AÑO XLIV Núm. 128 7 de julio de 2025


II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital

Resolución de 01/07/2025, de la Dirección General de Protección Ciudadana, por la que se publican los convenios de encomienda de gestión suscritos entre la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital y los ayuntamientos de Casas Ibáñez, Elche de la Sierra, Ossa de Montiel, Alcázar de San Juan, Argamasilla de Alba, Calzada de Calatrava, Torrenueva, Cuenca, Sigüenza, Bargas, Camarena, Cobisa, Corral de Almaguer, Esquivias, Lillo, Lominchar, Miguel Esteban, Mocejón, Olías del Rey, Ontígola, Villanueva del Alcardete y Yepes. [2025/5456]

La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha suscrito sendos convenios de encomienda de gestión con los Ayuntamientos de Casas Ibañez, Elche de la Sierra, Osa de Montiel, Alcázar de San Juan, Argamasilla de Alba, Calzada de Calatrava, Torrenueva, Cuenca, Sigüenza, Bargas, Camarena, Cobisa, Corral de Almaguer, Esquivias, Lillo, Lominchar, Miguel Esteban, Mocejón, Olías del Rey, Ontígola, Villanueva del Alcardete y Yepes, para la realización del proceso selectivo para la provisión de diversas plazas de funcionarios de los respectivos cuerpos de policía local, pertenecientes a la categoría de policía.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Dirección General ha resuelto disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, recogiéndose su texto a continuación.

Toledo, 1 de julio de 2025

El Director General de Protección Ciudadana

EMILIO PUIG CABELLO

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Casas Ibañez (Albacete) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionarios del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D. Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. José María García Martínez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Casas Ibañez (Albacete), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 13 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 13 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Casas Ibañez (Albacete) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Casas Ibañez (Albacete), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2023, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 28 de junio de 2023 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete de fecha 5 de julio de 2023.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Casas Ibañez (Albacete) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta. - Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Casas Ibañez (Albacete) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta. - Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta. - Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima. - Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava. - Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Casas Ibañez (Albacete) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo, hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima. - Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Casas Ibañez. José María García Martínez

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D. Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª. Raquel Ruiz López, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de dos plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Elche de la Sierra (Albacete), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 13 de mayo de 2025 y publicadas en el Documento Oficial de la Castilla-La Mancha de fecha 20 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo, se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo, hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Elche de la Sierra. Raquel Ruiz López

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Osa de Montiel (Albacete) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Alejandro Chillerón Mora, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ossa de Montiel (Albacete), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 30 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 30 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Ossa de Montiel (Albacete) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Ossa de Montiel (Albacete), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 24 de febrero de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete de fecha 07 de marzo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Ossa de Montiel (Albacete) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Osa de Montiel (Albacete) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además, del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Osa de Montiel (Albacete) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Ossa de Montiel. Alejandro Chillerón Mora

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de cuatro plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª Rosa Melchor Quiralte, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 27 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de cuatro plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de marzo de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real de fecha 27 de marzo de 2025.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además, del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan. Rosa Melchor Quiralte

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Argamasilla de alba (Ciudad Real) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de cinco plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª Sonia González Martínez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Argamasilla de alba (Ciudad Real), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Argamasilla de alba (Ciudad Real) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de cinco plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Argamasilla de alba (Ciudad Real), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 18 de febrero de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real de fecha 21 de febrero de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Argamasilla de alba (Ciudad Real) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta. - Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Argamasilla de alba (Ciudad Real) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta. - Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta. - Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima. - Extinción.

Además, del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Argamasilla de alba (Ciudad Real) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima.- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Argamasilla de Alba. Sonia González Martínez

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Calzada de Calatrava (Ciudad Real) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª Gema María García Ríos, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Calzada de Calatrava (Ciudad Real), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 02 de junio de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 02 de junio de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Calzada de Calatrava (Ciudad Real) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Calzada de Calatrava (Ciudad Real), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Calzada de Calatrava (Ciudad Real) en sesión celebrada el 28 de febrero de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real de fecha 10 de marzo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Calzada de Calatrava (Ciudad Real) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta. - Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Calzada de Calatrava (Ciudad Real) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta. - Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta. - Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima. - Extinción.

Además, del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava. - Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Calzada de Calatrava (Ciudad Real) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima.- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Calzada de Calatrava. Gema María García Rios

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Raúl Bravo Velasco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 04 de junio de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 04 de junio de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Torrenueva (Ciudad Real), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 24 de abril de 2025, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 13 de mayo de 2025 y aprobada corrección mediante Resolución de Alcaldia de fecha 16 de mayo de 2025 publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 26 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a)En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b)El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Torrenueva. Raúl Bravo Velasco

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de cinco plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Dario Francisco Dolz Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cuenca, facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 26 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 26 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Cuenca ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de cinco plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Cuenca, pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2024, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de marzo de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca de fecha 7 de abril de 2025 y con rectificación acordada en Junta de Gobierno Local 11 de abril de 2025, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca de fecha 25 de abril de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Cuenca a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Cuenca se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Cuenca la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Cuenca. Dario Francisco Dolz Fernández

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de tres plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª. María Jesús Merino Poyo, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 26 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 26 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de tres plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Sigüenza (Guadalajara), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía nº2025-1565 y publicadas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 19 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Sigüenza (Guadalajara) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a)En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la Extinción del presente Convenio.

b)El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Sigüenza. María Jesús Merino Poyo

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Bargas (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Marco Antonio Pérez Pleite, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bargas (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Bargas (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Bargas (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2024, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 11 de octubre de 2024 Bargas (Toledo) y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 16 de octubre de 2024.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Bargas (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Bargas (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Bargas (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a)En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b)El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Bargas. Marco Antonio Perez Pleite

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Camarena (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª Sonia Seseña Agudo, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Camarena (Toledo), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 19 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 19 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Camarena (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Camarena (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2023, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 9 de mayo de 2023 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 18 de mayo de 2023.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Camarena (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Camarena (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Camarena (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a)En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b)El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Camarena. Sonia Seseña Agudo

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Cobisa (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Félix Ortega Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cobisa (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 30 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 30 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Cobisa (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Cobisa (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Decreto de la alcaldía de 14 de mayo de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 19 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Cobisa (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Cobisa (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

B )La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Cobisa (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Cobisa. Félix Ortega Fernández

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª. Manuela Lominchar Lominchar, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha de 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de dos plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Corral de Almaguer (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 02 de abril de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 07 de abril de 2025.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a)La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b)La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c)Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d)Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Corral de Almaguer (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Corral de Almaguer. Manuela Lominchar Lominchar

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Esquivias (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª. Almudena González Pascual, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Esquivias (Toledo), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Esquivias (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de dos plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Esquivias (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 03 de abril de 2025 y publicadas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 15 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Esquivias (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Esquivias (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Esquivias (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Esquivias. Almudena González Pascual

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Lillo (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Julián Sánchez Casas, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lillo (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Lillo (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de dos plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Lillo (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 21 de abril de 2025 y publicadas en el diario oficial de Castilla-La Mancha de fecha 13 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Lillo (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Lillo (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Lillo (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Lillo. Julián Sanchez Casas

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Lominchar (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Roque Antonio Fernández Ávila, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lominchar (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 22 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 22 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Lominchar (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de dos plazas vacantes de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Lominchar (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Decreto de la alcaldía de 26 de febrero de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 28 de febrero de 2025.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Lominchar (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Lominchar (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Lominchar (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Lominchar. Roque Antonio Fernández Ávila

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Marcelino Casas Torres, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 30 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 30 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Miguel Esteban (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 17 de febrero de 2025 y publicadas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 25 de febrero de 2025.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Miguel Esteban (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Miguel Esteban. Marcelino Casas Torres

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª. María Concepción Cedillo Tardío, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Mocejón (Toledo), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 02 de junio de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 02 de junio de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Mocejón (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Decreto de alcaldía de 06 de mayo de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 09 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Mocejón. Maria Concepción Cedillo Tardío

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, perteneciente a la categoría de policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª María del Rosario Navas Cabezas, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 12 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 12 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Olías del Rey (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. Las plazas a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fueron incluidas en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 30 de abril de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 7 de mayo de 2025.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a)En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b)El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Olías del Rey. Maria Rosario Navas Cabezas

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Ontígola (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Ángel Sepúlveda Martínez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ontígola (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Ontígola (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Ontígola (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluidas en la oferta de empleo público para el año 2024, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 02 de diciembre de 2024 y publicadas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 17 de diciembre de 2024.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Ontígola (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

F) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera. - Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) no se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Ontígola (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Ontígola (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ontígola. Ángel Sepúlveda Martinez

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de Seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica.

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, Dª. María Dolores Verdúguez Flores, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo), facultada para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 27 de mayo de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. - Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Villanueva de Alcardete (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2024, aprobada mediante acuerdo de la junta de gobierno de 29 de abril de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 19 de mayo de 2025.

Segunda. - Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina

La Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Villanueva de Alcardete. Maria Dolores Verdúguez Flores

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de Seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.

Convenio de encomienda de gestión entre el Excmo. Ayuntamiento de Yepes (Toledo) y la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización del proceso selectivo para la provisión de una plaza de funcionario del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la categoría de Policía.

En Toledo, a fecha de firma electrónica

Reunidos

De una parte, D.Juan Alfonso Ruiz Molina, Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 82/2023, de 9 de julio (DOCM. nº 131, de 11 de julio).

Y de otra, D. Tomás Manuel Arribas Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Yepes (Toledo), facultado para la firma de este Convenio por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 02 de junio de 2025.

Ambos comparecientes concurren en el ejercicio de sus cargos y en representación de sus respectivas instituciones, y en su virtud:

Manifiestan

La Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 20.3 que los Ayuntamientos de la Región pueden encomendar a la Administración Autonómica la realización total o parcial de los procesos de selección de los miembros de los cuerpos de policía local en la forma reglamentariamente establecida.

En desarrollo de la citada previsión legal, mediante Decreto 110/2006, de 17 de octubre, se aprobó el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, en cuyo artículo 85 se establece que, mediante Convenio, los Ayuntamientos podrán encomendar a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la realización de los procesos selectivos de los funcionarios de la policía local por el sistema de acceso libre, siempre que, al mismo tiempo, deleguen en el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para adoptar las resoluciones precisas y decidir cuantas cuestiones conexas se planteen durante su gestión.

Dentro de este marco regulador, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital desea colaborar activamente con los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha que disponen de Cuerpo de Policía Local, en especial, con aquellos que cuentan con limitados medios humanos y técnicos, para la realización de los procesos selectivos de ingreso de nuevos agentes de policía local.

Mediante acuerdo del Pleno de fecha 02 de junio de 2025, que se adjunta como anexo I al presente Convenio, el Ayuntamiento de Yepes (Toledo) ha acordado delegar en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital la competencia para resolver todas las cuestiones relativas al proceso selectivo que es objeto de la encomienda que por el presente se acuerda, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera.- Objeto del Convenio.

1. El presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la gestión de las tareas necesarias para llevar a cabo el desarrollo del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de acceso libre, de una plaza vacante de funcionario del Cuerpo de Policía Local de Yepes (Toledo), pertenecientes a la categoría de Policía.

2. La plaza a que se refiere el proceso selectivo que se encomienda fue incluida en la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía de 15 de mayo de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de fecha 19 de mayo de 2025.

Segunda.- Naturaleza y alcance de la encomienda de gestión.

Las tareas que se encomiendan por el Ayuntamiento de Yepes (Toledo) a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se circunscriben al desarrollo material del proceso de selección, que comprenderá las siguientes actuaciones:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobro de las tasas que pudieran exigirse.

b) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

c) Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo .

d) Corrección de los ejercicios.

e) Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo , siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercera.- Proceso selectivo .

El proceso selectivo se desarrollará de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, con las siguientes particularidades:

a) El número de preguntas del cuestionario de conocimientos tipo test será de setenta, con cuatro respuestas alternativas cada una, penalizándose las respuestas erróneas mediante la fórmula: número de aciertos - (n.º de errores/3).

Se calificará de cero a diez puntos la prueba, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla. No obstante, se establecerá el siguiente límite en función del número final de plazas convocadas:

Hasta 25 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 700% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 26 y 35 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 500% de las plazas convocadas y empatados.

Entre 36 y 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 400% de las plazas convocadas y empatados.

Más de 45 plazas, superará la prueba un máximo de aspirantes equivalente al 350% de las plazas convocadas y empatados.

b) El programa que regirá las pruebas es el que figura como Anexo II al presente Convenio.

c) No se realizará prueba de idiomas.

Cuarta.- Compromisos asumidos por el Ayuntamiento encomendante.

Concluido el proceso selectivo y publicada la propuesta de adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento de Yepes (Toledo) se compromete a efectuar su nombramiento como funcionarios en prácticas con anterioridad al comienzo del curso selectivo, salvo en el supuesto de que los aspirantes puedan ser nombrados funcionarios de carrera, por haber superado previamente el citado curso por la escuela de protección ciudadana de Castilla-La Mancha.

Quinta.- Financiación del Proceso selectivo .

1. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital asumirá el importe derivado de la gestión del proceso selectivo encomendado con cargo a los recursos consignados en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las tasas que satisfagan los aspirantes, para participar en el proceso selectivo , se ingresarán en la cuenta corriente de la junta de comunidades que se indique en la publicación de la convocatoria única a que se refiere el artículo 85 del Decreto 116/2006, de 17 de octubre.

Sexta.- Plazo de vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de dieciocho meses contados desde su firma, sin perjuicio, en caso necesario, de su posible prórroga por el tiempo imprescindible para concluir las actuaciones, que podrá acordar la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con comunicación al Ayuntamiento.

Séptima.- Extinción.

Además del cumplimiento del plazo previsto en la cláusula anterior, son causas de extinción del presente Convenio:

a) La anulación de las plazas vacantes y dotadas presupuestariamente cuyo proceso de selección haya sido objeto de la encomienda, a lo que se equiparará el hecho de que el correspondiente proceso de selección se hubiera iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

b) La revocación, limitación o condicionamiento de cualquier clase de la encomienda de gestión y/o delegación de competencia realizada en favor de la consejería para dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que dan soporte jurídico a las actuaciones objeto de la encomienda.

c) Que el número total de plazas vacantes correspondientes a la categoría de policía a cubrir mediante los procesos selectivos encomendados por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no alcance el número de 15.

d) Fuerza mayor o circunstancias extraordinarias que impidan el desarrollo previsto del procedimiento.

Octava.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.

Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del Convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.

En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones, en su caso, marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Novena. - Régimen de responsabilidades.

1. Corresponderá al Ayuntamiento de Yepes (Toledo) la responsabilidad patrimonial o de cualquier otra índole a que hubiere lugar por la cancelación de la presente encomienda, quedando exonerada la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los siguientes supuestos:

a) En el caso de que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en las letras a) y b) de la cláusula séptima, sin perjuicio de que den lugar a la extinción del presente Convenio.

b) El incumplimiento de la obligación del Ayuntamiento de nombrar como funcionarios en prácticas, o en su caso de carrera, a aquellos aspirantes que, habiendo superado el Proceso selectivo , hubieran obtenido destino en su Cuerpo de Policía Local.

2. Corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la consejería de hacienda, Administraciones Públicas y transformación digital, las responsabilidades que se pudieran derivar de la gestión del proceso selectivo encomendado, debiendo velar por el correcto desarrollo del mismo.

Décima .- Naturaleza y jurisdicción.

1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa.

2. En defecto de normas específicas, para resolver las dudas o para completar las lagunas que pudieran presentarse en su desarrollo se aplicarán los principios y reglas generales inspiradores de la legislación administrativa.

3. Las cuestiones litigiosas que se planteen con ocasión de su interpretación, ejecución o resolución serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Juan Alfonso Ruiz Molina.

El Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Yepes. Tomás Manuel Arribas Ruiz

Anexo II

Convocatoria para el ingreso en la categoría de Policía de la Policía Local

Segunda prueba: test de conocimientos

Programa

Parte general

Tema 1.- La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la constitución.

Tema 2.- Las Cortes Generales: las cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La corona.

Tema 3.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.

Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- El Derecho Administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.

Tema 9.- El Acto Administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 10.- El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso–administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.

Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 12.- La actividad de la Policía Local como policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.

Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.

Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.

Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros órganos. Competencias municipales.

Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.

Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los cuerpos de policía local. Régimen disciplinario de los cuerpos de policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.

Parte especial

Tema 18.- La regulación de las policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las juntas locales de Seguridad.

Tema 19.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Tema 20.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y órdenes de aplicación en la materia.

Tema 21.- La Policía Local como Policía Judicial: la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.

Tema 22.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.

Tema 23.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.

Tema 24.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.

Tema 25.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: de las agresiones sexuales. De los abusos sexuales.  De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años del acoso sexual. De los Delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los Delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Tema 26.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.

Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: del descubrimiento y revelación de secretos del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.

Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 30.- De los Delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.

Tema 31.- Delitos contra La Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

Tema 32.- Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.

Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.

Tema 34.- La detención: concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de hábeas corpus.

Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).

Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el código penal. Principio “non bis in idem”.

Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.

Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.

Tema 40.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.

Tema 41.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.

Tema 42.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.

Tema 43.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía local en accidentes de tráfico.

Tema 44.- El Reglamento General de Conductores.

Tema 45.- El Reglamento General de Vehículos.

Tema 46.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

Tema 47.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan territorial de emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.

Tema 48.- La Ley Sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Tema 49.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.

Tema 50.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas lgtbi.

Tema 51.- La Protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.

Tema 52.- Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.