AÑO XLV Núm. 185 25 de septiembre de 2026


III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Universidad de Castilla-La Mancha

Extracto de la Resolución de 21/09/2026, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el curso 2026/2027 de ayudas para estudiantes en situaciones especiales. Curso 2026-2027. BDNS (Identif.): 930858. [2026/6914]

BDNS (Identif.): 930858

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/930858)

Primero. Beneficiarios/as.

Podrán solicitar esta ayuda quienes formalicen la matrícula de Grado en el curso académico 2026/2027 en la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) y que cumplan los siguientes requisitos:

a) No estar en posesión de un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio ni reunir los requisitos legales para su expedición.

b) Que se haya producido una situación de dificultad económica, debidamente acreditada, que impida o dificulte la continuación de los estudios.

c) Con excepción de quienes se matriculen por primera vez en estudios universitarios, las personas solicitantes deberán haber superado en el curso 2025/2026 al menos el 50 % de los créditos en que se hubiesen matriculado, excepto las enseñanzas técnicas y de ciencias que será de un 40%, salvo situaciones excepcionales acreditadas documentalmente y apreciadas por la Comisión de Valoración.

d) No disponer de una renta o recursos que permitan hacer frente a los gastos ocasionados para la realización de los estudios. A estos efectos no podrán beneficiarse de estas ayudas las personas solicitantes cuya renta familiar o patrimonio supere el umbral dos de renta y los umbrales de patrimonio familiar que se recogen en el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, y se modifica el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

e) Obtener la puntuación mínima en cualquiera de los apartados que establezca la Comisión de Valoración para la percepción de la ayuda.

f) En el caso de tratarse de estudiantes independientes económicamente, estar al corriente de las obligaciones tributarias, salvo las que sean objeto de financiación de esta convocatoria. Para estudiantes que no tengan independencia económica, la existencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar.

g) No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiarios del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y del artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

h) No podrán solicitar esta ayuda aquellas personas matriculadas en otras universidades y que realicen estancias temporales en la Universidad de Castilla-La Mancha, en virtud de programas nacionales o internacionales de movilidad.

i) Para el cálculo de la renta y del patrimonio de la unidad familiar, se tendrán en cuenta únicamente los ingresos generados y los bienes radicados en territorio nacional.

Segundo. Objeto.

Se dotan fondos económicos para contribuir a paliar las dificultades económicas sobrevenidas en el año 2026 o que perduren en el tiempo que impidan la continuación de sus estudios oficiales de Grado a estudiantes de la UCLM.

Se entenderá que existe dificultad económica sobrevenida cuando se produzca alguna de las circunstancias detalladas a continuación durante 2026:

a) Jubilación forzosa antes de cumplir la edad reglamentaria, incapacidad laboral permanente o fallecimiento de la persona sustentadora principal de la familia.

b) Desempleo o expediente de regulación de empleo de la persona sustentadora principal de la familia.

c) Enfermedad o accidente grave de algún miembro de la unidad familiar.

d) Cualquier otra circunstancia no contemplada anteriormente y que, a juicio del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, previa propuesta motivada de la Comisión de Valoración constituya una situación de urgente necesidad.

Se entenderá que la situación de dificultad económica perdura en el tiempo cuando sea anterior a 2026 y no revista mejoría en el presente curso académico.

Estas ayudas irán destinadas a subvencionar los gastos derivados de la realización de estudios oficiales de Grado en la UCLM asumidos por los estudiantes y las estudiantes o sus familias, debiendo cumplirse en todo caso lo indicado en el punto 6 de las bases del texto íntegro de la convocatoria en cuanto a compatibilidades y límites máximos que subvencionar.

Tercero. Bases reguladoras.

Bases reguladoras que forman parte del texto íntegro de la convocatoria.

Cuarto. Cuantía de las ayudas.

El presupuesto de esta convocatoria asciende a 250.000 euros. Dicho importe podrá ser incrementado, bien con los créditos habilitados en función de otros ingresos finalistas de los que se pueda disponer y que estén destinados a financiar ayudas a estudiantes, bien con cualesquiera otras partidas procedentes del presupuesto de otros órganos de gobierno que decidan colaborar con la presente convocatoria.

La cuantía de las ayudas no podrá superar por todos los conceptos de gasto el importe de 2.500 € por estudiante.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán a través de la web de la UCLM en https://becas.apps.uclm.es/ desde el 22 de septiembre al 30 de octubre de 2026.

Sexto. Otros datos.

Junto con la solicitud se aportará la documentación que se detalla en el punto 8 del texto íntegro de la convocatoria.

Ciudad Real, 21 de septiembre de 2026

El Rector

P.D. La Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad

de la Universidad de Castilla-La Mancha

(Resolución de 13/01/2025,

DOCM de 15/01/2025 y 24/01/2025)

AMAYA ROMERO IZQUIERDO