AÑO XLV Núm. 102 1 de junio de 2026
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam)
Resolución de 22/05/2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación, por la que se convoca el procedimiento extraordinario para la selección de personal temporal en determinadas categorías profesionales y/o especialidades de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. [2026/4022]
La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en su artículo 33.1, dispone que la selección del personal estatutario temporal se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, procedimientos que se basarán en todo caso en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia, publicidad y celeridad y tendrán por finalidad la cobertura inmediata del puesto.
Asimismo, el Pacto sobre Selección del Personal Temporal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, que fue suscrito el día 3 de marzo de 2014 y publicado mediante la Resolución de 9 de abril de 2014, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral (DOCM núm. 82, de 2 de mayo de 2014), regula la provisión de plazas con carácter temporal en base a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y competencia, a través de la Constitución de la Bolsa de Trabajo, en concreto en la estipulación 7 prevé para determinadas categorías una convocatoria extraordinaria para la presentación de nuevas solicitudes, cuyo plazo de presentación será de 1 mes a contar desde el segundo día hábil del mes de junio de cada año. Y la Resolución de 1 de octubre de 2014, establece la convocatoria y el procedimiento de selección de personal temporal para la constitución de bolsas de trabajo del Sescam.
En su virtud y en el ejercicio de la competencia atribuida por el apartado sexto.6 de la Resolución de 20 de noviembre de 2023, de la Dirección-Gerencia, sobre delegación de competencias, el Director General de Recursos Humanos y Transformación ha resuelto efectuar la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:
Primera. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto convocar el procedimiento extraordinario de selección de personal temporal para nuevas solicitudes en las categorías profesionales y/o especialidades de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (en adelante, Sescam), siguientes:
a) Facultativo/a Especialista de Área.
b) Médico/a de Familia.
c) Pediatra de Atención Primaria.
d) Enfermero/a especialista en Enfermería obstétrico-ginecológica (matrona).
e) Enfermero/a especialista en Enfermería de Salud Mental.
f) Enfermero/a especialista en Enfermería Geriátrica.
g) Enfermero/a especialista en Enfermería del Trabajo.
h) Enfermero/a especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
i) Enfermero/a especialista en Enfermería Pediátrica.
Segunda. Solicitudes y documentación.
1. Las nuevas solicitudes se presentarán a través de la aplicación informática Selecta, a la que accederán desde la página web del Sescam a través de la siguiente dirección:
https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesional/bolsas-constituidas/selecta-bolsa-de-empleo-unica
2. También se podrá optar por presentar las solicitudes, según el modelo que figura en el anexo III A, B y C de la convocatoria de la bolsa de trabajo.
3. Las personas solicitantes deberán consignar en la solicitud los méritos académicos y profesionales que posean a fecha 31 de mayo de 2026, excepto los que ya figuren en la aplicación informática Selecta, siempre que los mismos sean valorables conforme al baremo de méritos previsto en el apartado 11 del Pacto sobre Selección del Personal Temporal del Sescam.
4. A los efectos de facilitar la cumplimentación de los méritos, se proporcionarán de oficio los siguientes:
a) Los servicios prestados en el Sescam.
b) Los cursos de formación registrados en el Sistema de Organización de la Formación del Sescam (Sofos).
c) La puntuación igual o superior a la mínima obtenida de la fase de oposición, en procesos selectivos convocados por el Sescam para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo sin haber obtenido plaza en la categoría profesional y, en su caso, especialidad a la que se presenta.
d) El grado de carrera profesional reconocido en el Sescam.
En todo caso, dichos méritos incorporados de oficio tienen carácter informativo, pudiendo la persona interesada en caso de disconformidad relacionar los datos considerados correctos que posteriormente serán validados por el servicio de personal de la gerencia preferente.
Los méritos debidamente acreditados se computarán hasta el día 31 de mayo de 2026.
Tercera. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
2. Las personas interesadas deberán cumplimentar una única solicitud, prevaleciendo, en el supuesto de que se presente más de una, la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro, siendo anuladas las restantes.
Cuarta. Baremación. Valoración de méritos.
1. La comprobación del autobaremo y la valoración de los méritos aportados por las personas interesadas, que determinará el orden de prelación en las listas de las categorías profesionales y/o especialidades que figuran en la base primera, se efectuará por el servicio de personal de la Gerencia preferente, mediante la aplicación de los baremos correspondientes que figuran en el anexo II de la convocatoria de la bolsa de trabajo.
2. Cuando la agilidad en el proceso lo requiera, en una primera fase se comprobará y validará la autobaremación de un número de aspirantes como mínimo de 300% del número de integrantes de la Bolsa de Trabajo contratados en el año anterior. El porcentaje concreto se aprobará por la Comisión Central de Seguimiento.
3. En ningún caso se contratará a una persona solicitante a la que no se le haya comprobado y validado la autobaremación.
Quinta. Resolución.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y efectuada la baremación correspondiente, la persona titular de la gerencia preferente, dictará y publicará la resolución aprobando la relación provisional de personas aspirantes de la Bolsa de Trabajo, con expresión por cada gerencia de la puntuación provisional otorgada a cada persona aspirante, así como los excluidos indicando la causa o motivo.
La resolución se publicará en la página web del Sescam en la siguiente dirección:
https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesional/bolsas-constituidas
Y en el Tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el enlace: https://www.jccm.es/servicios/tablon-de-anuncios
2. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la relación provisional del apartado 1, para reclamar los posibles errores cometidos en las puntuaciones.
3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y resueltas por la Comisión de seguimiento de la gerencia preferente las alegaciones presentadas, la persona titular de la gerencia dictará la resolución definitiva de la bolsa de Trabajo, con expresión de la puntuación otorgada.
Cuando la agilidad del proceso haya requerido la aplicación de lo establecido en la base cuarta, la puntuación otorgada a las personas aspirantes a las cuales no se les ha comprobado la autobaremación, será provisional en tanto en cuanto se vaya comprobando su autobaremación y se proceda conforme a lo regulado anteriormente.
La resolución definitiva se publicará en la página web del Sescam
https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesional/bolsas-constituidas
y en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/servicios/tablon-de-anuncios).
Asimismo, se efectuará un anuncio de dicha publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Sexta. Recursos.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Toledo, Sección de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2.a), 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Igualmente, y de forma potestativa, podrá interponerse recurso de reposición previo ante la persona titular de la Dirección-Gerencia del Sescam, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En el caso de ser presentado recurso de reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente, o pueda entenderse desestimado por el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución del mismo.
Séptima. Efectos.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 22 de mayo de 2026
El Director General de Recursos Humanos
y Transformación
(Apartado sexto.6 de la Resolución de 20/11/2023,
de la Dirección-Gerencia,
sobre delegación de competencias,
DOCM núm. 233, de 05/12/2023)
ÍÑIGO CORTÁZAR NEIRA