AÑO XLIV Núm. 103 30 de mayo de 2025
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Resolución de 23/05/2025, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se pública, la relación definitiva de centros que se incorporan a la red, reconocen y continúan como centro comunidad de aprendizaje de Castilla-La Mancha convocado por Resolución de 17/02/2025. [2025/4350]
Mediante Resolución de 17/02/2025, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se convoca el procedimiento para solicitar la incorporación a la Red de Centros Comunidad de Aprendizaje, el reconocimiento y la continuidad como centro comunidad de aprendizaje de Castilla-La Mancha.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración procedió a la instrucción del procedimiento, verificando el cumplimiento de los requisitos de participación de los centros interesados, solicitando información adicional para ello en los casos necesarios, evaluando las solicitudes presentadas y, posteriormente, proponiendo el listado de centros que se considerarán Comunidad de aprendizaje, de acuerdo con el apartado cuarto de la Resolución de 17/02/2025, en función de los criterios de valoración establecidos por el apartado quinto de la misma, se publicó la Resolución de 02 de mayo de 2025 por la que se publica con carácter provisional los centros que se incorporan a la Red, reconocen y continúan como centro comunidad de aprendizaje.
Con fecha 06 de mayo de 2025, se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la resolución provisional de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas de 02 de mayo de 2025, en la que se concede un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones y documentos que estimen pertinentes.
Transcurrido el plazo señalado anteriormente, y una vez estudiadas y valoradas las alegaciones formuladas, la Comisión de valoración, eleva con fecha 21 de mayo de 2025, la propuesta de resolución definitiva a la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas.
Así pues, vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración, esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado sexto de la Resolución de 17/02/2025, resuelve con carácter definitivo:
Primero: Reconocer como centro Comunidad de Aprendizaje al siguiente centro:
Código |
Centro |
Localidad |
Provincia |
45014307 |
Ceip El Duende |
Nambroca |
Toledo |
Segundo: Continuar con el reconocimiento de centro Comunidad de Aprendizaje los siguientes centros:
Código |
Centro |
Localidad |
Provincia |
02004124 |
Ceip Miguel Hernández |
La Roda |
Albacete |
13001066 |
Ceip San Juan de Ávila |
Castellar De Santiago |
Ciudad Real |
13002174 |
Ceip Nuestra Señora de Los Ángeles |
Pedro Muñoz |
Ciudad Real |
13002472 |
Ceip Cervantes |
Puertollano |
Ciudad Real |
13002587 |
Ceip Doctor Limón |
Puertollano |
Ciudad Real |
13002502 |
Ceip Mireia Belmonte |
Puertollano |
Ciudad Real |
16003487 |
Ceip Federico Muelas |
Cuenca |
Cuenca |
45004892 |
Ceip San Lucas y María |
Toledo |
Toledo |
13004651 |
Ceip Cristóbal Colón |
Ciudad Real |
Ciudad Real |
13004109 |
Ceip San Antonio |
Tomelloso |
Ciudad Real |
45010341 |
Cepa La Raña |
Navahermosa |
Toledo |
45001805 |
Ceip San Francisco |
Los Navalmorales |
Toledo |
Tercero. Denegar la incorporación del siguiente centro por no cumplir con las circunstancias recogidas en el Artículo 6.2 de la Orden 92/ 2021 de 18 de junio.
Código |
Centro |
Localidad |
Provincia |
45014356 |
Ies Olías del Rey |
Olías del Rey |
Toledo |
Cuarto: El centro reconocido como Comunidad de Aprendizaje será incorporado de oficio a la Red de Centros Comunidades de Aprendizaje en base al artículo 6 de la Orden 92/2021 de 18 de junio.
Quinto. En virtud de lo establecido en el apartado séptimo de la Resolución de 17/02/2025, los centros reconocidos incluidos en la presente resolución, su reconocimiento surtirá efectos a partir del 1 de septiembre del curso escolar 2025-2026.
Sexto. Recursos.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 23 de mayo de 2025
La Directora General de Inclusión Educativa y Programas
MARÍA ÁNGELES MARCHANTE CALCERRADA