AÑO XLV Núm. 149 6 de agosto de 2026


V.- ANUNCIOS

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamiento de Cuenca

Anuncio de 28/07/2026, del Ayuntamiento de Cuenca, sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público, específica de policía local, del Servicio de Policía Local, de las plazas que a continuación se reseñan para el año 2026. [2026/5804]

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de Julio de 2026, se aprueba la Oferta de Empleo público específica del Servicio de Policía Local para el año 2026.

Oferta de Empleo Público específica policía local ejercicio 2026

Ayuntamiento de Cuenca

Turno libre

Funcionarios

Grupo

Subgrupo

Escala

N.º de plazas

Denominación

Sistema de selección

C

C1

AE

2

Policía local

Oposición

Promoción interna

Funcionarios

Grupo

Subgrupo

Escala

N.º de plazas

Denominación

Sistema de selección

A

A2

AE

1

Subinspector de policía

Concurso oposición

C

C1

AE

2

Oficial de policía

Concurso oposición

C

C1

AE

2

Policía local

Concurso oposición

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cuenca, 28 de julio de 2026

El Alcalde

DARÍO DOLZ FERNÁNDEZ