AÑO XLV Núm. 113 17 de junio de 2026
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Consejería de Bienestar Social
Resolución de 11/06/2026, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se da publicidad a la adjudicación definitiva de destinos del concurso singularizado de méritos (CSM BS 1/2026) convocado por Resolución de 10/02/2026 para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [2026/4576]
Efectuada la valoración y establecida la puntuación definitiva de cada uno de los participantes, de conformidad con lo establecido en la base décima de la Resolución de 10 de febrero de 2026 (DOCM núm. 32 de 17/02/2026, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se publicó la convocatoria del concurso singularizado de méritos (CSM BS 1/2026) para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se relacionaban en el anexo I a la misma y vista la propuesta de adjudicación elevada por la Comisión de Valoración, he dispuesto:
Primero. - Adjudicar destino definitivo al personal funcionario que se relaciona en el anexo de esta Resolución, en los puestos que asimismo se especifican, con expresión de la puntuación atribuida según el baremo de méritos establecido en la base cuarta de la convocatoria, y ordenar su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Segundo. - Tomas de posesión y plazos.
1.- La toma de posesión del puesto adjudicado deberá realizarse al día siguiente al del cese en el puesto anterior. Dicho cese deberá producirse al día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
2.- No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el personal funcionario de carrera que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
3.- El plazo de toma de posesión para quienes reingresen al servicio activo será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
4.- La Secretaría General de la Consejería u órgano correspondiente del organismo autónomo donde preste servicios quien obtenga nuevo destino, podrá diferir su cese, por necesidades del servicio, hasta el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta resolución, lo que comunicará a la persona interesada, a la Consejería de destino y a la Dirección General de la Función Pública.
Tercero. - Los destinos adjudicados serán irrenunciables. Quienes no tomen posesión de un puesto de trabajo dentro de los plazos anteriormente establecidos, salvo que concurra alguna de las circunstancias previstas en el punto 6 de la base tercera de la resolución de la convocatoria o se deba a fuerza mayor, serán declarados decaídos en los derechos que les pudieran corresponder, y, además, en el supuesto de que sea personal funcionario de cuerpos de esta Administración Regional serán declarados de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Sin perjuicio de lo anterior, y con efectos meramente informativos, también se ordena publicar en el Portal del Empleado Público dicho resultado de la adjudicación definitiva, en los términos previstos en la base décima de la Resolución de la convocatoria.
Cuarto. - Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación, según se dispone en los artículos 8.2.a), 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante la persona titular de la Consejería de Bienestar Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de ser presentado recurso de reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente, o pueda entenderse desestimado por el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución del mismo.
Quinto. - La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 11 de junio de 2026
La Consejera de Bienestar Social
P.D. (apartado primero, d)
de la Resolución de 13/10/2025
DOCM núm. 204 de 22/10/2025)
La Secretaria General
NATIVIDAD ZAMBUDIO ROSA