AÑO XLV Núm. 84 6 de mayo de 2026
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam)
Resolución de 26/04/2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación, por la que se adjudican definitivamente puestos de trabajo de la Escala Técnica de Sanitarios Locales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, convocados para su provisión mediante concurso permanente por Orden de 26/09/2005, de la Consejería de Sanidad. [2026/3281]
Por Resolución de la Consejería de Sanidad de 15 de abril de 2026 se adjudicaron definitivamente los puestos de trabajo vacantes en 2025 correspondientes al concurso permanente de traslados de la escala técnica de sanitarios locales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En dicha resolución figuraba como adjudicatario D. Jesús Mora Peñuelas, el cual ejerció su derecho a integrarse en el régimen jurídico estatutario al amparo de lo prevenido en el Decreto 42/2005 (DOCM 86, 29/04/2005) con fecha de efectos 20/04/2026, fecha anterior a la publicación en el DOCM de la mencionada resolución de adjudicación definitiva.
La integración implica que el interesado nova su condición de funcionario por la de personal estatutario, ocurriendo lo mismo con la plaza que ocupa con destino definitivo, que automáticamente se suprime de la relación de puestos de funcionario y queda estatutarizada e integrada en la correspondiente plantilla de plazas de personal estatutario del Sescam.
Siendo requisito de participación en el mencionado concurso permanente ostentar la condición de funcionario de la escala técnica de sanitarios locales, la pérdida sobrevenida de dicho requisito de participación antes de la toma de posesión implica la imposibilidad de que esta pueda producirse.
De forma transversal también deviene en improcedente la adjudicación del puesto que inicialmente dejaba libre D. Jesús Mora Peñuelas y que en fase de resultas fue adjudicado a Dª Mª Ángeles Bachiller Arias.
La Base 8.3 de la Orden 26/09/2005 (DOCM 196, 30/09/2005) establece que los puestos no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que los hayan solicitado y tengan la puntuación mínima exigida, razón por la que la Comisión de Valoración, en su reunión de fecha 24 de abril de 2026, ha propuesto adjudicar nuevamente la plaza vacante afectada.
Por todo ello y de acuerdo con lo previsto en las bases segunda, quinta, octava y novena de la citada Orden de convocatoria y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 5 de la Orden 138/2019, de la Consejería de Sanidad, de delegación de competencias en los órganos directivos y de apoyo de la consejería y del régimen de sustitución de las personas titulares de las delegaciones provinciales y de las secretarías provinciales (D.O.C.M. nº 162, de 16 de agosto de 2019),
Dispongo:
Primero.
Modificar el anexo de adjudicación definitiva de puestos contenido en la Resolución de 15/04/2026, de la Consejería de Sanidad, por la que se adjudican definitivamente puestos de trabajo de la Escala Técnica de Sanitarios Locales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, convocados para su provisión mediante concurso permanente por Orden de 26 de septiembre de 2005, de la Consejería de Sanidad en los términos que se indican en el anexo a la presente.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos que han quedado vacantes y que igualmente se citan.
Tercero
1. La toma de posesión en el nuevo puesto será de tres días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
El cese en el puesto en el que cause baja se producirá el día anterior al correspondiente al de la toma de posesión.
Si el puesto al que se hubiera de acceder fuese de los adjudicados por la modalidad de resultas, el inicio del plazo de cese quedará en suspenso en tanto aquél no quede vacante de forma efectiva por el previo cese de la persona que lo viniere desempeñando con carácter definitivo.
2. La Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha u órgano correspondiente de la Administración donde preste sus servicios el personal funcionario podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta el plazo de un mes, a contar desde la notificación de esta Resolución, lo que comunicará a la persona interesada y al Organismo de destino.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos, licencias, vacaciones, situaciones de incapacidad temporal o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre quien, manteniendo la situación de servicio activo, vea impedida la prestación efectiva de sus servicios. Toda persona en la que concurra alguna de las circunstancias anteriores que haya resultado adjudicataria deberá ponerlo en conocimiento de la Dirección General de Recursos Humanos y las Gerencias de origen y destino.
No obstante lo anterior, el personal afectado por esas situaciones podrá tomar posesión en la fecha en la que así declare su voluntad de incorporación al puesto de trabajo adjudicado, aunque no exista una incorporación efectiva al mismo.
4. En el caso de que el puesto obtenido suponga cambio de localidad para el personal funcionario, éste, una vez efectuada la toma de posesión, tendrá derecho a cuatro días de permiso. A estos efectos no se considerará producido cambio de localidad cuando el puesto adjudicado se encuentre ubicado en la misma localidad que el puesto que viniese ocupando mediante adscripción provisional o comisión de servicios.
Cuarto.
1. Los traslados derivados de la presente resolución tendrán la consideración de voluntarios y no generarán derecho al abono de indemnización.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso, podrá optar por uno de los dos, debiendo comunicar por escrito en los tres días siguientes la opción realizada a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
Quinto.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, o aquel en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante, a su elección, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 26 de abril de 2026
El Consejero de Sanidad
Por delegación de competencias
(Orden de 138/2019, de 8 de agosto,
de la Consejería de Sanidad,
DOCM nº 162, de 16/08/2019)
El Director General de Recursos Humanos
y Transformación
ÍÑIGO CORTÁZAR NEIRA