AÑO XLV Núm. 115 19 de junio de 2026
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Resolución de 12/06/2026, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Escala Superior de Letrados. [2026/4606]
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo y de conformidad con lo dispuesto en la Base Sexta de la Resolución de 30/04/2026 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Escala Superior de Letrados. (DOCM n.º 87 de 11 de mayo), esta Dirección General ha resuelto:
Primero. - Aprobar la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas para participar en el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Escala Superior de Letrados.
Segundo. - Publicar en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la lista provisional de personas aspirantes admitidas del citado proceso selectivo, en los términos que figuran en el anexo I de esta resolución.
Tercero. - Publicar en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la lista provisional de personas aspirantes excluidas del citado proceso selectivo, en los términos que figuran en el anexo II de esta resolución, con expresión de las causas de exclusión.
Cuarto. - Publicar en el Portal de Empleo Público de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: https://empleopublico2024.cm.jccm.es/ la lista provisional de personas aspirantes excluidas y admitidas, con expresión, en su caso, de las causas de exclusión.
También podrá recabarse información en los siguientes teléfonos: 012 si se llama desde alguna localidad de Castilla-La Mancha o bien marcando el teléfono 925274552 para todo el territorio español; esta información tendrá un valor orientativo y no será vinculante para la administración de la Junta ni generará derechos para sus destinatarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán, no sólo que no se encuentran en la relación de personas excluidas sino, además, que sus nombres figuran en la relación de personas admitidas.
Quinto. - Tanto las personas aspirantes excluidas provisionalmente como las omitidas -por no figurar en la lista de personas admitidas ni en la de excluidas-, disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la lista de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
Las subsanaciones a las que hace referencia el apartado anterior se deberán presentar exclusivamente mediante registro electrónico, cumplimentando un impreso de subsanación que estará disponible en el Portal de Empleo Público de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través del enlace https://procesosselectivos.jccm.es/, al que se accederá introduciendo el usuario y contraseña que utilizó para su registro en la aplicación y posterior obtención de la solicitud de participación.
Una vez completado el impreso de subsanación, se adjuntará, en su caso, la documentación justificativa en la plataforma y se deberán seguir las instrucciones que la propia aplicación indique para proceder a su presentación y registro electrónico. Finalizado el proceso, se generará un documento de subsanación que servirá a todos los efectos como justificante de su presentación.
Sexto. - Concluido el plazo antes señalado, y con las modificaciones que resulten de las correspondientes alegaciones presentadas durante el periodo de subsanación, se publicará la resolución y se expondrá la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en los mismos lugares que se indican en los apartados segundo, tercero y cuarto de esta resolución.
Toledo, 12 de junio de 2026
El Director General de la Función Pública
P.D. del Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas
y Transformación Digital
(Resolución de 15/09/2015,
DOCM núm. 183 de 17/09/2015)
JOSÉ NARVÁEZ VILA