AÑO XLV Núm. 205 26 de octubre de 2026
II.- AUTORIDADES Y PERSONAL
OPOSICIONES Y CONCURSOS
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam)
Resolución de 19/10/2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la adjudicación definitiva de destino del concurso singularizado de méritos (CSM Sescam 1/2026) convocado por Resolución de 23/06/2026 para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [2026/7622]
Efectuada la valoración y establecida la puntuación definitiva de la persona participante, de conformidad con lo establecido en la base décima de la Resolución de 23/06/2026, de la Secretaría General, por la que se convoca concurso singularizado de méritos (CSM Sescam 1/2026) para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 126, de 6 de julio), y vista la propuesta de adjudicación elevada por la Comisión de Valoración, esta Secretaría General ha dispuesto:
Primero. Adjudicar destino definitivo al personal empleado público que se relaciona en el anexo de esta Resolución, en el puesto que asimismo se especifica, con expresión de la puntuación atribuida según el baremo de méritos establecido en la base cuarta de la convocatoria.
Segundo. Toma de posesión y plazos.
1. La toma de posesión del puesto adjudicado deberá realizarse el día siguiente al del cese en el puesto anterior. Dicho cese deberá producirse el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el personal funcionario de carrera que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
2. El plazo de toma de posesión para quienes reingresen al servicio activo será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
3. La Secretaría General de la Consejería u órgano correspondiente del Organismo Autónomo donde preste servicios quien obtenga nuevo destino, podrá diferir su cese, por necesidades del servicio, hasta el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta resolución, lo que comunicará a la persona interesada, a la Consejería de destino y al órgano convocante de este concurso.
Tercero. El destino adjudicado será irrenunciable. El personal funcionario adjudicatario que no tome posesión del puesto de trabajo dentro de los plazos anteriormente establecidos, salvo que concurra alguna de las circunstancias previstas en la base tercera de la resolución de convocatoria o se deba a fuerza mayor, será declarado decaído en los derechos que le pudieran corresponder y, además, en el supuesto de que sea personal funcionario de cuerpos de esta Administración Regional será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Cuarto. A efectos informativos se ordena publicar en el Portal del Empleado/a el resultado de la adjudicación definitiva, en los términos previstos en la base décima de la Resolución de convocatoria.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Toledo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, según se dispone en los artículos 8.2.a), 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, y de forma potestativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección-Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de ser presentado recurso de reposición no podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente, o pueda entenderse desestimado por el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución del mismo.
Toledo, 19 de octubre de 2026
El Director-Gerente
P.D. Resolución de 20/11/2023,
(DOCM núm. 233, de 5 de diciembre),
modificada por Resolución de 19/07/2024
(DOCM núm. 144, de 26 de julio)
El Secretario General
LUIS RUIZ MOLINA