AÑO XLIV Núm. 39 26 de febrero de 2025
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Resolución de 18/02/2025, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca procedimiento para la elaboración de una bolsa extraordinaria de personal docente aspirante para la tutorización de cursos sobre la adquisición de la competencia digital docente, nivel B2, en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. [2025/1409]
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece específicamente en su artículo 111bis.5 que las administraciones educativas y los equipos directivos de los centros, han de promover el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el aula como medio didáctico apropiado y valioso, para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje, tratando de eliminar las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las TIC, con especial atención a las situaciones de violencia en la red.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha está llevando a cabo actuaciones vinculadas a la puesta en marcha del Programa de Cooperación Territorial para la mejora de la competencia digital educativa. Son acciones formativas y de perfeccionamiento del profesorado, relacionadas todas ellas, con las adquisición y mejora de la competencia digital docente #CompDigEdu, a través del instrumento financiero Next Generation EU, aprobado en 2020 por el Consejo Europeo, y dentro del marco del componente 19 “Plan Nacional de Competencias Digitales”, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
En este marco, la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación a través del Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha, inicia un proceso selectivo de funcionarios docentes de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para tutorizar, fuera del horario lectivo, cursos de competencia digital docente, nivel B2.
De conformidad con las competencias atribuidas en Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es elaborar una bolsa de personal docente aspirante para la tutorización online, en horario no lectivo, de cursos para la adquisición de la competencia digital docente, nivel B2.
Segundo. Características de la tutoría.
1. La acción formativa a tutorizar será “Formación en competencia digital docente. Nivel B2”, ofertada por el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha.
2. Las funciones del tutor/a serán:
- Atención a la comunidad del curso en la plataforma del CRFP.
- Resolución de dudas en un tiempo máximo de 72 horas.
- Corrección de todas las tareas propuestas de las personas participantes asignadas en tiempo y forma.
- Evaluación, en función de los criterios de certificación, de las personas participantes asignadas.
- Otras funciones que sean necesarias para el correcto funcionamiento de la acción formativa.
3. La actuación de los tutores/as se desarrollará durante el periodo de realización de la acción formativa indicada.
Tercero. Requisitos de participación.
Podrá participar en esta convocatoria:
1. El personal funcionario docente en activo que esté desarrollando su labor docente en un centro educativo no universitario sostenido con fondos públicos, dentro del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha. En el caso del funcionariado interino, tener vacante hasta final de curso escolar.
2. En todo caso, las personas interesadas, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberán estar participando o haber finalizado el curso de “Formación de tutores en competencia digital docente. Nivel B2”, quedando condicionada su integración en la bolsa extraordinaria a la obtención la calificación de apto en dicho curso.
Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación y se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica, mediante el formulario que estará disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
2. El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
3. La administración comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos de participación y de todos los méritos del baremo. A estos efectos, el modelo de solicitud incluirá las declaraciones responsables y las autorizaciones necesarias para dicha comprobación.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá requerir en cualquier momento a las personas interesadas la aportación de la documentación acreditativa, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así mismo, la administración podrá requerir a las personas participantes la aportación de la documentación correspondiente cuando no pueda obtenerse de oficio a través de las plataformas de intermediación de datos, redes corporativas u otros medios electrónicos disponibles al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la citada Ley.
4. Sólo se tendrán en cuenta los méritos establecidos en esta convocatoria. Los participantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en la solicitud que presenten dentro del plazo establecido.
Quinto. Listados de personas admitidas y excluidas.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación hará pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas, indicando en su caso, las causas de exclusión. Dicha relación se publicará en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.educa.jccm.es), surtiendo esta publicación efectos de notificación, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la relación provisional de personas admitidas y excluidas, quienes resulten excluidas podrán reclamar en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de su publicación, o subsanar, en idéntico plazo, los defectos que hubieran motivado la exclusión si éstos fueran subsanables.
3. Una vez examinadas y resueltas las reclamaciones presentadas o subsanados, en su caso, los defectos existentes, por resolución de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, se dictará y publicará, en el mismo medio y con los mismos efectos señalados en el primer párrafo de este apartado, la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.
4. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas excluidas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Comisión de baremación.
1. La Viceconsejería competente en materia de Educación constituirá una comisión de baremación para la evaluación de los méritos alegados y debidamente justificados por las personas participantes, integrada por los siguientes miembros:
a) La persona titular del Centro Regional de Formación del Profesorado, que ejercerá la presidencia.
b) Tres personas asesoras técnicas docentes adscritas al Centro Regional de Formación del Profesorado.
c) Una persona asesora adscrita al Centro Regional de Formación del Profesorado que actuará como secretario/a con voz y voto.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad de cualquiera de las personas integrantes de la comisión, la Viceconsejería competente en materia de Educación designará a otras personas en su sustitución.
2. Las funciones de la comisión de valoración serán las siguientes:
a) Realizar la valoración de los méritos de las personas aspirantes, conforme al anexo I.
b) Resolver cuantas reclamaciones al baremo provisional sean presentadas.
Séptimo. Baremos provisionales y definitivos.
1. Una vez publicada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso y antes de la publicación de la bolsa extraordinaria se publicarán los baremos provisionales y definitivos en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.educa.jccm.es), surtiendo esta publicación efectos de notificación, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la baremación provisional se podrá reclamar de forma telemática en el plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de su publicación.
3. Una vez examinadas y resueltas las reclamaciones presentadas, la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación publicará el baremo definitivo en el mismo medio y con los mismos efectos señalados en el primer párrafo de este apartado.
Octavo. Publicación de la bolsa extraordinaria.
1. A partir del 15 de marzo de 2025, por resolución de la Viceconsejería competente en materia de Educación, se procederá a la constitución y publicación de la bolsa extraordinaria en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.educa.jccm.es).
2. La ordenación de la bolsa extraordinaria se realizará conforme a los siguientes criterios:
a) El orden de prioridad de las personas integrantes de la bolsa vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el baremo, recogido en el anexo I.
b) En el caso de que se produjesen empates en el total de las puntuaciones, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo señalados en el anexo I, conforme al siguiente orden: D, E y F.
Como último criterio de desempate, se tendrá en cuenta la Resolución de 26/11/2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica la letra para determinar el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos de ingreso que se convoquen por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante el año 2025.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Llamamientos.
En función de las necesidades del Centro Regional de Formación del Profesorado se solicitarán los servicios de las personas integrantes de esta bolsa extraordinaria, siguiendo el orden de la misma, mediante el correo electrónico corporativo (@educastillalamancha.es). Las personas contactadas deberán aceptar o renunciar en un plazo máximo de 48 horas, respondiendo al correo electrónico enviado.
La no aceptación del llamamiento implicará la exclusión de la bolsa.
Décimo. Financiación.
La contratación de estos efectivos está financiada por la partida presupuestaria 18.50.320N.452.40 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación y Formación Profesional, correspondiente al ejercicio económico 2021, enmarcada en la Resolución de 2 de julio de 2020, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación sobre el marco de referencia de la competencia digital docente (BOE de 13 de julio de 2020), y destinada a la realización del Programa para la Mejora de la Competencia Digital Educativa #CompDigEdu.
Undécimo. Autorizaciones.
Se autoriza a la persona titular del Centro Regional de Formación del Profesorado, a adoptar las medidas y resoluciones necesarias para el desarrollo de este procedimiento.
Duodécimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimotercero. Efectos.
Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha.
Toledo, 18 de febrero de 2025
La Viceconsejera de Educación,
Universidades e Investigación
MARÍA DEL MAR TORRECILLA SÁNCHEZ
Anexo I
Méritos |
Puntuación |
|
A |
Título oficial de Grado de Maestro de Educación Primaria con mención en Tecnología de la Información y la Comunicación en Educación. |
1 punto |
B |
Titulación universitaria de carácter oficial en: - Licenciatura en Informática - Ingeniería en Informática - Diplomatura en Informática - Ingeniería Técnica en Informática de Gestión - Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas - Grado en Informática - Grado en Ingeniería Informática Sólo se considerará una titulación. |
1 punto |
C |
Título oficial de máster universitario relacionado con tecnología digital. Sólo se considerará una titulación. |
1 punto |
D |
Haber sido tutor/a de acciones formativas consolidadas en el extracto de formación, realizadas a través del CRFP a partir del curso 2021/2022 relacionadas con el marco de referencia de la competencia digital docente y que se encuentren en el anexo II. |
1 punto por cada acción formativa |
E |
Acciones formativas superadas y consolidadas en el extracto de formación, realizadas a través del CRFP a partir del curso 2021/2022 relacionadas con el marco de referencia de la competencia digital docente y que se encuentren en el anexo II. |
0,20 puntos por cada acción formativa |
F |
Haber sido coordinador/a de formación o coordinador/a de formación y transformación digital a partir del curso 2021/2022 en centros educativos de Castilla-La Mancha. |
1 punto por curso completo |
Anexo II
- Comunicar con seguridad en Internet
- Creación de Recursos Educativos Abiertos (REA)
- Creación de recursos interactivos
- Diseña tus presentaciones
- EducamosCLM: Entorno de Aprendizaje
- Exprime Excel
- Herramientas digitales como recursos expositivos
- Herramientas digitales de edición de imagen
- Herramientas digitales de evaluación más allá del examen
- Herramientas para la excelencia. Diseño de presentaciones
- Herramientas para la excelencia. Exprime Excel & Word
- Metodología Steam en el contexto digital
- Ofimática básica para docentes
- Ofimática para docentes II
- Presentaciones de Alto Impacto
- Scratch 3.0: aplicaciones en el aula