AÑO XLIV Núm. 208 28 de octubre de 2025


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Notificación de 15/10/2025, de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, por la que se da publicidad a la propuesta de resolución definitiva de las ayudas previstas en el Decreto 59/2025, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras, con carácter excepcional, en régimen de minimis, de ayudas dirigidas a personas titulares de explotaciones agrícolas de determinados sectores ubicadas en municipios de Castilla-La Mancha especialmente afectados por la sequía, durante el año hidrológico 2023-2024. [2025/7989]

Vista la Propuesta de Resolución Definitiva de las ayudas previstas en el Decreto 59/2025, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras, con carácter excepcional, en régimen de minimis, de ayudas dirigidas a personas titulares de explotaciones agrícolas de determinados sectores ubicadas en municipios de Castilla-La Mancha especialmente afectados por la sequía, durante el año hidrológico 2023-2024 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 del decreto referido que exige su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con indicación, para cada una de las personas propuestas, de las superficies admisibles que motivan la concesión de la ayuda, los importes propuestos, así como los últimos dígitos de la cuenta bancaria señalada en la solicitud unificada de 2024, resuelvo:

Único: Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la Propuesta de Resolución Definitiva que se inserta a continuación.

Toledo, 15 de octubre de 2025

La Directora General de Ordenación Agropecuaria

LYDIA BENÍTEZ GARCÍA

Propuesta de resolución definitiva de las ayudas derivadas del Decreto 59/2025, de 29 de Julio, por el que se establecen las bases reguladoras, con carácter excepcional, en régimen de minimis, de ayudas dirigidas a personas titulares de explotaciones agrícolas de determinados sectores ubicadas en municipios de Castilla-La Mancha especialmente afectados por la sequía, durante el año hidrológico 2023-2024.

Antecedes de hecho

I.- Por Decreto 59/2025, de 29 de julio, se establecen las bases reguladoras, con carácter excepcional, en régimen de minimis, de ayudas dirigidas a personas titulares de explotaciones agrícolas de determinados sectores ubicadas en municipios de Castilla-La Mancha especialmente afectados por la sequía, durante el año hidrológico 2023-2024.

II.- Este decreto establece en el punto del artículo 5, que esta subvención se concederá de forma directa.

III.- Analizados los datos de los posibles beneficiarios se ha emitido informe relativo al cumplimiento de los requisitos para acceder a la condición de persona beneficiaria de las ayudas, se procedió a emitir propuesta de resolución provisional publicada en el DOCM núm. 180, de 18 de septiembre de 2025, otorgándose el plazo de 10 días hábiles para rechazar la ayuda, presentar alegaciones o aportar un número de cuenta diferente de la cuenta bancaria declarada en la solicitud unificada de 2024.

Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, el Decreto 59/2025, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras, con carácter excepcional, en régimen de minimis, de ayudas dirigidas a personas titulares de explotaciones agrícolas de determinados sectores ubicadas en municipios de Castilla-La Mancha especialmente afectados por la sequía, durante el año hidrológico 2023-2024 y demás normativa de general y pertinente aplicación, y considerando los siguientes:

Fundamentos de derecho

Primero. Competencia.

La competencia para emitir esta propuesta se establece en el artículo 6 del Decreto 59/2025, de 29 de julio.

Segundo.

Estudiadas las alegaciones presentadas por las personas beneficiarias a la Propuesta de Resolución Provisional, procede, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 6 del Decreto 59/2025, de 29 de julio, dictar propuesta de resolución definitiva de la ayuda establecida en dicho decreto en favor de las personas beneficiarias enumeradas en el anexo adjunto a esta propuesta, al haberse cumplido con los requisitos establecidos en el decreto.

De conformidad con todo lo expuesto,

Se dispone:

Primero. Formular Propuesta de Resolución Definitiva de las ayudas previstas en el Decreto 59/2025, de 29 de julio, con las personas propuestas incluidas en el anexo, indicando para cada una de ellas, las superficies admisibles, los importes propuestos, su identificación personal y los dígitos (anonimizados) de la cuenta bancaria, consignada en la solicitud unificada de ayudas de la PAC 2024, que es en la que se realizará el ingreso.

Segundo. Declarar, para conocimiento y a los efectos oportunos, que las personas propuestas beneficiarias de esta ayuda asumen las obligaciones establecidas en el artículo 12 del Decreto 59/2025, de 29 de julio.

Tercero. Esta Propuesta de Resolución Definitiva no genera derecho alguno a favor de las personas beneficiarias propuestas, frente a la Administración, mientras no se haya publicado la Resolución de Concesión. Asimismo, el pago de la ayuda se realizará una vez emitida la citada resolución.

Las personas incluidas en el Anexo de esta Propuesta de Resolución Definitiva dispondrán desde el día siguiente al de su publicación de 20 días hábiles, para aceptar la ayuda, para lo cual tendrán dos opciones disponibles:

- Si disponen de certificado electrónico en el teléfono móvil que indicó en su solicitud unificada de 2024, recibirán un mensaje de texto (sms) con la dirección electrónica en la que poder aceptar la ayuda, siguiendo los pasos que le indique el dispositivo.

- Si no disponen de certificado electrónico en el teléfono móvil que indicó en su solicitud unificada de 2024, en la siguiente dirección de internet: https://www.jccm.es/tramites/1018417, a través del botón Tramitar, con el certificado electrónico por la persona beneficiaria o su representante podrá seguir los pasos que le permitirán presentar el Anexo IV del Decreto 59/2025, de 29 de julio y aceptar la ayuda.

Igualmente, la persona beneficiaria, o su representante, deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://notifica.jccm.es/notifica/).

Toledo, 15 de octubre de 2025.- El instructor