AÑO XLIV Núm. 118 23 de junio de 2025


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 16/06/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se resuelve la convocatoria sobre renovación, suscripción o modificación de conciertos educativos en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha conforme al procedimiento convocado mediante Resolución de 27/12/2024, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato. [2025/5068]

La Orden 206/2024, de 28 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobó las normas reguladoras para la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el período comprendido entre los cursos escolares 2025/2026 y 2028/2029 en Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Formación Profesional y Bachillerato.

Por Resolución de 27/12/2024, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se convocó el procedimiento para la renovación, suscripción y modificación de estos conciertos.

Analizados los expedientes de solicitud de conciertos presentados por los centros educativos, y tras el estudio y valoración de las alegaciones formuladas por los interesados a la propuesta de resolución provisional de concertación, aprobada por Resolución de 2/04/2025, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, este órgano ha elevado propuesta de resolución definitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.3 de la Orden 206/2024, de 28 de noviembre.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.4 de esta última norma, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y previa fiscalización de la Intervención delegada, resuelvo:

Primero. Aprobar la renovación, suscripción y modificación de conciertos educativos solicitados por los centros docentes privados que se relacionan en los anexos I y II por las unidades que se especifican en los mismos.

Segundo. Desestimar las solicitudes de suscripción, renovación o modificación de conciertos educativos a los centros que se indican en los anexos I y II, por los motivos recogidos en los citados anexos.

Tercero. Los centros que se relacionan en el anexo III dispondrán de apoyos de inclusión educativa para atender al alumnado a razón de un incremento de una hora por cada unidad concertada en Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con lo previsto artículo 5, apartado 1, de la Orden 206/2024, de 28 de noviembre.

Cualquier otra necesidad de recursos adicionales de apoyo se tendrá que solicitar conforme a lo previsto en la Orden de 23/03/2010, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el procedimiento y los criterios para la dotación de recursos adicionales para la respuesta educativa al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, en los centros docentes privados concertados de la comunidad de Castilla-La Mancha.

Cuarto. En el anexo IV se reflejan los centros que, en virtud del apartado 2 del artículo 5 de la Orden 206/2024 de 28 de noviembre, por su singularidad, dispondrán en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria de más recursos de los establecidos con carácter general.

Quinto. La renovación, suscripción o modificación de conciertos educativos aprobados por esta resolución se llevará a cabo mediante el correspondiente documento de formalización de concierto educativo, que se suscribirá por las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería y las personas titulares de los centros o persona con representación legal debidamente acreditada. A los interesados se les notificará la forma en que deba realizarse la suscripción del documento de formalización del concierto.

Sexto. Las renovaciones, suscripciones y modificaciones de conciertos educativos que se aprueban tendrán efectos desde el comienzo del curso 2025/2026 hasta el 2028/2029, sin perjuicio de las situaciones de modificación, rescisión y extinción de los mismos que en el futuro se puedan producir.

Séptimo. La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Con carácter potestativo, podrá formularse recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de educación, en el plazo de un mes, en los términos establecidos en los artículos 30, 31, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 16 de junio de 2025

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes

AMADOR PASTOR NOHEDA