmisión y extinción de derechos.

Tema 73. La persona. La capacidad jurídica y la capacidad de obrar. Capacidad de los menores de edad y de los emancipados. Las personas jurídicas: naturaleza y clases. Constitución, capacidad, representación, domicilio, nacionalidad y extinción de las personas jurídicas. La persona jurídica tipo asociación y la persona jurídica tipo fundación.

Tema 74. La representación en el negocio jurídico. Representación directa e indirecta. Representación voluntaria y legal. El poder irrevocable. El autocontrato. La subsistencia del poder extinguido.

Tema 75. El contrato. Capacidad de los contratantes. Objeto del contrato. La forma. La perfección y consumación del contrato. Interpretación de los contratos.

Tema 76. La ineficacia de los contratos. Inexistencia, nulidad y anulabilidad; sus causas y efectos. La rescisión de los contratos. La acción revocatoria o pauliana.

Tema 77. El contrato de sociedad. Naturaleza y clases. Contenido del contrato. Extinción de la sociedad.

Tema 78. Las sociedades mercantiles. Especial referencia a las Sociedades Anónimas y las Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Tema 79. El Registro de la Propiedad. Los principios hipotecarios. Principio de inscripción. Presunción de exactitud registral. El principio de legitimación registral y el de fe pública registral. El principio de especialidad. Los principios de legalidad y de tracto sucesivo. El principio de prioridad.

Bloque V: Derecho Laboral.

Tema 80. El Derecho del Trabajo: características. Principios constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral.

Tema 81. Los convenios colectivos de trabajo. Concepto, naturaleza y régimen jurídico. Procedimiento de elaboración. Contenido obligacional y contenido normativo de los convenios colectivos. Los Convenios colectivos en el ámbito universitario. Los Convenios colectivos aplicables en la Universidad de Castilla-La Mancha.

Tema 82. El contrato de trabajo: elementos y contenido. Duración del contrato de trabajo. Modificación, suspensión y extinción de la relación laboral. Derechos y deberes de los trabajadores y empresarios. El salario y la jornada de trabajo.

Tema 83. Modalidades de la contratación laboral.

Tema 84. Sindicación y representación; especial referencia al ámbito universitario. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga y su ejercicio.

Tema 85. La Seguridad Social. Régimen general y regímenes especiales. Acción protectora del régimen general.

Tema 86. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Medios de evitar el proceso. El proceso ordinario.

Tema 87. Modalidades procesales en materias laborales.

Tema 88. Los medios de impugnación: recursos contra providencias y autos. El recurso de suplicación.

Tema 89. El recurso de casación. Recurso de casación para la unificación de doctrina. De la revisión de las sentencias en el ámbito laboral. La ejecución de sentencias en el ámbito laboral. Especial referencia a la ejecución de sentencias frente a entes públicos.

Anexo IV. Tribunales

Escala de Laboratorio, Técnico Auxiliar, Especialidad Psicología

Tribunal titular

Presidente:

Juan Segura Jiménez

Vocales

José Miguel Latorre Postigo

Marta Nieto López

Laura Ros Segura

Mª Dolores Ayuso Sánchez, que actuará a su vez como secretaria.

 

Tribunal suplente

Presidente:

María José López Lorenzo

Vocales

Darío Nuño Díaz Méndez

Natalia Solano Pinto

Jorge Javier Ricarte Trives

Alfonso del Moral González, que actuará a su vez como secretario suplente.

Escala Técnico Superior, cometido especial: Letrado.

Tribunal titular

Presidente:

Manuel Galán Conde

Vocales:

María de los Llanos Ortiz Espada

María del Mar García Ortiz

Silvia Nieto Neira

Cristina Olmeda Pascual, que actuará a su vez como secretaria.

Tribunal suplente:

Presidenta:

María Carmen de los Reyes Molina

Vocales:

Ana Belén Ormeño Mendoza

Clara Isabel Jiménez Infantes

Tomás López Moraga

Sergio Ruiz Peña, que actuará a su vez como secretario suplente.