AÑO XLIII Núm. 245 19 de diciembre de 2024
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Resolución de 10/12/2024, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la ampliación de enseñanzas en los centros docentes públicos de Castilla-La Mancha, con el fin de implantar, para el curso 2024/2025, actividades formativas específicas de garantía juvenil cofinanciadas mediante el Programa del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) Castilla-La Mancha para el periodo 2021-2027, en un porcentaje máximo del 85%. [2024/10047]
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha diseña una oferta de actividades formativas en centros docentes públicos a disposición de las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en las líneas fijadas por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia y en desarrollo de los planes estratégicos de empleo impulsados desde la Administración regional. Esta oferta específica para personas beneficiarias de Garantía Juvenil desarrolla el programa Reincorpora-T+ integrado en el VI Plan de Éxito Educativo (Plan de Éxito Educativo+) aprobado por el Consejo de Gobierno en la reunión celebrada el 29/08/2023.
El Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene como finalidad principal que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación y que sean mayores de 16 años y menores de 30, puedan recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.
El Fondo Social Europeo Plus (FSE+) persigue el objetivo de apoyar a los Estados miembros y regiones a fin de lograr elevados niveles de empleo, una protección social justa y una mano de obra capacitada y resiliente preparada para el futuro mundo del trabajo, además de unas sociedades inclusivas y cohesionadas que aspiran a erradicar la pobreza y a cumplir los principios establecidos en el Pilar Europeo de Derechos Sociales.
Las actividades formativas recogidas en el presente documento podrán recibir la cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027 de Castilla-La Mancha en un porcentaje máximo del 85 % sobre los costes totales de personal de dichas actividades, a través de la Prioridad 5 de “Empleo Juvenil”, objetivo específico: 4.f) “Promover la igualdad de acceso a una educación y una formación de calidad e inclusivas y su culminación, en particular para los grupos desfavorecidos, desde la educación infantil y cuidados de la primera infancia, pasando por la educación y la formación generales y profesionales, hasta la educación superior, así como la educación y el aprendizaje de las personas adultas, facilitando también la movilidad para el aprendizaje para todos y la accesibilidad de las personas con discapacidad”, siempre y cuando se cumplan las condiciones reguladas en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y el Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013, los criterios de selección del nuevo programa, así como otras disposiciones complementarias que se establezcan a nivel europeo, nacional o regional.
Así mismo, considerando que la implantación de actividades formativas asociadas al Sistema Nacional de Garantía Juvenil puede ser también una fórmula adecuada para enriquecer la oferta educativa de los centros públicos y acercarla más aún a la realidad social, la Dirección General de Innovación Educativa y Centros, tras resolver la convocatoria hecha a los centros públicos de la región a través de las Instrucciones de 19/06/2024, por las que se convocaba procedimiento para la autorización en centros públicos, en el curso 2024/2025, de actividades formativas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027 de Castilla-La Mancha, conforme a lo indicado en la instrucción novena, ha trasladado a esta Viceconsejería propuesta concreta de implantación de determinadas acciones formativas, dirigidas de manera específica a las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que requieren la previa autorización de enseñanzas a los centros públicos seleccionados de entre los que participaron en la convocatoria.
Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM Núm. 144, de 28 de julio de 2023), modificado por el Decreto 59/2024, de 24 de septiembre (DOCM Núm. 191, de 2 de octubre de 2024), a propuesta de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros y con efectos de 04/11/2024, resuelvo:
Primero. Autorizar la implantación, para el curso académico 2024/2025, del Curso de apoyo a las tutorías de la Educación Secundaria para Personas Adultas- Espad en modalidad presencial, destinado al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los centros y aulas que se incluyen en el Anexo I y siempre que concurran las condiciones fijadas en la citada instrucción novena.
Segundo. Autorizar la implantación, para el curso académico 2024/2025, del Curso de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior en modalidad presencial, destinado al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los centros que se incluyen en el Anexo II y siempre que concurran las condiciones fijadas en la citada instrucción novena.
Tercero. Autorizar la implantación, para el curso académico 2024/2025, con destino al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de las actividades formativas referidas a cualificaciones profesionales completas o parciales vinculadas a títulos de Técnico Básico, Técnico o Técnico Superior, en los centros que se incluyen en el Anexo III y siempre que concurran las condiciones fijadas en la citada instrucción novena. Tales actividades formativas se desarrollarán en modalidad modular-presencial o modular–presencial adaptada cuando se precise por las características del alumnado.
Cuarto. Autorizar la implantación, para el curso académico 2024/2025, con destino al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de cursos de perfeccionamiento constituidos por módulos reglados vinculados a títulos de Formación Profesional, a títulos de Artes Plásticas y Diseño o por módulos no reglados referidos a la práctica profesional, en los centros que se incluyen en el Anexo IV y siempre que concurran las condiciones fijadas en la citada instrucción novena.
Quinto. Los gastos de personal ocasionados por la implantación de estas actividades formativas se financiarán con los créditos que existen en las aplicaciones presupuestarias 1804.422A.1*. FPA0090011 y 1804.422B.1*. FPA0090011.
Sexto. En el contexto expuesto en el párrafo referido a la cofinanciación de las actividades formativas que se autorizan a través de la presente resolución por el Fondo Social Europeo Plus, se deberá cumplir con las siguientes obligaciones o atender a los siguientes criterios:
1.- Información y publicidad.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes y los centros de enseñanza públicos de ella dependientes que hayan sido seleccionados para la implementación de las actividades formativas, quedan obligadas al cumplimiento de las medidas de visibilidad, transparencia y comunicación sobre el apoyo procedente de la Unión Europea y del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), conforme a lo establecido en el artículo 47 y 50 y el Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
En todas las actividades, que el beneficiario lleve a cabo, de visibilidad, transparencia y comunicación, deberá reconocer el apoyo recibido, mostrando:
a) El emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas de uso y características técnicas establecidas en el Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y el Consejo de 24 de junio de 2021.
El emblema figurará de manera destacada en todos los materiales de comunicación, como productos impresos o digitales, sitios web y sus versiones móviles, relativos a la aplicación de una operación y destinados al público en general o las personas participantes.
La declaración “Cofinanciado por la Unión Europea” se escribirá sin abreviar y junto al emblema.
b) El logo corporativo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
c) El logotipo de Fondos Europeos y el escudo de España junto con el texto que hace alusión a la Autoridad de Gestión del FSE+: Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Estos logotipos pueden ser descargados de la página web de Fondos Estructurales: https://fondosestructurales.castillalamancha.es/programacion-2021-2027/descargas/logotipos_fse%2B
Además, los perceptores de la ayuda se asegurarán de que las partes que intervienen en los proyectos han sido informadas de dicha financiación y, para ello, durante la ejecución del proyecto cofinanciado:
a) Se hará una breve descripción de la operación en el sitio web oficial, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas en los medios sociales, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán la ayuda financiera de la Unión y la JCCM.
b) Se proporcionará una declaración que destaque la ayuda de la Unión y de la JCCM de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinada al público o a las personas participantes.
c) Se exhibirá en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda del Fondo Social Europeo+ y la JCCM.
d) Todos los documentos relacionados con el procedimiento y la resolución de concesión de las ayudas, así como con la ejecución de la operación, contendrán, asimismo, la referencia al FSE+.
Cuando no se cumpla con sus obligaciones en materia de comunicación y no haya adoptado medidas correctoras se podrán aplicar medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y se cancelará hasta un máximo del 3% de la ayuda del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) a la operación de que se trate.
El perceptor de estas ayudas deberá facilitar el material de comunicación elaborado, si se les solicita por parte del órgano gestor, para ponerlo a disposición de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea, y se podrá conceder licencia exenta de derechos, no exclusiva e irrevocable a la UE tal y como recoge el anexo IX del Reglamento de disposiciones comunes.
La aceptación por parte del órgano gestor y de las personas beneficiarias implica la aceptación de la inclusión de sus datos en la lista de operaciones seleccionadas para recibir las ayudas del FSE+, que se publicará de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
2.- Disponibilidad y custodia de la documentación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, sin perjuicio de las normas aplicables en materia de ayudas estatales, todos los documentos justificativos relacionados con una operación que reciba ayuda del FSE+ se deberán conservar en el nivel adecuado durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión del programa efectúe el último pago a la entidad beneficiaria. El plazo referido se interrumpirá si se inicia un procedimiento judicial o a petición de la Comisión.
Con objeto de cumplir este mandato, se llevará a cabo una comunicación por parte del órgano instructor de estas ayudas del inicio del plazo de la custodia y disponibilidad de la documentación
Contabilidad separada. Las acciones concedidas al amparo de esta resolución conllevan la obligación de garantizar una pista de auditoría adecuada, mediante el mantenimiento de un sistema contabilidad separado o un código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de la ayuda, a través del que se garantice la trazabilidad de los gastos y la ausencia de doble financiación de estas ayudas con otras de carácter regional, nacional o europeo que puedan incidir en las materias objeto de la subvención concedida.
3.- Costes subvencionables.
Serán subvencionables los costes directos de personal, entendidos como los costes salariales del personal docente de los cursos aprobados mediante la presente resolución. Los costes directos de personal revestirán la forma de costes unitarios, de conformidad con el artículo 53, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
Por su parte, serán así mismo cofinanciables los costes indirectos de la puesta en marcha de los programas, entendidos como aquellos costes que, aunque no puedan vincularse directamente con la actividad subvencionada, son necesarios para su ejecución. La cuantía de los costes indirectos se determinará sobre la base de un tipo fijo del 15% de los costes directos de personal mencionados en el apartado anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 54, apartado b, del Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021.
En relación con los gastos subvencionables en los proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo serán de aplicación las normas de admisibilidad del gasto establecidas en el capítulo III del título V (artículos 63 al 68) del Reglamento (UE) 2021/1060 y en el artículo 16 del Reglamento (UE) 2021/1057, así como las normas específicas que desde el Estado se desarrollen en relación con los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo+ durante el periodo de programación 2021-2027.
El importe de los costes subvencionables por el FSE+ previstos en este artículo en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
4.- Las entidades beneficiarias de las ayudas quedan obligadas a la recogida y tratamiento de los indicadores comunes de ejecución y de resultados sobre los participantes, recogidos en el anexo I y anexo II del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Por parte del órgano gestor de estas subvenciones se facilitará a las entidades beneficiarias los modelos estandarizados y las instrucciones oportunas, al efecto de recoger de forma homogénea la información de seguimiento.
5.- Marco de rendimiento.
Dentro del marco de rendimiento a que se refiere el artículo 16 del Reglamento (UE) 2021/1060, las metas a alcanzar con estas ayudas, en relación con el indicador financiero y el indicador de productividad previstos, son las que se indican a continuación:
a) El indicador financiero, entendido como la contribución pública a la financiación de la operación de referencia regulada mediante la presente disposición será de 2.348.524,62 euros de coste directo.
b) El indicador de realización, entendido como unidad de medida de las metas conseguidas durante el año 2025, será de 566 personas pertenecientes al colectivo de personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación e inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (238 hombres y 328 mujeres).
Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea en el marco de la presente resolución podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado al efecto por dicho Servicio en la dirección web https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/CA-UACI/SNCA/Paginas/Inicio.aspx, y en los términos establecidos en la Comunicación 1/2017, de 3 de abril, del citado Servicio.
Una vez publicada en el DOCM, los efectos de esta resolución se retrotraen al 4 de noviembre de 2024.
Toledo, 10 de diciembre de 2024
La Viceconsejera de Educación,
Universidades e Investigación
MARÍA DEL MAR TORRECILLA SÁNCHEZ
Anexo I
Centros y aulas en los que se autoriza la implantación, para el curso 2024/2025, del Curso de apoyo a las tutorías de la Educación Secundaria para Personas Adultas- Espad, en modalidad presencial, destinado al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Provincia |
Localidad |
Centro/Aula |
Código |
Albacete |
Villarrobledo |
CEPA Alonso Quijano- AEPA Ossa de Montiel. |
02008853 |
Albacete |
Villarrobledo |
CEPA Alonso Quijano- AEPA Munera y AEPA Alcaraz |
02003880 |
Albacete |
Casas Ibáñez |
CEPA La Manchuela |
02004781 |
Albacete |
Hellín |
CEPA López del Oro |
02003697 |
Guadalajara |
El Casar |
CEPA Clara Campoamor- AEPA El Casar-Uceda |
19003681 |
Anexo II
Centros en los que se autoriza la implantación, para el curso 2024/2025, del Curso de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior, en modalidad presencial destinado al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Provincia |
Localidad |
Centro/Aula |
Código |
Toledo |
Toledo |
CEPA Gustavo Adolfo Bécquer |
45004946 |
Toledo |
Torrijos |
CEPA Teresa Enríquez |
45005276 |
Anexo III
Centros y aulas en los que se autoriza la implantación, para el curso 2024/2025, con destino al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de los cursos en modalidad modular-presencial referidos a cualificaciones profesionales completas o parciales vinculadas a títulos de Técnico Básico, Técnico o Técnico Superior.
Provincia |
Localidad |
Centro/Aula |
Código |
Curso |
Albacete |
Albacete |
CEE Eloy Camino |
02003569 |
Módulos vinculados al título Técnico Básico en Servicios Administrativos. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Albacete |
Albacete |
CEE Eloy Camino |
02003569 |
Módulos vinculados al título Técnico Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Albacete |
Albacete |
CEE Eloy Camino |
02003569 |
Módulos vinculados al título Técnico Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Albacete |
Villarrobledo |
CEPA Alonso Quijano |
02003880 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Servicios Comerciales. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Albacete |
Albacete |
CEPA Los Llanos |
02003673 |
Módulos vinculados al título Técnico Básico en Servicios Administrativos. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Ciudad Real |
Tomelloso |
CEE Ponce de León |
13004080 |
Módulos vinculados al título Técnico Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Ciudad Real |
Ciudad Real |
CEPA Antonio Gala |
13004067 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Vídeo Disc-Jockey y Sonido. |
Ciudad Real |
Piedrabuena |
CEPA Montes Norte |
13009582 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Gestión Administrativa. |
Ciudad Real |
Manzanares |
CEPA San Blas |
13004079 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Estética y Belleza I. |
Ciudad Real |
Manzanares |
CEPA San Blas |
13004079 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre. |
Ciudad Real |
Manzanares |
CEPA San Blas - AEPA La Solana |
13012337 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Estética y Belleza II. |
Cuenca |
Tarancón |
CEPA Altomira |
16003657 |
Módulos vinculados al título Técnico Básico en Alojamiento y Lavandería. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Cuenca |
Cuenca |
CEPA Lucas Aguirre |
16003207 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Informática y Comunicaciones. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Cuenca |
Cuenca |
CEPA Lucas Aguirre |
16003207 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Cuenca |
San Clemente |
IES Diego Torrente Pérez |
16002173 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Alojamiento y Lavandería. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Cuenca |
Cuenca |
IES Lorenzo Hervás y Panduro |
16000978 |
Módulos vinculados al título de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico. |
Cuenca |
Cuenca |
IES Lorenzo Hervás y Panduro |
16000978 |
Módulos vinculados al título de Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría. |
Cuenca |
Cañete |
IESO 4 de junio |
16004546 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre. |
Guadalajara |
Mondéjar |
CEPA Maestra María Jesús Ramos |
19003701 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Servicios Administrativos. |
Toledo |
Toledo |
CEE Ciudad de Toledo |
45005574 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Servicios Administrativos. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Toledo |
Toledo |
CEE Ciudad de Toledo |
45005574 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Cocina y Restauración. Adaptado a jóvenes con discapacidad. |
Toledo |
Quintanar de la Orden |
CEPA Luis Vives |
45005288 |
Módulos vinculados al título de Técnico en Estética y Belleza. |
Toledo |
Mora |
IES Peñas Negras |
45006220 |
Módulos vinculados al título de Técnico Básico en Servicios Comerciales. |
Toledo |
Mora |
IES Peñas Negras |
45006220 |
Módulos vinculados al título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web. |
Anexo IV
Centros en los que se autoriza la implantación, para el curso 2024/2025, con destino al alumnado beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de cursos de perfeccionamiento constituidos por módulos reglados vinculados a títulos de Formación Profesional o de Artes Plásticas y Diseño y/o por módulos no reglados referidos a la práctica profesional.
Provincia |
Localidad |
Centro |
Código |
Curso |
Cuenca |
Cuenca |
IES Lorenzo Hervás y Panduro |
16000978 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Celador/a Sanitario/a. (No reglado). |
Guadalajara |
Guadalajara |
EA Elena de la Cruz Martín |
19008101 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Creación de páginas web con WordPress. (No reglado). |
Guadalajara |
Guadalajara |
EA Elena de la Cruz Martín |
19008101 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Diseño, maquetación e impresión de fanzines. (No reglado). |
Guadalajara |
Guadalajara |
EA Elena de la Cruz Martín |
19008101 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Creación de portfolio artístico y curriculum vitae. (No reglado). |
Guadalajara |
Guadalajara |
EA Elena de la Cruz Martín |
19008101 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Arte textil. (No reglado). |
Guadalajara |
Guadalajara |
EA Elena de la Cruz Martín |
19008101 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Pintura mural y arte urbano. (No reglado). |
Toledo |
Toledo |
IES Universidad Laboral |
45003796 |
Curso monográfico de perfeccionamiento: Especialización en robótica. (No reglado). |