AÑO XLIII Núm. 29 9 de febrero de 2024


II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

SITUACIONES E INCIDENCIAS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Orden 15/2024, de 31 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se publica la plantilla orgánica de maestros en institutos y secciones de Educación Secundaria. [2024/842]

Según la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los funcionarios del Cuerpo de Maestros adscritos con carácter definitivo, en aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo, a puestos de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria podrán continuar en dichos puestos indefinidamente, así como ejercer su movilidad en relación con las vacantes que a tal fin determine cada Administración educativa.

De conformidad con lo dispuesto en el punto noveno de la Resolución de 07/11/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito regional y procesos previos del Cuerpo de Maestros para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Educación de Adultos, dependientes del ámbito de gestión de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, podrán optar a plazas de Educación Especial: Audición y Lenguaje (AL) y Educación Especial: Pedagogía Terapéutica (PT) en los departamentos de Orientación de los Institutos de Educación Secundaria, los maestros que posean habilitación en estas especialidades, no siendo de aplicación a estos maestros el requisito de adscripción definitiva establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Analizadas las necesidades de escolarización para el próximo curso académico en los Institutos y Secciones de Educación Secundaria, y con el fin de conseguir una progresiva mejora del servicio público de educación que permita la realización de la política educativa que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes establezca, es preciso modificar las plantillas en determinados centros para adecuar la dotación de maestros a dichas necesidades.

Examinada la propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos, como órganos competentes conforme al Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias la Consejería de Educación, cultura y Deporte (DOCM año XLII Núm. 144 de 28 de julio de 2023), dispongo:

Primero:

Hacer pública, según se indica en el anexo I, la plantilla orgánica de Maestros en los Institutos de Educación Secundaria (IES e IESO) y Secciones de Educación Secundaria Obligatoria (SES) que tienen implantados los dos primeros cursos de Enseñanza Secundaria Obligatoria.

Segundo:

El ámbito de itinerancia asociado a los puestos itinerantes puede ser modificado al inicio del curso 2024/2025 por necesidades educativas.

El desempeño de puestos de trabajo que implique desplazamiento entre localidades no alterará las obligaciones inherentes al cumplimiento de la jornada de trabajo correspondiente.

Dichos desplazamientos se realizarán por medios propios, y se compensarán conforme a la normativa o los acuerdos vigentes.

Tercero:

La plantilla orgánica recogida en esta orden tendrá efectos a partir del curso 2024/2025, desde el 01/09/2024.

Cuarto:

Se autoriza a la Dirección General de Recursos Humanos para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que exija la aplicación de esta orden.

Quinto:

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 31 de enero de 2024

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes

AMADOR PASTOR NOHEDA