AÑO XLV Núm. 204 23 de octubre de 2026
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Economía, Empresas y Empleo
Resolución de 15/10/2026, de la Dirección General de Empleo, de redistribución de los créditos y anualidades a la medida 2: Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad del Decreto 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 45/2025, de 1 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 891416. [2026/7603]
Primero: Con fecha 11 de marzo de 2026, se publicó en el Diario Oficial de Castilla La Mancha núm.48, el Decreto 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 45/2025, de 1 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, que tiene por objeto en la medida 2 las ayudas de coste salarial de las personas con discapacidad.
Segundo: En la disposición adicional segunda se establecen el crédito disponible en el ejercicio 2026 para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión de las subvenciones de la medida 2, subvención del coste salarial de las personas con discapacidad: Para la línea 3, por los servicios de coste salarial de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo de iniciativa social y para la línea 4, por los servicios por los servicios de coste salarial de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo que no son de iniciativa social.
En dicha disposición adicional segunda, punto 1, se determina que el Crédito disponible en el ejercicio 2026 para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las dos convocatorias de la medida 2, correspondiente al coste salarial de las personas con discapacidad, del siguiente modo:
“1. El crédito presupuestario disponible para las convocatorias del ejercicio 2026 asciende a 29.000.000 euros, financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo el artículo 62 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.”
Posteriormente, la medida 2, tanto la línea 3 y la línea 4 se incrementaron mediante Resolución del 31/07/2026, de la Dirección General de Empleo, por la que se aprueba la ampliación de crédito del Decreto 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 45/2025, de 1 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, por un importe adicional en 2.059.998,65 euros, lo que suponía un total de 13.559.998,65 € del crédito de la convocatoria con el siguiente detalle para el segundo semestre de la medida 2, línea 3 y línea 4.
Tercero: La convocatoria de 2026 de la medida 2 del coste salarial de las personas con discapacidad del primer semestre ya ha quedado resuelta en su totalidad.
Cuarto: El Decreto 45/2025, de 1 de julio, establece para la Medida 2 subvención del coste salarial de las personas con discapacidad, el artículo 7 en su apartado 5 y 6 que:
“5. Para la medida 2 se llevarán a efecto dos convocatorias para cada línea dentro de cada ejercicio por lo que, si una vez resuelta la primera convocatoria de cada una de las líneas no se hubiera agotado el importe máximo destinado a ella, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a la segunda convocatoria de la línea correspondiente.
6. El crédito presupuestario no utilizado finalmente en cada línea podrá destinarse a la otra línea de esta misma medida y, asimismo, el remanente de crédito de esta medida podrá destinarse a otra, previa publicación, en ambos casos, de los importes definitivos por línea en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.”
Resuelvo
Trasladar el crédito sobrante del primer semestre una vez que ya han sido resueltas todas las solicitudes. Por un importe de 2.734.773,98 € de la medida 2: coste salarial, el sobrante de cada línea del primer semestre pase al segundo semestre de su línea correspondiente:
- Línea 3 primer semestre del sobrante total de 1.883.882,26 € traspasar a la línea 3 de su segundo semestre por un total de 34.149,82€.
- Línea 4 primer semestre el total sobrante de 850.891,72 €, traspasar a la línea 4 de su segundo semestre por un total de 850.891,72 €.
Destinar mediante el traspaso de la medida 2: coste salarial de la línea 3 del resto del saldo sobrante del primer semestre de 1.849.732,44 € a la línea 4 de su segundo semestre.
Por tanto, la medida 2 del coste salarial de la convocatoria 2026 del segundo semestre queda incrementada por un total de 2.734.773,98 €, para la línea 3 por 34.149,82€ y en la línea 4 por 2.700.624,16 €, de las ayudas recogidas en el Decreto 6/2026, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 45/2025, de 1 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha y se establece el crédito disponible para el ejercicio 2026, de acuerdo a la siguiente distribución:
Medida 2: línea 3 referida al coste salarial de las personas con discapacidad que prestan servicios en centros especiales de empleo de iniciativa social para el segundo semestre su crédito queda fijado por anualidades:
| Partida presupuestaria |
Anualidad 2026 |
Anualidad 2027 |
Importe crédito total |
| G/322B/4761P |
6.820.904,87 € |
2.923.244,95 € |
9.744.149,82 € |
| G/322B/4861P |
1.253.000 € |
537.000 € |
1.790.000,00 € |
| Total general |
8.073.904,87 € |
3.460.244,95 € |
11.534.149,82 € |
Medida 2: línea 4 referida al coste salarial de las personas con discapacidad que prestan servicios en centros especiales de empleo que no son de iniciativa socia para el segundo semestre su crédito queda fijado por anualidades:
| Partida presupuestaria |
Anualidad 2026 |
Anualidad 2027 |
Crédito total |
| G/322B/4661P |
66.360,00 € |
28.440,00 € |
94.800,00 € |
| G/322B/4761P |
2.981.175,96 € |
1.277.646,85 € |
4.258.822,81 € |
| G/322B/4861P |
284.900,00€ |
122.100,00 € |
407.000,00 € |
| Total general |
3.332.435,96 € |
1.428.186,85 € |
4.760.622,81 € |
Toledo, 15 de octubre de 2026
La Directora General de Empleo
MARÍA ELENA GARCÍA ZALVE