AÑO XLV Núm. 135 17 de julio de 2026
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Resolución de 09/07/2026, de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se abre un nuevo plazo extraordinario de presentación de solicitudes de las ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para la asistencia a la Feria Agroalimentaria Fruit Attraction 2026, en el marco de la convocatoria realizada mediante la Resolución de 07/04/2026. Extracto BDNS (Identif.): 897235. [2026/5473]
Extracto de la Resolución de 09/07/2026, por la que se abre un nuevo plazo extraordinario de presentación de solicitudes de las ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction 2026, en el marco de la convocatoria realizada mediante la Resolución de 07/04/2026.
BDNS(Identif.): 897235
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897235)
Único. Plazo extraordinario
Se establece un nuevo plazo extraordinario de 7 días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto y de la resolución a la que acompaña en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, para presentar solicitudes de ayuda en especie para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction 2026, en el marco de la convocatoria realizada mediante la Resolución de 07/04/2026 de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se convocan las ayudas en especie para la asistencia a la citada feria.
Toledo, 9 de julio de 2026
La Directora General
de Producción Agroalimentaria y Cooperativas
ELENA ESCOBAR SÁNCHEZ
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 9 DE JULIO DE 2026
Por Resolución de 07/04/2026, de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas se convocaron, en régimen de minimis, ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contrata la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction 2026. Extracto BDNS (Identif.): 897235.
El apartado séptimo, punto 2 de la citada convocatoria fija un plazo de presentación de solicitudes de 20 días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOCM del extracto y su convocatoria, y el apartado quinto, punto 2 establece que el número máximo de espacios en los que se divide la zona agrupada del stand institucional será de 25.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se recibieron 12 solicitudes de empresas, de las que 8 solicitaron participar con la modalidad de espacio simple (12 m²) y 4 solicitaron participar con modalidad de espacio doble (24 m²), habiendo un total de 16 espacios solicitados, por lo que quedan espacios libres.
Por otro lado, el apartado noveno indica que, si finalizado el plazo de presentación de solicitudes o el de aceptación expresa de la propuesta de resolución definitiva, no se dispusiera de un número de solicitantes suficientes para cubrir los espacios ofertados de la feria, se podrá abrir un nuevo plazo extraordinario.
De conformidad con el apartado quinto punto 4 de la citada resolución de convocatoria, el importe de la subvención correspondiente a cada persona beneficiaria se obtendrá del resultado de dividir el importe de adjudicación del diseño, construcción, montaje, desmontaje y servicios del stand institucional de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en la feria “Fruit Attraction 2026” entre los metros cuadrados del stand institucional, obteniéndose el importe por metro cuadrado, de tal forma que la subvención sea directamente proporcional a la superficie final aprobada a cada persona beneficiaria.
Teniendo en cuenta que para poder participar en la feria hay que realizar un alquiler del espacio para la instalación del stand agrupado, con el fin de realizar una mejor gestión de los fondos públicos, se considera necesario cubrir las 9 plazas para las que no existen solicitudes, dentro del stand contratado por la Consejería.
En virtud de lo expuesto, queda justificado abrir, mediante esta resolución, un nuevo plazo extraordinario de presentación de solicitudes de las ayudas en especie para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction 2026, en el marco de la convocatoria realizada mediante la citada Resolución de 07/04/2026, aplicándose por tanto para la resolución de las solicitudes los requisitos, el procedimiento y obligaciones establecidos en la misma.
En consecuencia, resuelvo:
1. Establecer un nuevo plazo extraordinario de presentación de solicitudes de ayuda en especie para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction 2026, en el marco de la convocatoria realizada mediante la Resolución de 07/04/2026 de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se convocan, en régimen de minimis, ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para la asistencia a la feria agroalimentaria Fruit Attraction 2026.
2. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 7 días desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución y su extracto en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
3. Las solicitudes serán cumplimentadas según el modelo del Anexo I de la Resolución de 07/04/2026 de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas.
4. Las solicitudes de ayuda estarán dirigidas a la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas y podrán ser presentadas del siguiente modo:
a) Las persona físicas, en el Registro de los Servicios Centrales, las Delegaciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y opcionalmente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), en este caso, la persona solicitante o la que lo represente deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. (https://notifica.jccm.es/notifica/).
b) Las personas jurídicas y demás sujetos contemplados en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2012, de 1 de octubre, obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). A tal efecto, el beneficiario/a o a la persona que lo represente deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. (https://notifica.jccm.es/notifica/).
5. Las solicitudes serán resueltas conforme a los requisitos y procedimiento dispuesto en la citada Resolución de 07/04/2026 de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que representen a las anteriores), a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
6. Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 9 de julio de 2026
La Directora General
de Producción Agroalimentaria y Cooperativas
ELENA ESCOBAR SÁNCHEZ