AÑO XLIV Núm. 203 21 de octubre de 2025


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Universidad de Castilla-La Mancha

Extracto de 15/10/2025, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la Resolución por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de becas UCLM-Santander de iniciación a la investigación para estudiantes de másteres universitarios oficiales cofinanciadas por el convenio de colaboración entre la Universidad de Castilla-La Mancha y el Banco Santander. BDNS (Identif.): 862657. [2025/7846]

BDNS (Identif.): 862657

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/862657)

Primero. Beneficiarios/as.

Podrán solicitar las becas objeto de la presente convocatoria los españoles, los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

a. Haber finalizado los estudios de su primera licenciatura, de grado o de ingeniería en el curso académico 2022-2023 o posterior y no estar en posesión del título de Doctor, o en su defecto, cumplir los requisitos establecidos en la Resolución de 21/12/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se publica el reglamento sobre matrícula condicionada en másteres oficiales de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Los estudiantes de las titulaciones de la UCLM con nivel MECES3 que estén cursando la titulación de Arquitectura o Farmacia tendrán que haber superado cuarto curso completo del grado correspondiente, mientras que los estudiantes que estén cursando la titulación de Medicina tendrán que haber superado quinto curso completo. En todos estos casos, deben haberlo superado en el curso académico 2022-2023 o posterior.

b. Estar matriculado en su primer máster universitario oficial en la UCLM en el curso académico 2025-2026, de al menos 60 ECTS o de curso completo y seguir siendo estudiante de máster en el momento de su incorporación.

Los estudiantes de las titulaciones de la UCLM con nivel MECES3 que estén cursando la titulación de Arquitectura o Farmacia tendrán que estar matriculados, en el curso académico 2025-2026, en quinto curso completo del grado correspondiente. Los estudiantes que estén cursando la titulación de Medicina tendrán que estar matriculados, en el curso académico 2025-2026, en sexto curso completo.

c. Contar con la aceptación de un Profesor o Investigador a tiempo completo, con título de Doctor, que actuará como supervisor de la ayuda, y del director del Departamento o Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación al que éste pertenezca. El supervisor del trabajo deberá pertenecer a alguno de los colectivos siguientes:

- Personal Docente e Investigador de la UCLM.

- Personal Investigador de la UCLM (Distinguidos, Beatriz Galindo u otros similares).

- Personal Investigador del Programa Ramón y Cajal, y del Programa Juan de la Cierva en incorporación en la UCLM.

- Personal Investigador del CSIC adscrito a los centros mixtos o a las unidades asociadas CSIC-UCLM, siempre que desarrolle su labor en centros de la UCLM.

Segundo. Objeto.

Se dotan fondos económicos para un máximo de 60 becas de iniciación a la investigación para licenciados, ingenieros o graduados que estén matriculados en un máster universitario oficial en la UCLM en el curso académico 2025-2026, y estudiantes matriculados en el último curso de titulaciones con nivel MECES3 de la UCLM.

El plan de formación derivado de la concesión de estas becas se desarrollará en los Departamentos, Institutos de Investigación propios o mixtos, y unidades asociadas de la UCLM, bajo la dirección de sus Profesores o Investigadores.

Las becas tendrán la consideración de ayuda económica para formación y no tendrán consideración de salario o remuneración.

En el ejercicio 2026 se dotarán como máximo 60 becas de iniciación a la investigación, a distribuir entre las cinco grandes áreas científicas: Ciencias de la Salud, Ciencias Experimentales, Ingeniería y Arquitectura, Ciencias Sociales y Jurídicas, y Arte y Humanidades; de las que hasta un 5% se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33%. La distribución de las becas por áreas aquí establecida será tenida en cuenta también para la gestión de las posibles suplencias.

Las becas tendrán una duración de seis meses consecutivos y se iniciarán en el mes de febrero de 2026. La dedicación de los beneficiarios de la beca en los Departamentos, Centros/Institutos/Unidad Asociada propios de investigación, así como en los centros mixtos, será de 20 horas semanales.

Tercero. Bases reguladoras.

Bases reguladoras que forman parte del texto íntegro de la convocatoria.

Cuarto. Cuantía de las ayudas.

El presupuesto de esta convocatoria asciende a 226.983,60 euros. La cuantía total bruta de cada ayuda ascenderá a 3.720 € más la cuota empresarial de la seguridad social y será abonada en seis mensualidades. Las cinco primeras mensualidades se abonarán a la finalización de cada uno de los meses de la beca, quedando la sexta condicionada a la entrega del informe final.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOCM.

Albacete, 15 de octubre de 2025

El Rector

P.D. El Vicerrector de Política Científica

de la Universidad de Castilla-La Mancha

(Resolución de 13/01/2025,

DOCM de 15/01/2025 y 24/01/2025)

RICARDO CUEVAS CAMPOS