Imprimir

Información general

¿Qué es el DOCM?

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) es el instrumento a través del cual se da publicidad de las normas jurídicas, requisito de eficacia de estas, así como la publicación de los actos administrativos cuando lo exija un determinado procedimiento o lo aconsejen razones de interés público, y a otras informaciones de interés general.

A partir de 1 de enero de 2009 la edición electrónica del DOCM tiene plena validez jurídica.

El DOCM se configura como un servicio público de acceso universal y gratuito y se garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder gratuitamente a los documentos que se publiquen en el mismo y una base de datos que facilite su consulta.

El DOCM se publica todos los días del año, excepto los sábados, domingos y aquellos días declarados inhábiles en la Comunidad de Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, podrá determinar la publicación de números extraordinarios, suplementos y separatas.

¿Dónde estamos?

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa
Servicio de DOCM y Publicaciones
Avda. de Portugal, 11
45005 Toledo
Teléfonos: : 925 266281 y 925 389286
Fax: 925 269059
docm-internet@jccm.es

Normativa Reguladora

  • Decreto 354/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
  • Orden de 17-10-2003, de la Consejería de Administraciones Públicas, por la que se desarrollan determinados aspectos de la regulación del Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
  • Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias (artículos del 379 al 385).

¿Cómo se puede publicar?

Se puede solicitar la publicación de dos modos:

A) A través de la aplicación de remitente, accesible a través de la Web del DOCM.

La utilización de esta aplicación se deberá solicitar al DOCM, quien autorizará su uso, que supondrá el consentimiento para recibir por la misma vía telemática escritos y comunicaciones.

El procedimiento de alta en la aplicación es rápido y sencillo, además su utilización conlleva las siguientes ventajas: Rapidez y comodidad del envío, así como información del estado del anuncio hasta su publicación. Para los anuncios de pago, podrá realizar el mismo descargándose la carta de pago para abonar en Unicaja Banco o hacer una transferencia.

El acceso a la aplicación implica tener configurado correctamente el navegador. Este documento explica todos los pasos necesarios a seguir.

B) Mediante la presentación de documentos en soporte papel, acompañado de soporte electrónico, que contenga el texto a publicar en formato Word a la dirección de correo electrónico anunciosdocm@jccm.es.

Dispone de una herramienta de autovaloración de anuncios, de carácter informativo, ya que el importe a pagar será el comunicado por el DOCM.

Los documentos en soporte papel se deberá dirigir junto con la solicitud a:

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa
Servicio de DOCM y Publicaciones
Avda. de Portugal, 11
45005 Toledo

Plazo de publicación

En el plazo máximo de 5 días hábiles desde la recepción del anuncio o justificante de pago cuando proceda, o en su caso, desde la correspondiente subsanación, salvo que el volumen de anuncios recibidos en formato papel impida su publicación en dicho plazo.

Tasa por inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

Tarifa 1. Por inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha: 0,0717 euros por carácter.

Tarifa 2. Por inserción de mapas, planos, imágenes o asimilados en los que no se utilicen caracteres: 203,69 euros por página.

Tarifa 3. Por inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha por extravío de título oficial: 48,57 euros.

La cuota de la tasa por inserciones de anuncios que las entidades locales de Castilla-La Mancha realicen en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en relación con actos y disposiciones de su competencia, tendrá una reducción del cincuenta por ciento.