AÑO XLV Núm. 132 14 de julio de 2026
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
SITUACIONES E INCIDENCIAS
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Resolución de 07/07/2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que concreta la regulación de los días de libre disposición del personal funcionario docente no universitario, en virtud de las medidas complementarias al II Plan Concilia, establecidas para el sector educativo. [2026/5281]
El II Plan para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y de los empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, (aprobado mediante Resolución de 19/06/2018, DOCM nº 121, de 21/06/2018), establece en su apartado 1.1.2. que las especificaciones relativas a la aplicación de medidas contenidas en dicho Plan (…) se negociarán en sus respectivos ámbitos sectoriales.
En el desarrollo de dicho Plan, se han aprobado distintas resoluciones que han regulado, tanto el número de días de libre disposición a disfrutar por el personal funcionario docente, como las condiciones de petición de los mismos. En la actualidad está vigente la Resolución de 18/07/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, (DOCM nº 143, de 25/07/2024).
Con posterioridad a las mencionadas resoluciones, y mediante la Resolución de 23/06/2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dispone la publicación del acuerdo entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y las organizaciones sindicales con representación en la mesa sectorial de educación sobre el segundo bloque del acuerdo sobre mejora del sistema educativo y las condiciones laborales del personal funcionario docente no universitario de Castilla-La Mancha (DOCM num. 124 de 1 de julio de 2025), se alcanza un acuerdo entre las centrales sindicales ANPE sindicato independiente, UGT Servicios Públicos CLM y La Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha y la administración, para seguir avanzando en derechos que mejoren las condiciones laborales del personal docente no universitario de Castilla-La Mancha para los próximos cursos.
Por todo lo que antecede, previa negociación en mesa sectorial, esta Dirección General de Recursos Humanos, en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 6.1 del Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelve:
Primero. Reconocimiento general de los días de libre disposición.
1. Con carácter general, por cada curso escolar, y con independencia de su porcentaje de jornada, el personal funcionario docente podrá disponer de tres días de libre disposición a lo largo del curso escolar, sin necesidad de justificación.
2. El disfrute de estos tres días queda ordenado de la siguiente manera:
a) Un día de libre disposición se disfrutará obligatoriamente en periodos no lectivos. A estos efectos, se considerarán periodos no lectivos aquellos en los que el alumnado aún no está presente en el centro: desde el 1 de septiembre hasta el inicio del periodo lectivo con atención directa al alumnado; y desde el fin de dicho periodo lectivo hasta el 30 de junio del correspondiente curso.
b) Los dos días de libre disposición restantes podrán disfrutarse a lo largo del curso escolar, en periodo lectivo o no lectivo.
Segundo. Día adicional por razón de edad o antigüedad
El personal funcionario mayor de 55 años, así como aquel que acredite más de 18 años de servicio efectivo como funcionario docente en el ámbito no universitario, tendrá derecho a disfrutar de un día adicional de libre disposición sin necesidad de justificación. La solicitud de este día podrá realizarse una vez generado el derecho al mismo.
Tercero. Efectos.
Esta resolución será de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2026.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 7 de julio de 2026
El Director General de Recursos Humanos
JOSÉ MANUEL ALMEIDA GORDILLO