AÑO XLV Núm. 19 29 de enero de 2026
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Acuerdo de 20/01/2026, del Consejo de Gobierno, por el que se crean un Centro de Educación Especial y el Instituto de Educación Secundaria Obligatoria número 4 en Illescas (Toledo). [2026/431]
El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, dispone en su artículo 37.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.
La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha, en su artículo 7, punto 1, dispone que se establece el servicio educativo público de Castilla-La Mancha para garantizar el acceso de todas las personas a una educación de calidad en condiciones de igualdad en las enseñanzas obligatorias y en las declaradas gratuitas. Asimismo, en el punto 4, recoge que es facultad del Consejo de Gobierno la programación general de la enseñanza, con la participación de los sectores afectados, y la aprobación de la oferta educativa, en el marco de lo establecido en el artículo 27 y en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. establece que “La creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias”.
El incremento demográfico y el aumento en la demanda de puestos escolares que se produce en determinadas localidades de la Región exigen, a fin de dar una respuesta adecuada a las nuevas necesidades, la creación de nuevos centros educativos.
La localidad de Illescas ha venido experimentando en los últimos años un incremento poblacional muy elevado que se ha traducido en un incremento sustancial del número de alumnos y alumnas a escolarizar.
El aumento de alumnado y por tanto de unidades ha repercutido en una sobreutilización de los espacios disponibles en los centros de Illescas, sobre todo en los institutos.
A la vista de esta situación, es evidente la necesidad de construcción o habilitación de nuevos espacios para poder solucionar el aumento de unidades y alumnado, sobre todo en la zona denominada El Señorío de Illescas.
El análisis de los datos de escolarización y la consecuente previsión de necesidades para el próximo curso académico obligan a la toma de decisiones relacionadas con la planificación educativa de los centros públicos, al objeto de conseguir un mejor y más eficaz aprovechamiento de los recursos disponibles.
Por otro lado, los alumnos/as que se escolarizan en la modalidad especial y que pertenecen a la zona de adscripción de Illescas lo hacen en el CEIP Clara Campoamor y en el CEIP El Greco (ambos de Illescas) y en el Centro de Educación Especial “Reino de Tule” de Esquivias.
A la vista de esta situación, es evidente la necesidad de dar una respuesta estructural a la creación de un centro de educación especial en la localidad de Illescas.
En virtud de lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, previa deliberación en su reunión del día 20 de enero de 2026, el Consejo de Gobierno acuerda:
Primero. Creación de centros docentes públicos.
Se crean los centros públicos siguientes:
1. Centro de Educación Especial en Illescas (Toledo) con código de centro 45014733.
2. Instituto de Educación Secundaria Obligatoria nº4 en Illescas (Toledo) con código de centro 45014745.
Segundo. Nombramiento de la persona responsable de la dirección del centro.
La persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo efectuará el nombramiento de la persona responsable de la dirección de los centros que se crean, de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Tercero. Constitución del Consejo Escolar.
La constitución del Consejo Escolar se realizará una vez se haya desarrollado el procedimiento de elección de representantes de los distintos sectores de la respectiva comunidad educativa, de acuerdo con la normativa vigente.
Cuarto. Facultades de ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación a adoptar cuantas medidas sean precisas para la ejecución de este acuerdo.
Quinto. Efectos.
Este acuerdo surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 20 de enero de 2026
El Secretario del Consejo de Gobierno
JOSÉ LUIS MARTÍNEZ GUIJARRO