AÑO XLV Núm. 132 14 de julio de 2026


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Desarrollo Sostenible

Notificación de 01/07/2026, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Albacete, en procedimiento de expropiación forzosa, por la que se comunica el levantamiento de actas previas a la ocupación a los titulares de las fincas afectadas por la construcción de la instalación eléctrica prevista en el proyecto denominado: Renovación completa LAT a CT Casa del Puente y OCR en apoyo 5 en Villarrobledo, emplazada en el término municipal de Villarrobledo. Referencia: 02211003535. [2026/5268]

Con fecha 12 de junio de 2026, la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Albacete, adoptó Resolución por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la ocupación a los titulares de determinadas fincas afectadas por la construcción de la referida instalación eléctrica, a instancia de I-de Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., la cual asume la condición de entidad beneficiaria en el expediente expropiatorio.

En el citado expediente constan titulares de derechos afectados (Anexo), cuya notificación no se ha podido practicar, por lo que, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a realizar el potestativo anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, así como el pertinente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, advirtiendo que, una vez realizada la publicación, se les tendrá por notificados a todos los efectos.

El levantamiento de actas tendrá lugar los días miércoles 23 de septiembre, jueves 24 de septiembre y martes 29 de septiembre de 2026, en el Ayuntamiento de Villarrobledo, a partir de las 09:00 horas.

Los interesados deberán asistir, por sí mismos o representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando el documento nacional de identidad, así como la escritura de constitución y el poder de representación, en el caso de las personas jurídicas. Así mismo, se deberá hacer entrega de los documentos acreditativos de titularidad de las parcelas, y de un número de cuenta, donde poder abonar la indemnización correspondiente, en el caso de llegar a un acuerdo en cuanto a su determinación, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y/o Notario, si lo estiman oportuno y, en todo caso, del arrendatario, si lo hubiera.

Albacete, 1 de julio de 2026

La Delegada Provincial

MARÍA LLANOS VALERO HERNÁNDEZ