AÑO XLIV Núm. 157 18 de agosto de 2025
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Resolución de 08/08/2025, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se reajusta y amplía el crédito de la Orden 82/2022, de 25 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión, establecidos por el Real Decreto 948/2021, de 3 de noviembre, dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y establece su convocatoria abierta para el periodo 2021-2023. [2025/6350]
Mediante el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se han implementado las medidas previstas en la inversión 4 del componente 3 de dicho Plan: Inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agrícola y ganadero, que fue aprobado mediante Decisión de Ejecución por el Consejo Europeo el 13 de julio de 2021.
En Castilla-La Mancha para el cumplimiento del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, se dictó la Orden 82/2022, de 25 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión establecidos en el real decreto citado y se establece su convocatoria para el periodo 2021-2023. De conformidad con la regulación expuesta, las ayudas se otorgarán por el procedimiento de concurrencia competitiva para cada uno de los programas y con una convocatoria que ha estado abierta desde el 30 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023, estableciéndose cuatro periodos de comparación para las solicitudes recibidas, el último habilitado por la Orden 254/2022, de 30 de diciembre.
El presupuesto inicial de la convocatoria fue ampliado tras las nuevas asignaciones del ministerio en 2023 y 2024 mediante las Órdenes 254/2022, de 30 de diciembre y 140/2023, de 30 de junio, y la resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de 27/09/2024, lo que permitió elevar la cuantía máxima de la convocatoria hasta 35.758.064,55 euros, descontado el 2% de costes indirectos imputables a las acciones subvencionadas.
En aplicación del artículo 35.3 del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, que establece que el saldo no utilizado ni comprometido a la fecha de finalización del plazo de vigencia de los programas previsto en el artículo 5 se reintegrará al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que destinará esas cuantías a atender las solicitudes recibidas desde otras comunidades autónomas que se encuentran en lista de reserva o espera, en una convocatoria, por superar la cuantía de fondos inicialmente asignados a la misma, Castilla-La Mancha ha accedido a la última distribución territorial de fondos aprobada mediante Resolución de 28 de julio de 2025 del titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por importe de 1.735.971,15 euros.
Actualmente, la convocatoria del Programa 4. Aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero y plazo de presentación de solicitudes que finalizó el 31 de diciembre de 2022, fue resuelta mediante resolución de esta Dirección General de 26 de abril de 2024 por la totalidad de fondos disponibles 15.221.152,03 euros para 308 solicitudes y dejó una lista de espera inicial de 205 solicitantes que cumplían los requisitos. En la actualidad permanecen en dicha lista de espera 101 solicitudes que cumplen los requisitos. Con la nueva asignación se podrán atender 43 solicitudes de esta lista de espera.
Además respecto a los programas y plazos de solicitudes resueltos y que se encuentran actualmente ejecutados o en plazo de ejecución se han producido diversas renuncias totales o parciales sobre los importes inicialmente concedidos a las personas beneficiarias y que han supuesto la disponibilidad de una serie de remanentes.
Teniendo en cuenta lo expuesto y considerando que el artículo 3.1 de la citada orden establece que cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones.
Si las solicitudes recibidas en una convocatoria superan la cuantía de fondos inicialmente asignados a la misma, podrán establecerse listas de espera o de reserva, que se financiarán con ampliaciones de crédito o con el crédito disponible en las subsiguientes convocatorias.
La distribución presupuestaria tiene carácter estimado, por lo que cualquier redistribución entre las anualidades y partidas presupuestarias no precisará de nueva convocatoria ni de publicación, pero sí requerirá su modificación en el expediente de gasto correspondiente, con paso previo a la resolución de concesión.
Este crédito podrá ser ampliado si no hubiese expirado el plazo de vigencia del programa de estas ayudas y existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 37 del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre sin necesidad de una nueva convocatoria. El nuevo importe, se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, mediante resolución de la persona titular de la dirección general competente en materia de innovación y mejora de las explotaciones agrícolas y ganaderas.
A partir del 30 de junio de 2023 si alguna de las partidas destinadas a un programa de apoyo no se hubiera agotado y otro tuviera lista de reserva o espera, se podrá reasignar el presupuesto entre los programas.
Con el fin de garantizar la ejecución completa de los fondos y puesto que las inversiones pendientes de aprobación son maquinaria y equipos que requieren de un periodo de ejecución inferior se ha publicado la Orden 96/2025,de 18 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 82/2022, de 25 de abril, estableciendo un nuevo plazo de ejecución y justificación para los expedientes en lista de espera que concluirá el 25 de febrero de 2026.
De acuerdo con lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural, y en virtud de las competencias del Decreto 30/2025, de 29 de abril, de estructura y competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
Resuelvo:
Publicar la cuantía total máxima disponible de 37.494.035,70 euros siendo este importe financiado con cargo a los créditos presupuestarios de los ejercicios 2025 y 2026 dentro de la partida presupuestaria G/531A/77000.
La distribución presupuestaria en los distintos programas y convocatorias es la siguiente:
| Programa de Apoyo |
Fondo/Pep |
Año |
Primer periodo (euros) |
Segundo Periodo (euros) |
Tercer Periodo (euros) |
Cuarto Periodo (euros) |
Total Programa (euros) |
| 1. Inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería |
FPA0090014/ JCCM/MRR0 3I4073 |
2025 |
205.357,85 |
222.951,88 |
134.365,02 |
52.731,52 |
615.406,27 |
| 2. Transformación integral y modernización de invernaderos |
FPA0090014/ JCCM/MRR0 3I4200 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
| 3. Inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola) |
FPA0090014/ JCCM/MRR0 3I4201 |
2025 |
0,00 |
0,00 |
100.000,00 |
146.049,49 |
246.049,49 |
| 4. Aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero |
FPA0090014/ JCCM/ MRR0 3I4202 |
2025 |
6.444.612,84 |
7.948.126,06 |
20.278.869,89 |
225.000,00 |
34.896.608,79 |
| 2026 |
0 |
0 |
1.735.971,15 |
0,00 |
1.735.971,15 |
Toledo, 8 de agosto de 2025
El Director General de Desarrollo Rural
JOSÉ JUAN FERNÁNDEZ ZARCO