AÑO XLIV Núm. 229 26 de noviembre de 2025


II.- AUTORIDADES Y PERSONAL

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 19/11/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de méritos para la renovación, selección y nombramiento de directoras y de directores de los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha. [2025/8970]

El Decreto 89/2021, de 27 de julio, que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en centros docentes públicos no universitarios de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 4, apartado 2, que la Consejería competente en materia de educación convocará, con una periodicidad anual, el concurso de méritos para la designación de la persona responsable de la dirección en aquellos centros en los que el puesto de dirección vaya a quedar vacante por alguno de los supuestos recogidos en el artículo 138 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.

La Orden 170/2021, de 29 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se desarrollan los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha, en su artículo 2, apartado 2, dispone que la persona titular de la Consejería competente en materia de educación convocará dicho concurso mediante resolución, que se publicará anualmente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, para aquellos centros docentes en los que, a la finalización del curso en los que se produce la misma, quede vacante la dirección por alguno de los supuestos recogidos en el artículo 11 del Decreto 89/2021, de 27 de julio. Asimismo, el apartado 3 de dicho artículo prevé que la citada resolución publicará las vacantes inicialmente previstas para el curso objeto de la convocatoria e informará de las plazas ocupadas por las directoras o directores que, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 89/2021, de 27 de julio, puedan optar a la renovación de su mandato.

Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas en la disposición final primera del Decreto 89/2021, de 27 de julio, y en el artículo 2.2. de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo convocar concurso de méritos para la renovación, selección y nombramiento de directoras y directores de los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha, que se regirá por las siguientes bases:

Primera. Objeto y ámbito de aplicación.

1. El objeto de esta resolución es convocar concurso público de méritos para la renovación, selección y nombramiento de las personas responsables de la dirección en centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. El ámbito de aplicación comprende a los centros docentes públicos cuyo personal responsable de la dirección cesa durante el curso 2025/2026 por algunas de las causas previstas en el artículo 11 del citado Decreto 89/2021, de 27 de julio.

Segunda. Vacantes.

1. Las personas participantes en el concurso de méritos solo podrán optar a la dirección de un único centro docente.

2. Los centros, cuya dirección podrá solicitarse en la presente convocatoria, se relacionan en el anexo I, con el carácter de vacantes provisionales.

3. En las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes, se efectuará una revisión detallada de esta relación de centros. En caso de producirse alguna modificación, las personas titulares de las delegaciones provinciales la comunicarán a los centros afectados y a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación para su publicación a través del Portal de Educación (https://educacion.castillalamancha.es/)

4. A partir del día 04/12/2025, las vacantes publicadas tendrán la consideración de definitivas en el caso de los centros en los que proceda renovar mandato. El 13/02/2026 se publicará, con carácter definitivo y a través del mismo medio mencionado en el párrafo anterior, la relación de vacantes para el proceso de selección, tanto las relacionadas de inicio en el anexo I como aquellas que resulten vacantes tras la finalización del proceso de renovación.

5. Los solicitantes y requisitos de participación serán los recogidos en el artículo 3 de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre.

Tercera. Presentación de solicitudes.

1. Los plazos para la presentación de solicitudes serán los siguientes:

a. Plazo para presentar solicitud para la renovación, del 10/12/2025 al 17/12/2025.

b. Plazo para presentar solicitud para la selección, del 18/02/2026 al 25/02/2026.

2. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes que corresponda al centro solicitado.

3. Las solicitudes se presentarán por las personas interesadas únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario accesible desde la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

4. En el formulario se incluyen la declaración responsable y las correspondientes autorizaciones a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, necesarias para la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos.

A través de las delegaciones provinciales las personas que lo requieran podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su solicitud.

5. Los documentos que las personas interesadas precisen incluir con la solicitud deberán ser digitalizados y presentados como archivos adjuntos a la misma.

6. Para facilitar la completa tramitación electrónica del expediente, las personas solicitantes deben darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica, a través de la cual se efectuarán las comunicaciones que no deban ser objeto de publicación sustitutiva de la notificación.

Cuarta. Documentación y admisión de solicitantes.

1. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 4 de esta base, las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a. Un ejemplar del proyecto de dirección, de acuerdo con las especificaciones recogidas en el anexo I de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.

b. La documentación acreditativa de los méritos académicos, formativos y profesionales, conforme a lo establecido en el baremo que figura en el anexo II de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre.

2. Las personas responsables de la dirección que opten a la renovación de su mandato presentarán un nuevo proyecto de dirección, que actualice el proyecto presentado inicialmente, con un apartado específico sobre los logros y dificultades de su actual mandato, junto al resto de apartados que figuran en el mencionado anexo I de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre.

3. No se admitirá para su valoración ningún mérito que no haya sido invocado por las personas solicitantes durante el plazo de presentación de solicitudes.

4. Las personas solicitantes no tendrán obligación de presentar los documentos acreditativos que ya obren en poder de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, relativos a los requisitos de participación dispuestos en el artículo 5 del Decreto 89/2021, de 27 de julio y a los méritos indicados en el apartado 3 del artículo 8 de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre, que se comprobarán de oficio por la Administración, según se establece en los artículos 28 y 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que conste expresamente en la casilla correspondiente de la solicitud de participación la oposición expresa de los interesados a dicha comprobación de oficio, en cuyo caso estos deberán aportar, junto con la solicitud, la documentación correspondiente.

5. Las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes podrán solicitar que se subsane la solicitud o se complete la documentación cuando proceda, concediendo a tal efecto un plazo de diez días hábiles y comunicando a la persona solicitante que, si en el citado plazo no atendiera a lo requerido, se le entenderá desistido en su solicitud de participación.

6. Las personas interesadas deberán aportar a la administración educativa la documentación que resulte necesaria para la debida acreditación del cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados cuanto se le requiera para ello en cualquier momento del proceso, por no resultar posible la comprobación de oficio de la información correspondiente a través de las plataformas de intermediación de datos, redes corporativas u otros sistemas informáticos habilitados al efecto o por otras causas debidamente justificadas.

7. Las personas titulares de las delegaciones provinciales publicarán la relación provisional de las personas solicitantes admitidas y excluidas en el proceso de renovación el día 13/01/2026. De la misma manera, publicarán la relación provisional de las personas solicitantes admitidas y excluidas en el proceso de selección el día 10/03/2026. Ambas publicaciones provisionales se harán en el Portal de Educación (https://educacion.castillalamancha.es/).

8. Con la publicación de las resoluciones que declaran aprobadas dichas listas provisionales, se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En caso de exclusión, se hará constar el motivo.

Las personas solicitantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las citadas listas provisionales para reclamar contra su exclusión.

9. Resueltas las reclamaciones presentadas, las personas titulares de las delegaciones provinciales publicarán la resolución que apruebe las listas definitivas de las personas admitidas y excluidas en ambos procedimientos, el día 27/01/2026 en el caso de renovación, y el 19/03/2026, en el de selección. Ambas resoluciones serán publicadas en el mismo lugar que los listados provisionales y tendrán los mismos efectos de notificación previstos en el apartado 8 de esta base.

Contra dicha resolución, las personas excluidas podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante la persona titular de la consejería con competencias en materia de educación no universitaria, según lo establecido en los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

10. Las delegaciones provinciales remitirán los proyectos de dirección de las personas solicitantes admitidas a los centros correspondientes en el plazo de cinco días. Para facilitar que la comunidad educativa tenga acceso a la consulta de estos proyectos, la dirección del centro informará en el plazo máximo de dos días del espacio físico y/o virtual donde estarán disponibles estos documentos.

Quinta. Proceso de renovación.

1. Una vez publicada la relación de las personas solicitantes admitidas, la Inspección de Educación remitirá un informe provisional sobre la evaluación de la función directiva, a los responsables de la dirección que vayan a participar en el proceso de renovación.

2. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre, si esta evaluación es positiva, el responsable de la dirección convocará una sesión extraordinaria del claustro del profesorado, donde informará sobre las novedades y líneas principales del proyecto de dirección presentado, sobre el grado de cumplimiento de su anterior proyecto y sobre el resultado de la valoración contenida en el informe de la Inspección de Educación.

En esta sesión, el claustro del profesorado decidirá sobre la renovación para un nuevo mandato de dirección, por mayoría absoluta de los componentes del mismo, por el procedimiento de voto directo y secreto.

3. La persona responsable de la dirección, mediante una certificación del acta de la sesión, trasladará inmediatamente el resultado de la decisión del claustro a la Inspección de Educación, quien elevará al titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes, la propuesta de nombramiento para un segundo mandato por renovación.

4. El proceso de renovación debe estar concluido en todos sus extremos antes del 11/02/2026.

5. Si la decisión del claustro del profesorado sobre la renovación fuera negativa, se continuaría con el desarrollo del proceso de selección previsto en la base siguiente.

Sexta. Organización del proceso de selección.

1. El proceso de selección se organizará en los centros docentes relacionados en el anexo I que tengan solicitudes admitidas formalmente, siempre que en ellos no se haya realizado proceso de renovación, o bien, si lo ha habido, su resultado haya sido negativo.

2. El proceso de selección se llevará a cabo, con todas las personas solicitantes admitidas, según lo establecido en los artículos del 6 a 10 de la Orden 170/2021, de 29 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

3. La persona que ostente la presidencia de la comisión de selección efectuará la convocatoria para la sesión de constitución, una vez que la persona responsable de la dirección del centro docente le haya comunicado la designación de los representantes del claustro y del consejo escolar, así como el titular de la delegación provincial las personas que representarán a la administración educativa en dicha comisión.

4. La fecha límite para constituir las comisiones de selección, en los centros donde corresponda, será el 23/04/2026. En casos excepcionales, esta fecha podrá ampliarse con la autorización del Servicio de Inspección de Educación provincial correspondiente.

5. En la sesión de constitución, la persona que ostente la presidencia de la comisión de selección informará sobre las solicitudes admitidas formalmente para participar en el proceso de selección y sobre el procedimiento establecido para su valoración. De acuerdo con sus componentes, determinará el calendario de actuaciones.

6. Las funciones de secretaría de la comisión de selección las realizará una de las vocalías de la misma designada por la presidencia. La persona que se haga cargo de la secretaría levantará acta de la sesión y, al término de la misma, publicará los nombres de las candidaturas que van a participar en el proceso, junto con la convocatoria de la próxima sesión. A partir de este momento, la secretaría, por encargo de la persona que presida la comisión de selección, deberá enviar a los componentes de la comisión una copia del proyecto de dirección presentado por las personas aspirantes y custodiará debidamente, hasta el final del proceso, la documentación presentada por las mismas.

7. En todas sus actuaciones, la comisión de selección quedará válidamente constituida con la asistencia presencial o a distancia, de las personas que ostentan la presidencia, la secretaría y de la mitad, al menos, de sus miembros.

8. Las comisiones de selección utilizarán para la valoración de los proyectos de dirección los criterios establecidos en el anexo II de la presente resolución.

Séptima. Resolución del concurso de méritos.

El día 21/05/2026 será la fecha límite para que las comisiones de selección publiquen en el tablón de anuncios del centro una lista con las calificaciones provisionales obtenidas, detallando las puntuaciones de cada uno de los apartados del procedimiento. Dicha publicación servirá de notificación a las personas interesadas de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Estas personas podrán recibir un aviso de dicha publicación a través del correo electrónico facilitado en su solicitud, en los términos previstos en los apartados 1 y 6 del artículo 41 de la citada Ley.

Octava. Reclamaciones.

1. Una vez publicadas las calificaciones provisionales, las personas candidatas, en el plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a dicha publicación, podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas y subsanar, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos alegados.

2. Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo para presentarlas, se elevará a definitiva la calificación de las personas candidatas. La publicación en el tablón de anuncios del centro educativo de las calificaciones definitivas servirá de notificación a las personas interesadas de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Estas personas podrán recibir un aviso de dicha publicación a través del correo electrónico facilitado en su solicitud, en los términos previstos en los apartados 1 y 6 del artículo 41 de la citada Ley.

Novena. Propuesta de la persona responsable de la dirección.

1. En el plazo máximo de dos días hábiles, transcurrido el plazo de reclamaciones, la persona que presida la comisión de selección propondrá a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes el nombre de la persona seleccionada para ejercer la dirección del centro docente.

2. En su caso y en el mismo plazo, la persona que presida la comisión de selección comunicará asimismo a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes, la circunstancia de que ninguna de las personas aspirantes haya resultado seleccionada.

3. El proceso de selección debe estar concluido, en todos sus extremos, el 09/06/2026.

Décima. Nombramiento de las personas responsables de la dirección.

Las personas aspirantes que hayan superado el proceso de selección y sean propuestas por las comisiones de selección correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 89/2021, de 27 de julio, serán nombrados directoras o directores de los centros docentes respectivos, por la persona titular de la delegación provincial con competencias en materia de educación no universitaria, por un periodo de cuatro años y con efectos desde el 1 de julio del año de la convocatoria por la que fueron seleccionados. El día antes cesará en su cargo, a todos los efectos, la persona que venía ejerciendo la dirección.

Undécima. Formación durante el primer año.

Según establece el artículo 12 del Decreto 89/2021, de 27 de julio, durante el primer curso del ejercicio de la función directiva el objetivo será completar la formación de los responsables de la dirección, mediante la puesta en práctica de sus funciones y competencias. Asimismo, para el adecuado desarrollo de sus funciones, las personas responsables de la dirección contarán durante este periodo con el apoyo y asesoramiento específicos de la Inspección de Educación y la colaboración de los órganos pertinentes de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes.

Duodécima. Curso de actualización de competencias directivas.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha convocará un curso de perfeccionamiento y profundización en el ejercicio de la función directiva, con el fin de actualizar los conocimientos técnicos y profesionales necesarios para el desempeño de su cargo, según recoge el artículo 13 Decreto 89/2021, de 27 de julio.

Decimotercera. Recursos.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses, según disponen los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 30, 31, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 19 de noviembre de 2025

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes

AMADOR PASTOR NOHEDA

Anexo I

Provincia de Albacete

Colegios de infantil y primaria (CEIP y CRA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Albacete

02000878

CEIP Ana Soto

No

Albacete

02008816

CEIP Francisco Giner de los Ríos

No

Albacete

02000143

CEIP Reina Sofía

No

Albacete

02000167

CEIP San Fulgencio

No

Albacete

02000106

CEIP Severo Ochoa

Si

Albacete

02000180

CEIP Virgen de los Llanos

No

Albatana

02004537

CRA Laguna de Alboraj

Si

Almansa

02004033

CEIP Claudio Sánchez Albornoz

Si

Almansa

02001147

CEIP Duque de Alba

No

Almansa

02004653

CEIP Miguel Pinilla

Si

Alpera

02001214

CEIP Vera Cruz

No

Cenizate

02004631

CRA Pinares de la Manchuela

Si

Hellin

02001810

CEIP Isabel la Católica

No

Montealegre del Castillo

02002309

CEIP Virgen de Consolación

Si

Munera

02002334

CEIP Cervantes

Si

Robledo, El

02004574

CRA Sierra de Alcaraz

No

Salobral, El

02000994

CEIP Príncipe Felipe

Si

Valdeganga

02005219

CRA Nuestra Señora del Rosario

No

Villarrobledo

02008968

CEIP Barranco Cafetero

No

Villarrobledo

02003089

CEIP Jiménez de Córdoba

No

Villarrobledo

02003090

CEIP Virrey Morcillo

No

Yeste

02010021

CRA Entre Ríos

No

Institutos de Educación Secundaria (IES e IESO)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Albacete

02004240

IES Al-Basit

Si

Albacete

02004331

IES Bernardino del Campo

Si

Albacete

02000763

IES Parque Lineal

No

Alpera

02005104

IESO Pascual Serrano

Si

Balazote

02005116

IESO Vía Heraclea

No

Chinchilla de Monte-Aragón

02005207

IESO Cinxella

Si

Hellín

02001962

IES Melchor de Macanaz

No

Socovos

02005177

IESO Encomienda de Santiago

No

Escuelas oficiales de idiomas (EOI)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Almansa

02004343

EOI María Moliner

No

Hellín

02004355

EOI Conde de Floridablanca

No

Centro de educación de personas adultas (CEPA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Almansa

02003685

CEPA Castillo de Almansa

Si

Casas Ibáñez

02004781

CEPA La Manchuela

No

Hellín

02003697

CEPA López del Oro

No

Villarrobledo

02003880

CEPA Alonso Quijano

No

Conservatorios de música y danza

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Almansa

02004252

CPM Jerónimo Meseguer

No

Provincia de Ciudad Real

Colegios de infantil y primaria (CEIP y CRA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Albadalejo (Almedina/Santa Cruz Cáñamos)

13012192

CRA Orden de Santiago

No

Alcolea de Calatrava

13000293

CEIP Tomasa Gallardo

Si

Argamasilla de Alba

13000700

CEIP Divino Maestro

Si

Ballesteros de Calatrava

13000797

CEIP Jose María del Moral

No

Ciudad Real

13001169

CEIP Jorge Manrique

No

Ciudad Real

13004857

CEIP María Pacheco

No

Ciudad Real

13004651

CEIP Cristóbal Colón

No

Ciudad Real

13001091

CEIP Pérez Molina

No

Ciudad Real

13009466

CEIP Don Quijote

Si

Ciudad Real

13004444

CEIP Ferroviario

No

Corral de Calatrava

13001431

CEIP Nuestra Señora de la Paz

Si

Daimiel

13001480

CEIP Infante Don Felipe

No

Fuencaliente

13001625

CEIP Nuestra Señora de los Baños

Si

Manzanares

13003853

CEIP La Candelaria

No

Miguelturra

13012295

CEIP María Elena Maseras

Si

Moral de Calatrava

13004869

CEIP Manuel Clemente

No

Picón

13002204

CEIP Jose María del Moral

Si

Porzuna

13002320

CEIP Nuestra Señora del Rosario

Si

Puertollano

13004274

CEIP David Jiménez Avendaño

Si

Puertollano

13004407

CEIP Enrique Tierno Galván

Si

Puertollano

13002538

CEIP Miguel de Unamuno

Si

Puertollano

13002551

CEIP Gonzalo de Berceo

No

Retuerta del Bullaque (Molinillo/Navas)

13010791

CRA Montes de Toledo

No

San Lorenzo de Calatrava (El Hoyo/Huertezuelas/Solana del Pino)

13010781

CRA Sierra Morena

Si

Socuéllamos

13002885

CEIP El Coso

No

Tomelloso

13003087

CEIP Maternidad

No

Tomelloso

13003038

CEIP Miguel de Cervantes

Si

Tomelloso

13009478

CEIP Félix Grande

No

Torno, El

13002356

CEIP Nuestra Señora de Guadalupe

No

Torralba de Calatrava

13003142

CEIP Cristo del Consuelo

Si

Solana, La

13004833

CEIP El Humilladero

No

Valdepeñas

13004006

CEIP Maestro Juan Alcaide

No

Villamayor de Calatrava

13003403

CEIP Inocente Martín

No

Institutos de Educación Secundaria (IES e IESO)

Localidad

Código

Centro

Posible Renovación

Almadén

13000384

IES Mercurio

No

Ciudad Real

13004456

IES Torreón del Alcázar

No

Membrilla

13005291

IES Marmaria

No

Socuéllamos

13002903

IES Fernando de Mena

Si

Tomelloso

13004821

IES Airén

No

Valdepeñas

13003336

IES Gregorio Prieto

No

Villanueva de los Infantes

13004018

IES Ramón Giraldo

No

Centro de educación de personas adultas (CEPA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Almadén

13004298

CEPA

Si

Piedrabuena

13009582

CEPA Montes Norte

Si

Tomelloso

13004559

CEPA Simienza

No

Conservatorios de música y danza

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Campo de Criptana

13004717

CPM Alcázar de San Juan-Campo de Criptana

Si

Puertollano

13009545

CPD José Granero

No

Puertollano

13004353

CPM Pablo Sorozábal

Si

Provincia de Cuenca

Colegios de infantil y primaria (CEIP y CRA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Barajas de Melo

16004248

CRA Fermín Caballero

No

Cuenca

16000802

CEIP El Carmen

Si

Cuenca

16003487

CEIP Federico Muelas

Si

Cuenca

16000838

CEIP La Paz

No

Graja de Iniesta

16004595

CRA Camino Real de Levante

Si

Huete

16004571

CRA Campos de la Alcarria

No

Iniesta

16001405

CEIP María Jover

No

San Lorenzo de la Parrilla

16004455

CRA Gloria Fuertes

Si

Institutos de Educación Secundaria (IES e IESO)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Cañete

16004546

IESO 4 de Junio

Si

Cuenca

16000978

IES Lorenzo Hervás y Panduro

No

Huete

16004509

IESO Ciudad de Luna

No

Iniesta

16000899

IES Cañada de la Encina

No

Tarancón

16004534

IES La Hontanilla

Si

Escuelas de Arte (EA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Cuenca

16008667

EA Cruz Novillo

No

Cuenca

16010066

ESAD de C-LM

No

Provincia de Guadalajara

Colegios de infantil y primaria (CEIP y CRA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Atienza

19003486

CRA Serranía de Atienza

No

Alovera

19008034

CEIP Parque Vallejo

Si

Azuqueca de Henares

19000333

CEIP La Paz

Si

Azuqueca de Henares

19003863

CEIP Maestra Plácida Herranz

No

Cabanillas del Campo

19008216

CEIP La Senda

No

Casar, El

19009427

CEIP María Montessori

Si

Cifuentes

19000618

CEIP San Francisco

No

Cobeta

19009816

CRA Río Arandilla

No

Guadalajara

19002718

CEIP El Doncel

No

Guadalajara

19008058

CEIP Las Lomas

Si

Guadalajara

19008794

CEIP Parque de la Muñeca

Si

Guadalajara

19001052

CEIP Rufino Blanco

Si

Sigüenza

19002056

CEIP San Antonio de Portaceli

No

Torija

19002214

CEIP Virgen del Amparo

No

Institutos de Educación Secundaria (IES e IESO)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Brihuega

19003462

IESO Briocense

No

Cabanillas del Campo

19003981

IES Ana María Matute

No

Casar, El

19008204

IES Juan García Valdemora

Si

Chiloeches

19008782

IES Peñalba

Si

Cifuentes

19003401

IES Don Juan Manuel

No

Guadalajara

19002597

IES Antonio Buero Vallejo

Si

Guadalajara

19003139

IES Liceo Caracense

No

Jadraque

19003917

IES Valle del Henares

No

Marchamalo

19003553

IES Alejo Vera

No

Sacedón

19003841

IESO Mar de Castilla

Si

Sigüenza

19002071

IES Martín Vázquez de Arce

No

Yebes

19009828

IESO Aries XXI

No

Centro de educación de personas adultas (CEPA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Guadalajara

19002858

CEPA Río Sorbe

No

Provincia de Toledo

Colegios de infantil y primaria (CEIP y CRA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Alcabón

45000047

CEIP Ntra. Sra. de la Aurora

Si

Almonacid de Toledo

45000187

CEIP Virgen de la Oliva

Si

Bargas

45000308

CEIP Stmo. Cristo de la Sala

Si

Bargas

45011771

CEIP Pintor Tomás Camarero

No

Burujón

45000369

CEIP Juan XXIII

No

Camarena

45011975

CEIP Alonso Rodríguez

Si

Camuñas

45000485

CEIP Cardenal Cisneros

No

Carmena

45000503

CEIP Cristo de la Cueva

No

Casarrubios del Monte

45010375

CEIP Calypo

No

Corral de Almaguer

45000783

CEIP Ntra. Sra. de la Muela

No

Escalonilla

45000904

CEIP Sagrados Corazones

Si

Gamonal

45002962

CEIP Cristóbal López

Si

Magán

45001349

CEIP Santa Marina

No

Menasalbas

45001490

CEIP Ntra Sra de Fátima

No

Mora

45001672

CEIP Fernando Martín

No

Noblejas

45001908

CEIP Stmo. Cristo de las Injurias

Si

Numancia de la Sagra

45001970

CEIP Stmo. Cristo de la Misericordia

Si

Olías del Rey

45002044

CEIP Pedro Melendo García

Si

Olías del Rey

45014356

CEIP Margarita Salas

No

Polán

45002241

CEIP José María Corcuera

No

Puebla de Montalbán, La

45002330

CEIP Fernando de Rojas

No

Real de San Vicente, El

45014022

CRA Tierras de Viriato

Si

Recas

45002536

CEIP César Cabañas Caballero

Si

San Martín de Montalbán

45002652

CEIP Stmo. Cristo de la Luz

No

San Pablo de los Montes

45002676

CEIP Ntra. Sra. de Gracia

Si

Santa Cruz del Retamar

45002767

CEIP Ntra. Sra. de la Paz

Si

Santo Domingo-Caudilla

45004144

CEIP Santa Ana

No

Seseña

45011823

CEIP Juan Carlos I

No

Seseña Nuevo

45010363

CEIP Gloria Fuertes

Si

Sonseca

45002883

CEIP San Juan Evangelista

No

Talavera de la Reina

45003152

CEIP San Ildefonso

No

Toboso, El

45003371

CEIP Miguel de Cervantes

Si

Toledo

45005318

CEIP Ciudad de Aquisgrán

Si

Toledo

45005203

CEIP Escultor Alberto Sánchez

No

Toledo

45004971

CEIP Juan de Padilla

No

Toledo

45004892

CEIP San Lucas y María

No

Toledo

45010302

CEIP Valparaíso

No

Torrijos

45004053

CEIP Villa de Torrijos

Si

Totanés

45004107

CEIP Inmaculada Concepción

No

Ugena

45011847

CEIP Tres Torres

No

Ventas con Peña Aguilera, Las

45004181

CEIP Ntra. Sra. del Águila

Si

Villamiel de Toledo

45004326

CEIP Ntra. Sra. de la Redonda

No

Villasequilla

45004442

CEIP San Isidro Labrador

Si

Yuncler

45004582

CEIP Remigio Laín

No

Yuncos

45010511

CEIP Guillermo Plaza

Si

Yuncos

45004600

CEIP Ntra. Sra. del Consuelo

No

Centros de Educación Especial (CEE)

Localidad

Código

Centro

Posible Renovación

Talavera de la Reina

45005811

CEE Bios

No

Institutos de Educación Secundaria (IES e IESO)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Bargas

45005653

IES Julio Verne

No

Consuegra

45000734

IES Consaburum

No

Madridejos

45001337

IES Valdehierro

No

Mora

45006220

IES Peñas Negras

No

Navahermosa

45006207

IESO Manuel de Guzmán

Si

Navalmorales, Los

45005495

IES Los Navalmorales

No

Ocaña

45004685

IES Alonso de Ercilla

No

Ocaña

45004791

IES Miguel Hernández

No

Quintanar de la Orden

45002470

IES Infante don Fadrique

No

Seseña

45005677

IES Margarita Salas

Si

Seseña Nuevo

45006244

IES Las Salinas

Si

Talavera de la Reina

45004740

IES Gabriel Alonso de Herrera

Si

Toledo

45004752

IES Alfonso X El Sabio

Si

Toledo

45003863

IES El Greco

No

Toledo

45005240

IES Sefarad

No

Villacañas

45005321

IES Enrique de Arfe

No

Villafranca de los Caballeros

45006153

IESO La Falcata

Si

Yuncos

45014253

IESO El Melgar

No

Centro de educación de personas adultas (CEPA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Illescas

45005914

CEPA Pedro Gumiel

No

Escuelas de Arte (EA)

Localidad

Código

Centro

Posible renovación

Talavera de la Reina

45005057

EA Talavera

Si

Anexo II

Criterios de valoración del proyecto de dirección

Para la valoración del proyecto de dirección, con carácter general, se observarán los siguientes criterios:

1. Presentación y justificación del proyecto:

1.1. El marco institucional. Fundamentación normativa.

- Referencia adecuada a la normativa vigente.

1.2. Presentación de los integrantes del equipo directivo; breve descripción de la trayectoria profesional y formativa de la persona solicitante y del resto del profesorado que compondrá su equipo directivo:

- Adecuación de la trayectoria profesional para el desempeño del puesto del equipo directivo que ostentará.

- Adecuación de la formación adquirido para el desempeño del puesto del equipo directivo que ostentará.

2. Descripción del contexto general del centro:

- Adecuación a la organización interna del centro.

- Adecuación a las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación a la naturaleza e incidencia del entorno social, económico, cultural y laboral en el centro educativo.

3. Propuestas de actuación (objetivos y tareas) a desarrollar durante el ejercicio de la dirección en relación con los siguientes ámbitos:

3.1. La coordinación y participación de los órganos colegiados y de coordinación docente, el desarrollo de enfoques inclusivos en los procesos de enseñanza y aprendizaje.

- Coherencia con los documentos institucionales del centro.

- Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar la participación y el funcionamiento de los órganos colegiados y de coordinación docente.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la mejora del rendimiento académico del alumnado.

- Adecuación de las actuaciones y medidas de inclusión educativa dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y favorecer el progreso educativo de todo el alumnado.

- Adecuación las actuaciones y medidas propuestas para la prevención del absentismo escolar y del abandono escolar temprano.

3.2. La administración y gestión de la convivencia y la participación, promoviendo la mediación para la resolución de conflictos. Las medidas coeducativas; la promoción de la igualdad, la tolerancia y la diversidad; la prevención de los comportamientos discriminatorios y de la violencia de género entre el alumnado:

- Coherencia con los documentos institucionales del centro.

- Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la mejora de la convivencia y la participación en el centro.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la promoción de la mediación en la resolución de conflictos.

- Adecuación de las actuaciones y medidas coeducativas propuestas.

3.3. Las relaciones con el entorno, la colaboración con las familias, otras instituciones y organismos y la propia Administración educativa:

- Coherencia con los documentos institucionales del centro.

- Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar las relaciones, la implicación y el compromiso del alumnado.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar las relaciones, la implicación y el compromiso de las familias.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar las relaciones, la implicación y el compromiso de otras instituciones y organismos y de la propia Administración educativa.

3.4. La administración y gestión de los recursos a través de la organización y funcionamiento adecuado del centro:

- Coherencia con los documentos institucionales del centro.

- Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la mejora de la administración y gestión de los recursos materiales del centro.

- Adecuación de las actuaciones y/o medidas económicas propuestas para la mejora de la administración y gestión de los recursos humanos del centro.

3.5. El impulso de líneas prioritarias de formación e innovación educativa que mejoren la calidad y la eficacia del centro:

- Coherencia con los documentos institucionales del centro.

- Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación de las líneas prioritarias de formación a las necesidades detectadas en el centro y a las prioridades establecidas en el Proyecto Educativo.

- Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas de innovación educativa, tanto de tipo organizativo como didáctico.

4. El desarrollo de los procesos de evaluación interna y la evaluación del proyecto de dirección.

- Coherencia con los documentos institucionales del centro.

- Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.

- Adecuación de la planificación y la organización de la evaluación interna del centro, encaminada a la mejora en los ámbitos curricular y organizativo para optimizar la respuesta educativa del alumnado.

- Adecuación de los indicadores establecidos para la evaluación del logro de los objetivos planteados en el proyecto de dirección.

- Adecuación de la temporalización, de las actuaciones, de los responsables de la evaluación y de los recursos previstos en el proyecto de dirección.