AÑO XLIII Núm. 137 17 de julio de 2024


II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

SITUACIONES E INCIDENCIAS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 09/07/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 17/05/2024, por la que se publica la Relación de Puestos de Trabajo del profesorado de Religión de Enseñanza Primaria. [2024/5724]

El acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español de 1979 recoge incluir las enseñanzas de la religión en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales, asimismo también los acuerdos de 1992 con otras confesiones religiosas, protestantes, evangélicas e islámicas contemplan la garantía del ejercicio del derecho a la enseñanza religiosa en centros docentes públicos y privados concertados.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo) establece en su disposición adicional tercera los requisitos, régimen de contratación, acceso al destino y retribuciones que han de aplicarse al profesorado de religión.

En su desarrollo, el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, (BOE núm. 138, de 9 de junio) regula la relación laboral del profesorado de religión los requisitos exigibles para impartir las enseñanzas de religión, las características de los contratos, al tiempo que establece que para el acceso a los destinos se respetarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

El I Convenio Colectivo del profesorado de religión al servicio de la Administración Autonómica de Castilla-La Mancha, publicado mediante Resolución de 10/07/2019 de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral (DOCM núm. 140 de 17 de julio) contempla en su artículo 8 la publicación de las plantillas actualizadas del profesorado de religión, previa negociación entre la Administración Educativa y las organizaciones firmantes.

Del mismo modo la Orden 53/2022, de 8 de marzo, modificada por la Orden 102/2024, de 14 de junio, (DOCM núm.120, de 24 de junio) señala en el artículo 6.3. que la Administración hará públicas las plantillas del profesorado de religión actualizadas, con anterioridad a la convocatoria del procedimiento de adjudicación anual de los puestos de profesorado de religión con anterioridad al inicio del curso escolar.

Concluida la negociación entre la Administración Educativa y las Organizaciones Sindicales, procede hacer pública la Relación de Puestos de Trabajo del profesorado de religión católica de enseñanza primaria en los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para el curso 2024/2025.

En base al artículo 17 del I Convenio Colectivo, la jornada de trabajo será la que figure en el correspondiente contrato. Así mismo, el capítulo 20 del mencionado Convenio, establece que el personal afectado por este convenio colectivo percibirá las retribuciones que correspondan, en el mismo nivel educativo, al personal funcionario docente interino, considerando jornada completa en un máximo de veinticuatro horas lectivas para el curso 2024/2025. El personal con contratos a tiempo parcial percibirá sus retribuciones de forma proporcional a las del personal con jornada completa de la misma categoría.

Por todo lo anterior, resuelvo:

Modificar la Relación de Puestos de Trabajo del profesorado de religión de Educación Infantil y Primaria en los siguientes términos:

En el Anexo I, página 15863 donde dice:

Toledo Torre de Esteban Hambrán (La) 450040166101 puesto de RPT, Centro 45004016 - CEIP Juan Aguado 24 horas, Julia Delgado Linares ***2861**.

Ámbito del profesorado:

45000801 CEIP Santa María Magdalena Chozas de Canales.

Debe decir:

Toledo Torre de Esteban Hambrán (La) 450040166101 puesto de RPT, Centro 45004016 - CEIP Juan Aguado 24 horas, Julia Delgado Linares ***2861**.

Ámbito del profesorado:

45000631 CEIP Ntra. Sra. de la Natividad, Cedillo del Condado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de 1 mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 9 de julio de 2024

El Director General de Recursos Humanos

JOSÉ MANUEL ALMEIDA GORDILLO